Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL
Núm. 10690
Notificación infructuosa de la revisión de oficio de la ayuda económica regulada en el programa de recualificación profesional.
Visto el expediente de subvención de la ayuda económica regulada en el programa de recualificación profesional de D/Dª KENE DAVID HERRERA CHICA con DNI/NIE 45370291P, y en base a los siguientes
HECHOS, que se deducen de la documentación que obra en el expediente:
Primero: A D/Dª KENE DAVID HERRERA CHICA con DNI/NIE 45370291P se le reconoció mediante resolución de fecha 19/03/12 la ayuda económica de acompañamiento por la participación en el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo (PREPARA), establecida en el Real Decreto-Iey 1/2011, de 11 de febrero, prorrogada por Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto y el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre y desarrollada por Resoluciones del Servicio Público de Empleo Estatal( SEPE) de 15 de febrero y 30 de agosto de 2011 y 15 de febrero de 2012, por un periodo de seis meses por un importe máximo de 2.396,28 euros.
Segundo: Los Servicios de Empleo de la Comunidad Autónoma de lIIes Balears (SOIB), proceden a la mecanización del Itinerario Personalizado de Inserción en la aplicación SISPE registrando un abandono del itinerario y por consiguiente se suspende el pago de la subvención.
Tercero: El beneficiario, mediante escrito de fecha de entrada 16/08/12 en la Oficina del SOIB, solicita la revisión del expediente.
Cuarto: El SOIB emite informe con fecha 08/10/2012 confirmando la participación de D/Dª KENE DAVID HERRERA CHICA en un itinerario individualizado de inserción por lo que puede ser perceptor de toda la subvención, excepto un día.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I
El Director Provincial por delegación del Director General del Servicio Público de Empleo Estatal es competente para resolver el presente procedimiento de conformidad con lo establecido en el artículo octavo.2 de las mencionadas Resoluciones de 15 de febrero de 2011, 30 de agosto de 2011 y 15 de febrero de 2012.
II
La posibilidad de efectuar la presente revisión de oficio se fundamenta en el art. 105.2 de la ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común que establece que: "Las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos".
En virtud de los hechos, fundamentos de derecho señalados y demás de general aplicación, esta Dirección Provincial en uso de las facultades conferidas,
ACUERDA
Declarar el derecho D/Dª KENE DAVID HERRERA CHICA con DNI/NIE 45370291P, a la percepción de la ayuda económica de acompañamiento desde la fecha 13/06/12 hasta el 22/07/12, dejada de percibir. Lo que supone el pago de 519,20 €, que serán abonados al beneficiario en la cuenta bancaria que consta en la solicitud de la ayuda.
NOTIFIQUESE
La presente resolución al interesado/a, en la forma establecida en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con la advertencia de que contra la misma, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer, a través de su Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal, recurso de alzada ante la Sra. Ministra de Empleo y Seguridad Social en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su notificación, según lo establecido en los artículos 114 y 115 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Palma de Mallorca a 30 de mayo de 2013
La Directora Provincial
Sonia Barranco Álvarez