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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 9846
Corrección de erratas advertidas en la publicación de la versión catalana del Decreto 16/2013, de 26 de abril, de suspensión temporal del complemento retributivo adicional de estímulo y reconocimiento de la excelencia investigadora y la transferencia de conocimiento del personal docente e investigador de la Universidad de las Illes Balears en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, núm. 56, de 27 de abril de 2013

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Texto

En el Butlletí Oficial de les Illes Balears núm. 56, de 27 de abril de 2013, debido a un problema técnico, se produjo una errata en la publicación de la versión catalana del Edicto 7986 consistente en la omisión de una parte del punto 3 del art. único del Decreto 16/2013, de 26 de abril, de suspensión temporal del complemento retributivo adicional de estímulo y reconocimiento de la excelencia investigadora y la transferencia de conocimiento del personal docente e investigador de la Universidad de las Illes Balears.

 

Del art. 3 del Decreto 68/2012, de 27 de julio, por el cual se regula el Butlletí Oficial de les Illes Balears, así como del art. 3.2 del Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del presidente de les Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, se desprende que la Secretaria General de la Consejería de Presidencia es la encargada del Butlletí.

 

Por todo ello, de acuerdo con los arts. 19.2 i 19.4 del Decreto 68/2012, de 27 de julio por el cual se  regula el Butlletí Oficial de les Illes Balears ,

Resuelvo

 

Primero.  Rectificar la errata advertida en la publicación del Edicto 7986 consistente en la omisión de una parte del punto 3 del art. Único del Decreto 16/2013, de 26 de abril, que queda redactado de la manera siguiente:

 

DONDE DICE:

  1. La finalització del període de suspensió suposa la continuació del dret a percebre el complement fins a completar el període de validesa de l’assignació reconeguda sense que les persones afectades hagin de

 

DEBE DECIR:

  1. La finalització del període de suspensió suposa la continuació del dret a percebre el complement fins a completar el període de validesa de l’assignació reconeguda sense que les persones afectades hagin de sotmetre’s a una nova avaluació.

 

Segundo.- Publicar esta corrección de erratas en el  Butlletí Oficial de les Illes Balears.

 

Palma, 15 de mayo de 2013

La secretaria general

 

 

 

Catalina Ferrer i Bover