Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
AGENCIA BALEAR DEL AGUA Y LA CALIDAD AMBIENTAL
Núm. 10499
Acuerdo de encomienda de gestión entre la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental y la entidad pública empresarial Espais de Natura Balear para gestionar el Centro de Coordinación de los campos de boyas de las zonas LIC del proyecto “ Life Posidonia “ en las Islas Baleares
Partes
De una parte, el Sr. Jaume Ferriol Martí, en representación de la AGENCIA BALEAR DEL AGUA Y DE LA CALIDAD AMBIENTAL, en virtud de la resolución del presidente de la Agencia Balear del agua y de la Calidad Ambiental de fecha 28 de mayo de 2013.
De otra parte, el Sr. José María Vicente Martorell, director de Espais de Natura Balear, facultado por este acto en virtud del acuerdo de Consejo Directivo, de 30 de mayo de 2013
Exponen
I. Que el artículo 1 del Decreto 115/2005, de 11 de noviembre, por el cual se establece la organización y el régimen jurídico de la Agencia Balear del agua y de la Calidad Ambiental, crea la Agencia como una entidad de derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de su finalidad institucional. Que tal y cómo se desprende el artículo 2.2.B. su finalidad institucional es, entre otras, actuaciones en materia de calidad ambiental, residuos y litoral.
II. Que el artículo 1 del Decreto 71/2006, de 28 de julio, de creación, de organización y régimen jurídico de la empresa pública Espais de Natura Balear, establece que la finalidad institucional de la entidad es la gestión de los parques y otras figuras de protección especial al amparo de la Ley 4/1989 de 27 de marzo, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres (actualmente derogada por la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de patrimonio natural y de la biodiversidad), y de la Ley 5/2005, de 26 de mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental. Esta finalidad institucional fue ampliada en virtud de la disposición adicional cuarta de la Ley 25/2006, de 27 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas y la Ley 6/2009 de 17 de noviembre, de medidas ambientales para impulsar las inversiones y la actividad económica en las Islas Baleares. El ámbito de actuación de Espais de Natura Balear incluye los parques nacionales declarados en las Islas Baleares.
III. El artículo 15 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJAP) y el artículo 30 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, regulan la figura de la encomienda de gestión.
La Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCA) se ha pronunciado sobre la figura del encargo de gestión (acuerdos de la Comisión Permanente de 30/03/2010, 21/07/2010, 30/09/2011). La JCA distingue los encargos del artículo 15 de la Ley 30/1992 y los regulados al texto refundido de la Ley de contratos del sector público (TRLCSP), siguiendo los principios generales del derecho, de acuerdo con los criterios de la Abogacía General del Estado. En este sentido, el alcance de los encargos de la Ley 30/1992 es más amplio que la ley de contratos, dado que puede incluir actividades o prestaciones de carácter material, técnico o de servicios, ya sean propios de los contratos del sector público o no. Por lo tanto, si el objeto del encargo se puede insertar dentro de una materia típicamente contractual, se tiene que regir por el que dispone la legislación de contratos. En caso de que no se trate de materia contractual, el encargo se tiene que regular por el que disponen las leyes 30/1992 y 3/2003.
IV. Que de acuerdo con el artículo 30 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares, reguladora de lo encomienda de gestión, el cual dispone que las actividades de carácter material, técnico o de servicio de los órganos de la Administración de la comunidad autónoma se pueden encomendar a otros órganos de la misma administración, incluidos otros entes públicos que dependan, por razones de eficacia o cuando no se tengan los medios técnicos apropiados para llevarlas a cabo.
V. Desde el año 2006 la Agencia Balear del agua y de la Calidad Ambiental ha licitado el concurso del servicio de instalación, mantenimiento y vigilancia de las boyas y barcas a las zonas LIC de las Islas Baleares. Por este motivo dispone de un Centro de Coordinación de limpieza de litoral que ejerce también las funciones de controles de los campos de boyas de las zonas LIC de las Islas Baleares.
