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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 10046
Providencia de Alcaldia de fecha 5.12.2011 de inicio de expediente sancionador por infracción urbanística 5/2011-S

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por no haber podido ser notificado en el domicilio que consta en este Ayuntamiento al Sr. JOSÉ DIONISIO PARRA PLAZA, y de conformidad con el Art.59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante el presente anuncio se pone en su conocimiento la providencia de Alcaldía de fecha 05.12.2011, relativa al expediente sancionador por infracción urbanística núm. 5/2011-S, del tenor literal siguiente:

“EXPTE. Núm.: 5/2011-S

EMPLAZAMIENTO: CALLE PERALTA, 2

PERSONAS RESPONSABLES: (Art. 30 de la Ley 10/90 de 23.X de Disciplina Urbanística de la CAIB) LDUB

PROMOTOR: PARRA PLAZA JOSE DIONISIO

HECHOS: LEVANTAMIENTO DE MURO CON PUERTA Y VENTANAS SIN LICENCIA MUNICIPAL.

DENUNCIA DE FECHA: 26.01.2011

NORMATIVA INFRINGIDA: Art. 2 Ley 10/90 de Disciplina Urbanística.

VALORACIÓN: 600,00

NORMATIVA APLICABLE: Art. 26 de la Ley 10/90 de Disciplina Urbanística y Arts. 6.1 y 8 del Decreto 14/94 de 10 de febrero por el cual se aprueba el Reglamento del procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el ejercicio de la potestad sancionadora y el resto de normativa de aplicación.

CALIFICACIÓN: GRAVE

PROVIDENCIA.- Visto el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 05.12.2011, punto primero y vista la valoración realizada por los Servicios Técnicos en fecha 09.06.2011 por la realización de obras de LEVANTAMIENTO DE MURO CON PUERTA Y VENTANAS, sin licencia municipal en la CALLE PERALTA, 2, por los responsables que figuran en el encabezamiento, del tenor literal siguiente:

CÁLCULO DEL VALOR DE LAS OBRAS OBJETO DE INFRACCIÓN Y DE LA SANCIÓN CORRESPONDIENTE.-

La sanción correspondiente a la infracción urbanística nº 5/11, en aplicación del Art. 45, es equivalente al 50% del total de la obra que se valora a continuación:

1).-P.A. Muro de pared de bloque aprox. 20m2 x 30 €/m2 incluida cimentación = 600,00 €.

TOTAL: 600,00 €

LAS OBRAS ASCIENDEN A: SEISCIENTOS EUROS.

POR LO QUE LA SANCIÓN ASCIENDE A 600 € x 50% = 300 €: TRESCIENTOS EUROS.”

De conformidad con la normativa vigente en la materia, y en virtud de las atribuciones que me han sido delegadas por la alcaldesa mediante decreto de fecha 27 de junio de 2011, por la presente RESUELVO:

PRIMERO.- Iniciar expediente sancionador por los hechos, personas y circunstancias señaladas en el encabezamiento.

SEGUNDO.- Designar Instructor/a y Secretario/a de este expediente al Sr. Juan Orihuela Romero y la Sra. Margarita Ribas Riera respectivamente que podrán ser recusados por la/les persona/es interesadas, en el plazo de diez días, de conformidad con el Art. 29 de la Ley de R.J.A.P. y P.A.C. 30/92, de 26 de noviembre, y se le concederá al efecto un plazo de diez días.

TERCERO.- Otorgar un plazo de quince días para formular las alegaciones i/o proponer las pruebas que considere oportunas, según establece el Art. 8.3 del Decreto 14/94 de 10 de febrero.

CUARTO.- El instructor, previos los trámites que legalmente correspondan, formulará propuesta de resolución que será resuelta por esta Alcaldía de conformidad y en virtud del Art. 13 del citado Decreto.”

Lo que se le comunica para su conocimiento y efectos oportunos.

Ruego firme el duplicado de la presente notificación.

EL SECRETARIO-ACCTAL.,

Joaquim Roca Mata.”

 

Eivissa, a 21 de Mayo de 2013.

 

EL CONCEJAL DELEGADO

Alejandro Marí Ferrer.