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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 10316
Disciplina. DI-2005/89. Subrogación expediente

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por presunta infracción urbanística, a GOMEZ BERMUDEZ VICENTE, BARREROS NARANJO VILMA ESPERANZA y GINÉS FARIÑA VALERO, exp. nº DI-2005/89, y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a GINÉS FARIÑA VALERO(prop2), de conformidad con el art. 59-5 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, que trascrito dice:

Le notifico, que el Consejo de la Gerencia de Urbanismo, en sesión de 16 de abril de 2013, acordó,

Visto el RECURSO DE REPOSICIÓN interpuesto por el representante del Sr. VICENTE GÓMEZ BERMÚDEZ (prop), frente al acuerdo CGU de 11.12.2008, sobre ORDENAR LA RETIRADA/DEMOLICIÓN  de las obras ejecutadas sin licencia en C/ Son Muntaner 18 BJS RC 0732271001, consistentes en “obras de adición de planta primera de unos 20 m2, construcción a base de muros de carga con bloques de HV-15 cm. de espesor de unos 2’80 m. de altura”

Vistas las alegaciones formuladas por el Sr. GINÉS FARIÑA VALERO, los días 16.11.2011 y 29.12.2011.

Visto el informe del arquitecto técnico municipal de 18.02.2013, y el informe del TAG del servicio, de 20.03.2013, que se transcribe en la parte dispositiva.

Vistos los artículos  116 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas, y 4.1.h, 4.2.e y 4.2.l y art. 12 del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Palma y el art. 172 del ROF, la jefa de negociado que subscribe considera que el Consejo de la Gerencia puede dictar el siguiente:

ACUERDO

1º DESESTIMAR el RECURSO DE REPOSICIÓN interpuesto por el representante del Sr. VICENTE GÓMEZ BERMÚDEZ (PROP), frente al acuerdo CGU de 11.12.2008, sobre ORDENAR LA RETIRADA/DEMOLICIÓN  de las obras ejecutadas sin licencia en C/ Son Muntaner 18 BJS RC 0732271001, consistentes en “obras de adición de planta primera de unos 20 m2, construcción a base de muros de carga con bloques de HV-15 cm. de espesor de unos 2’80 m. de altura”

CONSIDERANDO:

  1. El recurso se ha interpuesto en plazo, por persona interesada, frente a un acto que pone fin a la vía administrativa, por lo que procede su admisión a trámite de acuerdo con los arts. 107 y stes. LRJPAC.
  2. El recurrente sostiene que parte de la obra es legalizable, según informe del arquitecto técnico municipal de 21.02.2008: legalizables en la parte de edificación que no supere los parámetros edificatorios (...)”
  3. Solicitado informe al arquitecto técnico municipal lo ha emitido el 18.02.2013, con la siguiente conclusión: Las obras denunciadas son ilegalizables por encontrarse la edificabilidad permitida superada incluso con anterioridad a la ejecución de las mismas. (...) Por tanto debe desestimarse el recurso de reposición interpuesto.

2º RECTIFICAR, al amparo del art. 105.2 LRJPAC, el error consistente en la definición de la superficie de las obras ejecutadas sin licencia, de acuerdo con el informe del arquitecto técnico municipal de 18.02.2013: Es preciso rectificar la descripción de les obras denunciadas en el requerimiento, ya que en realidad se trata de una ampliación en planta piso de 50 m2 y no 20 m2.

SUBROGAR a los Sres. VILMA ESPERANZA BARREROS NARANJO y GINES FARIÑA VALERO en la posición del anterior propietario, de acuerdo con las alegaciones presentadas los días 16.11.2011, 29.11.2011, la nota del registro de la propiedad de 30.10.2012, y los arts. 31.3 LRJPAC, 6, 7, 8, 9, 19 TRLS.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,  directamente, recurso contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en los arts. 109 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común;  52 de la Ley 7/85, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, y a los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se estime pertinente.

Le recuerdo que, de acuerdo con el art. 14 del Estatuto de Autonomía, puede ejercer su derecho de opción lingüística respecto a las futuras notificaciones que se realicen.

Para servicio de registro de documentos, caja, así como información general y fiscal, puede dirigirse a las siguientes oficinas: OAC AVINGUDES- Av. Gabriel Alomar, 18 (Edif. Avingudes); OAC CORT- Pl. Santa Eulàlia, 9, bjs. (Ajuntament); OAC PERE GARAU- c. Pere Llobera, 9; OAC SANT AGUSTÍ- c. Margaluz, 30; OAC SANT FERRAN- Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policía Local); OAC S’ARENAL- Av. América, 11; OAC S’ESCORXADOR- c. Emperadriu Eugènia, 6; OAC SON FERRIOL- Av. Cid 8. Horario de atención al público: Todo el año: de 8.30 a 14.00 h. de lunes a viernes (todas las oficinas). Horario ampliado de octubre a mayo: de 8.30 a 17 h. de lunes a jueves  (OAC Avingudes). Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h. en OAC Cort (sólo registro).   

 

Palma, 30 de maig de 2013

La jefa de departamento de Disciplina y Seguridad de los Edificios
P.D. Decreto de Alcaldía nº 10434 de 8/6/2012 (B.O.I.B. nº 85 de 14/6/2012)
Elvira Salvà Armengod