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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 9897
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de mayo de 2013 por el que se designa a los vocales, titulares y suplentes, que tienen que formar parte de la Comisión Mixta Gobierno-Consejos Insulares para el traspaso de funciones y servicios

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Texto

Mediante el Decreto 130/2007, de 19 de octubre, se creó la Comisión Mixta Gobierno-Consejos Insulares, prevista en la disposición transitoria quinta del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, para el traspaso de funciones y servicios inherentes a las competencias atribuidas como propias a los consejos insulares a las que hace referencia el artículo 70 del texto estatutario.

Esta Comisión Mixta, de conformidad con lo que establece el artículo 2 de la disposición mencionada, estará integrada por dieciocho vocales, nueve de los cuales son designados por el Gobierno de las Illes Balears.

Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 16 de setiembre de 2011, modificado por el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 14 de setiembre de 2012, se designó a los vocales, titulares y suplentes, que, en representación del Gobierno de las Illes Balears, tenían que formar parte de la Comisión Mixta Gobierno-Consejos Insulares para el traspaso de funciones y servicios.

En este momento, la última remodelación del Gobierno, de amplio alcance, hace necesario dejar sin efecto los acuerdos anteriormente citados y dictar otro nuevo de acuerdo con la nueva composición del Gobierno y de la estructura orgánica básica y de competencias de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

En consecuencia, el Consejo de Gobierno a propuesta del vicepresidente y consejero de Presidencia, en la sesión de 24 de mayo de 2013 adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero. Designar, en representación del Gobierno de las Illes Balears, para formar parte de la Comisión Mixta Gobierno-Consejos Insulares para el traspaso de funciones y servicios, correspondientes a las competencias propias de los consejos insulares, a las siguientes personas:

  • Titular: Antonio Gómez Pérez, vicepresidente y consejero de Presidencia
  • Suplente: Catalina Ferrer i Bover, secretaria general de la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia
  • Titular: José Vicente Marí Bosó, consejero de Hacienda y Presupuestos
  • Suplente: Antoni Costa Costa, director general de Presupuestos y Financiación
  • Titular: Carlos Delgado Truyols, consejero de Turismo y Deportes
  • Suplente: Joaquín Legaza Cotayna, secretario general de la Consejería de Turismo y Deportes
  • Titular: Sandra Fernández Herranz, consejera de Familia y Servicios Sociales
  • Suplente: Rafael Romero Ferrer, director general de Servicios Sociales
  • Titular: Gabriel Company Bauzá, consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio
  • Suplente: Margarita Raquel Mercadal Camps, directora general de Medio Rural y Marino
  • Titular: Maria Núria Riera Martos, consejera de Administraciones Públicas
  • Suplente: Antoni Mesquida Bauzà, director general de Función Pública, Administraciones Públicas y Calidad de los Servicios
  • Titular: Joana Maria Camps Bosch, consejera de Educación, Cultura y Universidades
  • Suplente: Guillem Estarellas Valls, secretario autonómico de Educación, Cultura y Universidades
  • Titular: César Nuño Pacheco Cifuentes, director general de Relaciones Institucionales y Acción Exterior
  • Suplente: Pilar Cortés Samper, directora general de Coordinación del Gobierno
  • Titular: Jaime Martínez Llabrés, director general de Turismo
  • Suplente: Isabel Cerdà Moragues, directora general de Ordenación, Innovación y Formación Profesional

 

Segundo. Dejar sin efecto el Acuerdo del Consejo de Gobierno de día 16 de setiembre de 2011 mediante el que se designa a los vocales, titulares y suplentes, que tienen que formar parte de la Comisión Mixta Gobierno-Consejos Insulares para el traspaso de funciones y servicios, modificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de setiembre de 2012.

Tercero. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Cuarto. Disponer que este acuerdo tendrá efecto al día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 24 de mayo de 2013

El secretario del Consejo de Gobierno

Antonio Gómez Pérez