Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SANT LLUIS
Núm. 10108
Aprobación definitiva modificación de crédito núm. 2 al Presupuesto de 2013
El Alcalde del Ayuntamiento de Sant Lluís hace saber, de conformidad con la legislación vigente en materia de Haciendas Locales, que contra el acuerdo de aprobación inicial del expediente de modificación de crédito del Presupuesto núm. 2 en la modalidad de transferencia entre partidas (diferente grupo de función), adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión de 26 de abril de 2013 no se ha presentado ninguna reclamación, por tanto queda aprobado definitivamente transcribiéndose a continuación las aplicaciones presupuestarias afectadas.
MODIFICACIÓN DE CREDITO NÚM. 2 |
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BAJAS |
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155.619.15 |
OTRAS INVERSIONES EN REPOSICIÓN DE INFRAESTRUCTURAS Y BIENES DE USO GENERAL |
91.290,81 |
155.203.00 |
ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE |
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Renovación alumbrado centro del Pueblo |
57.484,68 |
341.203.00 |
ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE |
9.240,00 |
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TOTAL BAJAS |
158.015,49 |
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ALTAS |
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3212.619.00 |
INVERSIÓN EN REPOSICIÓN DE INFRAESTRUCTURAS |
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1F y 2F ordenación aparcamiento y parada de autobús al lado del nuevo CEIP |
83.104,00 |
341.623.00 |
INVERSIONES EN MAQUINARIA, INSTALACIONES TÈCNICAS Y UTILLAJE |
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Equipamiento Sala de Fitness Pabellón de Deportes |
43.560,00 |
341.213.00 |
MANTENIMENTO DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE |
12.070,04 |
920.227.99 |
TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS |
5.000,00 |
132.648.00 |
CUOTAS OPERACIONES ARRENDAMIENTO FINANCIERO |
6.300,00 |
132.358.00 |
INTERESES OPERACIONES ARRENDAMIENTO FINANCIERO |
420,00 |
161.622.00 |
INVERSIÓN NUEVA ASOCIADA AL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO |
3.808,92 |
161.622.01 |
INVERSION NUEVA ASOCIADA AL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO |
130,68 |
161.622.02 |
SUSTITUCION TUBERIA SUBIDA DEPOSITO REGULADOR TORRE SUD B. VELL |
1.036,48 |
161.622.03 |
ELECTRIFICACIÓN POZO ES FIGUERAL |
2.585,37 |
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TOTAL ALTAS |
158.015,49 |
Contra la aprobación definitiva de las transferencias de crédito se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, en la forma y termino que establecen las normas de dicha jurisdicción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 171.1 del Texto refundido de la Ley 39/88, de 28 de diciembre y 23.1 del RD 500/90, de 20 de abril.
Sant Lluís, 28 de mayo de 2013
EL BATLE,
Cristóbal Coll Alcina