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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE SANT LLUIS

Núm. 10108
Aprobación definitiva modificación de crédito núm. 2 al Presupuesto de 2013

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Texto

El Alcalde del Ayuntamiento de Sant Lluís hace saber, de conformidad con la legislación vigente en materia de Haciendas Locales, que contra el acuerdo  de aprobación inicial del expediente de modificación de crédito del Presupuesto núm. 2 en la modalidad de transferencia entre partidas (diferente grupo de función),  adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión de 26 de abril de 2013 no se ha presentado ninguna reclamación,  por tanto queda aprobado  definitivamente transcribiéndose a continuación las aplicaciones presupuestarias afectadas.

 

MODIFICACIÓN DE CREDITO NÚM. 2

BAJAS

 

 

155.619.15

OTRAS INVERSIONES EN REPOSICIÓN DE INFRAESTRUCTURAS Y BIENES DE USO GENERAL

91.290,81

155.203.00

ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y  UTILLAJE

 

 

Renovación alumbrado centro del Pueblo

57.484,68

341.203.00

ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA, INSTALACIONES  Y UTILLAJE

9.240,00

 

 

 

 

TOTAL BAJAS

158.015,49

 

 

 

ALTAS

 

 

3212.619.00

INVERSIÓN EN REPOSICIÓN DE INFRAESTRUCTURAS

 

 

1F y 2F ordenación aparcamiento y parada de autobús al lado  del nuevo CEIP

83.104,00

341.623.00

INVERSIONES EN MAQUINARIA, INSTALACIONES TÈCNICAS Y UTILLAJE 

 

 

Equipamiento Sala de Fitness Pabellón de Deportes

43.560,00

341.213.00

MANTENIMENTO DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y  UTILLAJE

12.070,04

920.227.99

TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS

5.000,00

132.648.00

CUOTAS OPERACIONES ARRENDAMIENTO FINANCIERO

6.300,00

132.358.00

INTERESES OPERACIONES ARRENDAMIENTO FINANCIERO

420,00

161.622.00

INVERSIÓN NUEVA ASOCIADA AL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO

3.808,92

161.622.01

INVERSION NUEVA ASOCIADA AL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO

130,68

161.622.02

SUSTITUCION TUBERIA SUBIDA DEPOSITO REGULADOR TORRE SUD B. VELL

1.036,48

161.622.03

ELECTRIFICACIÓN POZO ES FIGUERAL

2.585,37

 

TOTAL ALTAS

158.015,49

 

Contra la aprobación definitiva de las transferencias de crédito se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, en la forma y termino que establecen las normas de dicha jurisdicción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 171.1 del Texto refundido de la Ley 39/88, de 28 de diciembre y 23.1 del RD 500/90, de 20 de abril.

 

Sant Lluís, 28 de mayo de 2013

 

EL BATLE,

Cristóbal Coll Alcina