Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 10396
Aceptación plan de renuncia expediente de obras 255/2004-OBRES
Por no haber podido efectuar las preceptivas notificaciones a la mercantil CONSTRUCCIONES MALLORQUINAS DEANA SL en el domicilio que aparece en el expediente de solicitud de licencia de obra núm. 000255/2004-OBRAS y que se tramita en el Departamento de Urbanismo de este Ayuntamiento, por el presente anuncio se notifica a los interesados que la Alcaldía por delegación de firma, ha dictado la siguiente resolución, que se hace pública en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Règimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 194 del R.D. 2568/86 de 28 de noviembre del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entitades Locales:
"Vista la tramitación del expediente de referencia, resultando los siguientes:
Antecedentes de hecho
1. Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 14 de marzo de 2005, se aprobó la solicitud presentada por la mercantil (datos personales ocultos) (datos personales ocultos) (datos personales ocultos)para realizar obras consistentes en construir dos viviendas en la C/ ES VEDRA, -parcela C- de Calas de Mallorca.
2. El 3 de abril de 2013, el Departamento de Gestión Tributaria ha remitido copia del escrito presentado el 15 de diciembre de 2011 (RGE 16851) por el (datos personales ocultos) (datos personales ocultos) (datos personales ocultos), en representación de la mercantil (datos personales ocultos) (datos personales ocultos) (datos personales ocultos), en el cual renuncia a la licencia y solicita la devolución de las cantidades abonadas mediante autoliquidación.
3. El 12 de abril de 2013, el celador municipal de obras ha informado que no se han ejecutado las obras.
4. El 22 de abril de 2013, la tag del Servicio de Urbanismo ha informado favorablemente la renuncia y la remisión de la solicitud de devolución al Departamento de Gestión Tributaria.
Fundamentos jurídicos
1. Los artículos 87, 90 y 91 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común.
2. Considerando que las obras no han sido ejecutadas.
Vistos los antecedentes mencionados, y siguiendo los informes que constan en el expediente,
RESUELVO
1. Aceptar la renuncia a la licencia otorgada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 14 de marzo de 2005, a la mercantil CONSTRUCCIONES MALLORQUINAS DEANA, SL, para realizar obras consistentes en construir dos viviendas en la C/ ES VEDRA, parcela C, de Calas de Mallorca.
2. Declarar concluido el procedimiento.
3. Comunicar esta resolución a los interesados."
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común, contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse, alternativamente, recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes a contar del día siguiente de la notificación de la resolución ante el mismo órgano que dictó el acto, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma, en el plazo de dos meses a contar del día siguiente a la notificación de la resolución. Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. El plazo para interponer, en su caso, recurso contencioso-administrativo, si ha optado por interponer el recurso de reposición potestativo, será de dos meses contados del día siguiente a la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición. Si no hubiera resolución expresa, el plazo será de seis meses a contar desde la fecha en que se entienda desestimado por silencio el recurso de reposición.
RECURSOS CONTRA LA LIQUIDACIÓN:
Contra la presente resolución, se puede interponer ante el órgano que dictó el acto, de conformidad con el Art. 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por RDL 2/2004, de 5 de marzo, recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación, el cual se entenderá desestimado si no se notifica la resolución en un mes a contar desde la interposición del recurso.
El plazo para interponer, en su caso, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma, será de dos meses contados desde el día siguiente de la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición. Si no hubiera resolución expresa, el plazo será de seis meses, a contar desde la fecha en que se entienda desestimado por silencio el recurso de reposición.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que considere pertinente.
Manacor, 23 de mayo de 2013
El Alcalde,
por delegación de firma (decreto 4807/2011)
1ra teniente de alcalde y delegada
Catalina Riera Mascaró