Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 10717
Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades, presidenta del SOIB, de 29 de mayo de 2013, por la cual se amplia el crédito asignado a la Resolución de la consejera de Turismo y Trabajo, presidenta del SOIB, de 18 de octubre de 2010, por la cual se aprueba la convocatoria para conceder subvenciones públicas mediante convenio de ámbito autonómico para la formación de trabajadores prioritariamente ocupados y para la presentación de solicitudes de ayudas para el transporte, manutención y alojamiento, de becas cuando se trata de personas con discapacidad y de conciliación por parte del alumnado desocupado de los cursos correspondientes a esta convocatoria, de acuerdo con la Orden TAS/718/2008, de 7 de Marzo.
Hechos
Mediante resolución de la consejera de Turismo y Trabajo, presidenta del SOIB, (BOIB núm.152, de 21 de octubre) se aprobó la convocatoria para conceder subvenciones públicas mediante convenios, de ámbito autonómico para la formación de trabajadores prioritariamente ocupados de acuerdo con la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, (BOE núm.67, de 18 de marzo), por la cual se establecen las bases reguladoras para conceder las subvenciones mencionadas. Esta resolución ha sido modificada por la resolución de la consejera de Turismo y Trabajo, de 3 de noviembre de 2010, (BOIB núm. 162 de 6 de noviembre), por la resolución de la consejera de Turismo y Trabajo de 1 de abril de 2011(BOIB núm.51 Ext. de 6 de abril de 2011) y por la resolución de la consejera de Turismo y de 6 de abril de 2011 (BOIB núm.56 de 14 de abril de 2011) y por la resolución del consejero de Educación, Cultura y Universidades, de 23 de noviembre de 2011 (BOIB núm180 de 1 de diciembre).
De acuerdo con el anexo I de la Resolución de la consejera de Turismo y trabajo, presidenta del SOIB, (BOIB núm.152, de 21 de octubre), las personas desocupadas participantes en les acciones de formación profesional para la ocupación en el marco de la formación de oferta, de trabajadores prioritariamente ocupados pueden disfrutar de las ayudas de transporte, manutención y alojamiento, como también becas, cuando se trate de personas con discapacidad desocupadas, y ayudas de conciliación regulados en los artículos 25, 26 i 27 de la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, de acuerdo con lo dispuesto en el anexo I de la resolución.
Según el artículo tercero de la resolución de la convocatoria, el crédito asignado inicialmente para la concesión de estas ayudas era de 45.792,00 €.
Dado que el plazo de ejecución de las actividades formativas aprobadas por la convocatoria de referencia se había ampliado mediante la resolución del consejero de Educación, Cultura y Universidades, de 23 de noviembre de 2011, hasta el 30 de septiembre de 2012 i que por tanto, no se pudieron tramitar los expedientes de concesión de estas ayudas y becas descritos en el punto anterior dentro del presupuesto del año 2011, se abrió, en fecha 18 de abril de 2012, el SUBCO 1259/2012 por inejecución parcial del SUBCO 4548/10, para poder tramitarlas dentro del año 2012.
Dentro del año 2012 no se han tramitado todas las becas y ayudas previstas dentro de la convocatoria, quedando un remanente de 5.895,01 €; por tanto, para poder pagarlas se ha generado el SUBCO 1055/2013, de inejecución parcial del SUBCO 1259/2012, que a su vez es de inejecución parcial del SUBCO 4548/2010, correspondiente a la convocatoria inicial.
Dado que en el apartado tercero punto 2 de la convocatoria de referencia, se expone que la asignación a cada una de las partidas es vinculante para el importe total y no para cada partida, el remanente de 5.895,01 € queda distribuido dentro del SUBCO 1055/2013 de la siguiente manera:
- 5.055,01€ con cargo a la partida presupuestaria 76101.322D03.48033.00.19207 de los presupuestos de la comunidad Autónoma de las Islas Baleares dentro del año 2013, correspondientes a las ayudas de transporte, alojamiento y manutención y becas para personas con discapacidad
- 840,00€ con cargo a la partida presupuestaria 76101.322D03.48047.00.19207 de los presupuestos de la comunidad Autónoma de las Islas Baleares dentro del año 2013, correspondientes a las ayudas de conciliación.
No obstante, el importe total de las ayudas solicitadas para transporte, supera la cantidad inicialmente presupuestada para el ejercicio 2011, anteriormente expuesta, por lo que se considera necesario ampliar el importe en 3.500,00 € a la partida 76101.322D03.48033.00.19207; por tanto, con esta ampliación el crédito asignado a la concesión de ayudas y becas será de 49.292,00 € y el crédito total asignado a la convocatoria de 8.649.292,00 €.
De acuerdo con la disposición final quinta de la Ley 9/2009, de 21 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2010, por la cual se modifica la Ley 7/2000, de 15 de junio, de creación del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares, las competencias de formación se han traspasado al SOIB.
El Decreto ley 4/2011, de 5 de agosto, de modificación de la Ley 7/2000, de, de 15 de junio, de creación del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares, expone que este Servicio queda adscrito a la consejería competente en materia de educación.
El Decreto legislativo 2/2005, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, en el artículo 15.2.b) establece que el acto de la convocatoria ha de contener el importe máximo que se destina a la convocatoria y los créditos presupuestarios a los cuales se imputa.
La ampliación de crédito es conforme a la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo (BOE núm. 67, de 18 de marzo), que despliega el Real decreto 395/2007, de 23 de marzo, con el establecimiento de las bases reguladoras para conceder subvenciones públicas destinadas a la financiación de la formación.
Por todo esto, dicto la siguiente:
Resolución
Primero. Ampliar en 3.500,00 € el crédito asignado en la Resolución de la consejera de Turismo y Trabajo, presidenta del SOIB, de 18 de octubre de 2010, (BOIB núm.152, de 21 de octubre) por la cual se aprobó la convocatoria para conceder subvenciones públicas mediante convenios de ámbito autonómico para la formación de trabajadores prioritariamente ocupados y para la presentación de solicitudes de ayudas para transporte, manutención y alojamiento, de becas cuando se trate de personas con discapacidad, y de conciliación por parte del alumnado desocupado de cursos correspondientes a la citada convocatoria, con cargo a la partida presupuestaria vigente que se indica a continuación:
- 76101.322D03.48033.00.19207 ........................ 3.500,00 €
Segundo. Con esta ampliación el crédito total asignado a la concesión de las ayudas y becas para esta convocatoria es de 49.292,00 €, y el crédito total asignado a la misma es de 8.649.292,00 €.
Tercer. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 29 de mayo de 2013
La consejera de Educación, Cultura y Universidades, presidenta del SOIB
Por delegación de competencias
(Resolución de 7 de mayo de 2013, BOIB núm. 73 de 23 de mayo)
La directora del SOIB
Francisca Ramis Pons