Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE INCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 3 DE INCA
Núm. 4142
procedimiento Ordinario 0000869/2009 Sobre Otras Materias
D./Dª. MILAGROS GARCÍA MAZA, Secretario/a Judicial, del JDO. INSTRUCCIÓN N. 3 (ANT. MIXTO 6) de INCA, por el presente,
ANUNCIO:
En el presente procedimiento seguido a instancia de MARÍA ROSA PUJADAS NAVARRO frente a HEREDEROS LEGALES DE MARÍA DOLS COLL se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA: 00106/2011
En Inca, a quince de noviembre de dos mil once
Vistos por mí, Nuria Esther Carrillo Pérez, Magistrado Juez ssto. Del Juzgado de Instrucción nº 3 de Inca en funciones de refuerzo los autos que se siguen por Juicio Ordinario en este Juzgado con el número arriba indicado sobre prescripción adquisitiva a instancia de Dña. María Rosa Pujadas Navarro representada por el Procurador de los Tribunales D. Juan Balaguer Bisellach frente a los legales herederos de Dña. Dols Coll que han sido declarados en rebeldía.
FALLO
Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. Juan Balaguer Bisellach en nombre y representación de Dña. María Rosa Pujadas Navarro frente a los legales herederos de Dña. María Dols Coll, debo declarar y declaro adquirida por la actora por prescripción extraordinaria por transcurso del plazo de 30 años, la finca sita en la calle De’s Fang nº 3 de Binisalem que se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad de Inca nº 2, al folio 249, tomo 806, libro 45 de Binisalem, finca 1987, con descripción registral, casa y corral número tres de la calle Selva, de la villa de Binisalem, no se expresa su cabida. Linda: por la derecha entrando, con casa y corral de herederos de D. Jaime Moyá; por la izquierda, con otra casa y corral de los de D. Juan Gelabert, y por la espalda, con tierra de la Sociedad Ferro-carriles de Mallorca.
Se DESESTIMA la demanda en lo que se refiere a la declaración de que la actora ha adquirido la vivienda de autos por prescripción por ser heredera de su padre y causante.
Sin pronunciamiento en cuanto a costas.
Notifíquese a las partes esta resolución, haciéndolas saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de la misma (artículos 455 y siguientes de la LEC), previa el depósito previsto en la 15ª de la LOPJ.
Por esta sentencia, lo pronuncia, manda y firma, Nuria Esther Carrillo Pérez, Magistrado Juez ssto. Del Juzgado de Instrucción nº 3 de Inca en funciones de refuerzo.
Y encontrándose dicho demandado, HEREDEROS LEGALES DE MARÍA DOLS COLL, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
INCA a dieciocho de febrero de dos mil trece
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.