Con el fin de adecuar las funciones propias de cada entidad para lograr una estructura cuidadosa de los servicios que se llevan a cabo, se consideró que Espais de Natura Balear era la más adecuada para gestionar las boyas de las zonas LIC de las Islas Baleares dado que la mayor parte de estas instalaciones se encuentran dentro de espacios naturales protegidos o zonas de especial protección y la finalidad de Espais de Natura Balear es la conservación y mantenimiento de los espacios naturales protegidos y de las zonas de relevancia ambiental. Por este motivo se han llevado a cabo las actuaciones necesarias para ceder el uso de manera gratuita y temporal los bienes de la Agencia Balear del agua y de la Calidad Ambiental relativos al mantenimiento de las boyas y barcas de las zonas LIC de las Islas Baleares.
VI. Que Espais de Natura Balear está tramitando la licitación del contrato de servicio y explotación que incluye la instalación, mantenimiento y vigilancia de las boyas y barcas, a los LIC del proyecto “ Life Posidonia “ en las Islas Baleares. La Agencia dispone de un centro de coordinación de limpieza de litoral, plenamente operativo (CNL) que actualmente tiene como tarea principal durante el verano, organizar las rutas de las embarcaciones de playa y litoral, controlar que las embarcaciones realicen correctamente las rutas y los patrones el trabajo diario, analizar y comprobar las fechas de las recogidas de residuos etc. En cuanto al mantenimiento y vigilancia de los campos de boyas indicados, el CNL lleva a cabo el seguimiento de la instalación y desmontaje, mantenimiento, control de las reservas y de la ocupación real de cada campo y la coordinación entre el sistema de reservas y el estado de vigilancia de las praderas de Posidonia. Teniendo en cuenta que Espais de Natura Balear tiene que gestionar, atendiendo a sus funciones, a partir del presente ejercicio, los campos de boyas de las zonas LIC de las Islas Baleares, y dado que la Agencia Balear del agua y de la Calidad Ambiental dispone de los medios expuestos del CNL, se considera conveniente, dentro del marco de la colaboración institucional, optimización de los recursos del sector público y control del gasto, acordar entre ambas partes una encomienda para gestionar el Centro de Coordinación de los campos de boyas de las zonas LIC del proyecto “ Life Posidonia “ en las Islas Baleares.
VII. Que mediante el Decreto 23/2013, de 24 de mayo, se extingue Espais de Natura Balear y sus funciones las asume el Instituto Balear de la Natura, salvo las que asuma la Dirección general de Medio Natural, Educación Ambiental y Cambio Climático, si corresponde. El Decreto entra en vigor día 1 de junio de 2013, por lo cual la entidad que asuma las funciones de ENB, se subrogaría en la posición de esta respecto de lo encomienda de gestión con la Agencia Balear del agua y de la Calidad Ambiental.
Acuerdan
Primero. En el marco del que dispone el artículo 30 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración del a comunidad autónoma de las Islas Baleares, se encomienda a Espais de Natura, con CIF Q0700522F, dentro del marco de la colaboración institucional, gestionar el Centro de Coordinación de limpieza de litoral de los campos de boyas de las zonas LIC del proyecto “ Life Posidonia “ en las Islas Baleares..
Segundo. Esta encomienda de gestión no implica ningún gasto económico asociada ni a Espais de Natura Balear ni a la Agencia Balear del agua y de la Calidad Ambiental.
Tercero. Estas actuaciones se llevarán a cabo de acuerdo con lo que prevé el proyecto “Life Posidonia” de las Islas Baleares.
Cuarto. La Agencia Balear del agua y de la Calidad Ambiental y Espais de Natura Balear llevarán a cabo las acciones necesarias para gestionar de manera óptima y eficaz los recursos de los cuales disponen ambas entidades en relación al campos de boyas de las zonas LIC de las Islas Baleares.
Quinto. Esta encomienda no supone, en ningún caso, la cesión de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos del hecho de ejercitarla.
Sexto. La eficacia de lo encomienda de gestión queda condicionada a la publicación íntegra en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Séptimo. La encomienda tiene una duración de veinte años. De acuerdo con el que prevé el Decreto 23/2013, de 24 de mayo, en fecha 1 de junio de 2013 se produce la extinción de Espais de Natura Balear, por lo cual la entidad que asuma sus funciones se subrogará en la posición de ENB a los efectos de esta encomienda.
Palma, 30 de mayo de 2013
Por la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental
El Director ejecutivo de la Agencia Balear del Agua i de la Calidad Ambiental
Jaume Ferriol Martí
Por Espais de Natura Balear
El Director de Espais de Natura Balear
José María Vicente Martorell