Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE EIVISSA
Núm. 10046
Providencia de Alcaldia de fecha 5.12.2011 de inicio de expediente sancionador por infracción urbanística 5/2011-S
Por no haber podido ser notificado en el domicilio que consta en este Ayuntamiento al Sr. JOSÉ DIONISIO PARRA PLAZA, y de conformidad con el Art.59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante el presente anuncio se pone en su conocimiento la providencia de Alcaldía de fecha 05.12.2011, relativa al expediente sancionador por infracción urbanística núm. 5/2011-S, del tenor literal siguiente:
“EXPTE. Núm.: 5/2011-S
EMPLAZAMIENTO: CALLE PERALTA, 2
PERSONAS RESPONSABLES: (Art. 30 de la Ley 10/90 de 23.X de Disciplina Urbanística de la CAIB) LDUB
PROMOTOR: PARRA PLAZA JOSE DIONISIO
HECHOS: LEVANTAMIENTO DE MURO CON PUERTA Y VENTANAS SIN LICENCIA MUNICIPAL.
DENUNCIA DE FECHA: 26.01.2011
NORMATIVA INFRINGIDA: Art. 2 Ley 10/90 de Disciplina Urbanística.
VALORACIÓN: 600,00 €
NORMATIVA APLICABLE: Art. 26 de la Ley 10/90 de Disciplina Urbanística y Arts. 6.1 y 8 del Decreto 14/94 de 10 de febrero por el cual se aprueba el Reglamento del procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el ejercicio de la potestad sancionadora y el resto de normativa de aplicación.
CALIFICACIÓN: GRAVE
PROVIDENCIA.- Visto el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 05.12.2011, punto primero y vista la valoración realizada por los Servicios Técnicos en fecha 09.06.2011 por la realización de obras de LEVANTAMIENTO DE MURO CON PUERTA Y VENTANAS, sin licencia municipal en la CALLE PERALTA, 2, por los responsables que figuran en el encabezamiento, del tenor literal siguiente:
“CÁLCULO DEL VALOR DE LAS OBRAS OBJETO DE INFRACCIÓN Y DE LA SANCIÓN CORRESPONDIENTE.-
La sanción correspondiente a la infracción urbanística nº 5/11, en aplicación del Art. 45, es equivalente al 50% del total de la obra que se valora a continuación:
1).-P.A. Muro de pared de bloque aprox. 20m2 x 30 €/m2 incluida cimentación = 600,00 €.
TOTAL: 600,00 €
LAS OBRAS ASCIENDEN A: SEISCIENTOS EUROS.
POR LO QUE LA SANCIÓN ASCIENDE A 600 € x 50% = 300 €: TRESCIENTOS EUROS.”
De conformidad con la normativa vigente en la materia, y en virtud de las atribuciones que me han sido delegadas por la alcaldesa mediante decreto de fecha 27 de junio de 2011, por la presente RESUELVO:
PRIMERO.- Iniciar expediente sancionador por los hechos, personas y circunstancias señaladas en el encabezamiento.
SEGUNDO.- Designar Instructor/a y Secretario/a de este expediente al Sr. Juan Orihuela Romero y la Sra. Margarita Ribas Riera respectivamente que podrán ser recusados por la/les persona/es interesadas, en el plazo de diez días, de conformidad con el Art. 29 de la Ley de R.J.A.P. y P.A.C. 30/92, de 26 de noviembre, y se le concederá al efecto un plazo de diez días.
TERCERO.- Otorgar un plazo de quince días para formular las alegaciones i/o proponer las pruebas que considere oportunas, según establece el Art. 8.3 del Decreto 14/94 de 10 de febrero.
CUARTO.- El instructor, previos los trámites que legalmente correspondan, formulará propuesta de resolución que será resuelta por esta Alcaldía de conformidad y en virtud del Art. 13 del citado Decreto.”
Lo que se le comunica para su conocimiento y efectos oportunos.
Ruego firme el duplicado de la presente notificación.
EL SECRETARIO-ACCTAL.,
Joaquim Roca Mata.”
Eivissa, a 21 de Mayo de 2013.
EL CONCEJAL DELEGADO
Alejandro Marí Ferrer.