Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 9589
Ejecución de Títulos Judiciales 4/2013
D/Dª FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000004 /2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª JAVIER GRANADERO BAYON contra la empresa DILIGENT MISSATGERIA URBANA SL, sobre EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
En la ciudad de Palma de Mallorca, a dos de mayo de dos mil trece.
PARTE DISPOSITIVA
QUE DEBO ACORDAR Y ACUERDO DECLARAR EXTINGUIDA con fecha de hoy la relación laboral que une a D. Javier Granadero Bayón con la empresa Diligent Missatgeria S.L. con obligación de la empresa de abonar al trabajador la cantidad de 24.288,77 € en concepto de indemnización y sin que haya lugar al devengo de salarios de tramitación.
Notifíquese la presente resolución a las partes personadas haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de 3 días a contar desde el siguiente a su notificación. Así mismo, y de acuerdo con lo establecido en la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial introducida por la Ley Orgánica 1.2009 de 3 de noviembre se advierte a las partes que en el momento de interposición de dicho recurso habrá acreditarse la previa constitución de depósito por la cantidad de 25 € en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta a nombre de este Juzgado de lo Social Número Cuatro de Palma de Mallorca en la entidad Banco Español de Crédito (BANESTO).
Se encuentran exentos de la obligación de constituir depósito para recurrir los trabajadores y beneficiarios de la Seguridad Social, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos.
Se advierte a las partes que no se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.
Así por este Auto, lo acuerda, manda y firma, D. Ricardo Martín Martín, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social num. Cuatro de Palma de Mallorca. “
Y para que sirva de notificación en legal forma a DILIGENT MISSATGERIA URBANA SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Illes Balears.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a nueve de Mayo de dos mil trece.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL