Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE EIVISSA
Núm. 9864
Modificación del plano de alineación de ocupación de la vía pública del paseo Vara de Rei
DECRETO Nº 59/2013 OVP
Modificación del plano de alineación de ocupación de la vía publica del paseo vara de rey
Visto en general que la vía pública de acuerdo con el art.79.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, el art.74.1 del Real decreto 781/1986, de 18 de abril sobre régimen ocal, y el art. 3.1 del Real decreto de 13 de junio de 1986 es un bien de la entidad local, y que este bien puede ser objecto de usos especiales mediante autorización municipal de ocupación de la misma, siempre que no sean contrarios a los intereses generales.
Visto que se han realizado diferentes reuniones entre los representantes del Ajuntament d'Eivissa y los de la asociación de comerciants de Vara de Rey sobre la ocupación provisional del mencionado paseo, debido a que la reforma del mismo esta previsto que se inicie a finales de 2013, y tras las obras habrá una nueva realidad.
Visto el nuevo plano de alineaciones provisionales de la ocupación de la vía publica elaborado por los Servicios Técnicos municipales correspondientes al passeig de Vara de Rey.
En virtud de las facultades que tengo conferidas por las disposiciones legales vigentes, en particular por el Decreto de alcaldía de 27 de junio de 2011 (BOIB nº 114 de 28 de julio de 2011) en relación con el Decreto de alcaldía nº 078 de 4 de octubre de 2012, y en uso de las facultades otorgadas por los art. 43.3 y 44 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre por el cual se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales y de acuerdo con la Ordenanza de ocupación de la vía publica y de zonas y de propiedad privada (BOIB nº 74 de 29.05.2008).
RESUELVO:
PRIMERO- Aprobar un plano provisional de alineaciones de ocupación de la vía publica del paseo Vara de Rey que estará vigente hasta la aprobación definitiva del plano de alineaciones del paseo Vara de Rey una vez finalizada la remodelación del mismo.
SEGUNDO- Que se proceda a la publicación en el BOIB y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Eivissa.
TERCERO.- Contra este Decreto, que agota la vía administrativa, podrà interponerse:
a) Recurso potestativo de reposición se podrá presentar delante del mismo órgano que lo hubiese dictado de acuerdo con el art. 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), el periodo para interponer el recurso sera de un mes contando des de el día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente Decreto, de acuerdo con el articulo 117 de la LRJPAC.
b) Directamente recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación del Decreto, de acuerdo con el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.
c) Cualquier otro recurso que se crea conveniente, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio. Reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 4/1999, 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Eivissa, 20 de mayo de 2013
LA ALCALDESA
P.D Raimundo Prats Ramos
DOY FE
EL SECRETARIO ACCTAL
Joaquim Roca Mata