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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE MANACOR

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 4 DE MANACOR

Núm. 9965
Procedimiento ordinario 0000557/2010 Sobre Otras Materias

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Texto

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA

En los presentes autos se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA

En Manacor, a  veintiséis de julio de dos mil once.

Vistos por mí, Carmen Ordóñez Delgado , Juez sustituto del Juzgado de Primera Instancia  nº 4 de Manacor y su partido judicial, los autos de Juicio Ordinario en reclamación de cantidad, seguidos con el número arriba indicado, a instancia del  Procurador D. Andrés Ferrer Capó actuando en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios  del Edificio Residencial Palacete sito en Cala Rajada, Capdepera, C/ San Andrés nº2 esquina calle Pedro Pescador, bajo la dirección Letrada de Dª María del Carmen Mut Barceló, contra la empresa Ht. Baugesellschaft GMBH y de forma solidaria contra su administrador D. Heinz Tillmanns,  ambos declarados en rebeldía, versando los autos sobre reclamación de cantidad,  se procede a dictar la presente resolución,

FALLO

QUE debo desestimar y desestimo  la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Ferrer en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios   del Edificio Residencial Palacete sito en Cala Rajada, Capdepera, C/ San Andrés nº2 esquina calle Pedro Pescador, absolviendo a los demandados  Ht. Baugesellschaft GMBH y  D. Heinz Tillmanns de las pretensiones deducidas en su contra, condenando a la actora al abono de las costas del presente proceso.

Contra la presente resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Baleares (art.455 de la LEC), que se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (art. 457.2 de la LEC).

En MANACOR a veinte de Mayo de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.