Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE MAÓ
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚM. 3 DE MAÓ
Núm. 9705
Divorcio contencioso 0000771/2011 sobre divorcio contencioso
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
FALLO
Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por la representación procesal de doña Juana Moreno Rubio contra don Mohammed Sankour Mezouri y, en consecuencia, dispongo:
1.- Declarar la disolución por divorcio del matrimonio contraído por los cónyuges litigantes el día 23 de mayo de 1997.
2.- Desestimar el resto de las peticiones formuladas por la parte actora en el suplico de la demanda.
No se realiza especial pronunciamiento en costas procesales.
Una vez firme la presente sentencia, comuníquese al Registro Civil de Mahón para su correspondiente inscripción.
Contra la presente resolución cabe la interposición de recurso de apelación que deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de los 20 días siguientes a la notificación de esta sentencia y que será resuelto por la Ilma. Audiencia Provincial de Illes Balears (artículos 457 y siguientes de la LEC), siempre que se cumplan los requisitos y términos expresados en la Disposición Adicional 15º de la Ley Orgánica del Poder Judicial en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.
Así lo acuerda, manda y firma, Don Fernando Pinto Palacios, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº3 de Maó y de su partido judicial. Doy fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de MOHAMMED SANKOUR MEZOURI, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
MAÓ a diecisiete de Mayo de dos mil trece.
LA SECRETARIO JUDICAL