Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 9629
Convenio de colaboración entre el Consell Insular de Formentera y la Fundació Illes Balears en materia de patrimonio cultural para la obertura del Molí Vell de la Mola
De conformidad con lo previsto en el artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se hace público el siguiente convenio:
Convenio de colaboración entre el Consell Insular de Formentera y la Fundació Illes Balears en materia de patrimonio cultural para la obertura del Molí Vell de la Mola
Partes
Por una parte, el Honorable Sr. Jaume Ferrer Ribas, presidente del Consell Insular de Formentera (CIF), quien actúa en nombre y representación del mismo, con CIF núm. P-0702400-C y con domicilio en la plaza de la Constitución núm. 1 de Sant Francesc Xavier, en virtud del Acto del Pleno del Consell Insular de Formentera de 11 de junio de 2011, de acuerdo con el artículo 136 del Reglamento Orgánico del Consell Insular de Formentera (ROC) y en virtud de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de régimen electoral general y de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares.
Y por otra, la Sra. Magdalena Femenia Rosselló, (...), directora gerente de la Fundació Illes Balears, con CIF núm. G-07431604, actuando en representación de esta entidad, de conformidad con el acuerdo de la Asamblea General de la fundación, de 10 de noviembre de 2010 (escritura pública núm. 3304, de 1 de diciembre de 2010, autorizada por el notario Sr. Miguel Mulet Ferragut).
El Sr. Àngel C. Navarro Sánchez, secretario del Consell Insular de Formentera, asiste el acto para dar fe de la firma de este convenio.
Antecedentes
1. La Constitución Española dispone, en el artículo 44, que los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la cual todos tienen derecho.
2. Asimismo, el artículo 46 dispone que los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos del Estado español y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad.
3. El artículo 22.3 de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de la Illes Balears, establece que los poderes públicos promoverán, por todos los medios a su alcance, la conservación, la consolidación y la mejora de los bienes integrantes del patrimonio histórico de titularidad pública y privada.
4. El Consell Insular de Formentera ejerce competencias en materia de cultura y patrimonio histórico en virtud de la Ley 6/1994, de 13 de diciembre, de atribución de competencias en materia de patrimonio histórico, promoción sociocultural, animación sociocultural, depósito legal de libros y deportes.
5. El artículo 70.6 de la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, determina que el patrimonio monumental, cultural, histórico, artístico, arquitectónico, arqueológico y paisajístico es competencia de los consejos insulares en su ámbito territorial.
6. El Molí Vell de la Mola, construido el año 1778, responde al modelo clásico de molino de seis aspas. La torre es cilíndrica y está dotada de dos puertas de acceso. Es el que está más bien conservado de Formentera, con la maquinaria completa.
7. Este molino es propiedad de la Fundació Illes Balears, con domicilio fiscal en Son Pax, carretera de Sóller km. 4, apartado de correos 332, 07080 de Palma de Mallorca. Este bien se encuentra inscrito en el Registro de la propiedad de Eivissa núm. 2, tomo 1406, libro 129, folio 96.
8. La Fundació Illes Balears es una entidad cultural privada que tiene, entre otros objetivos, velar por la protección y la conservación del patrimonio paisajístico y arquitectónico de las Illes Balears, divulgar el conocimiento cultural y científico del patrimonio cultural, y fomentar su estudio y su difusión.
9. Es la voluntad de las dos partes que este bien inmueble, que constituye un elemento patrimonial destacado del municipio de Formentera, tenga un horario de visita adecuado para que todas las personas puedan disfrutar de este patrimonio histórico y cultural en las mejores condiciones.
Las dos partes nos reconocemos mutuamente la capacidad legal necesaria para formalizar este Convenio, de acuerdo con las siguientes
Cláusulas
1. El objeto de este Convenio es establecer los términos y las condiciones de colaboración entre el Consell Insular de Formentera y la Fundación Illes Balears en materia de patrimonio cultural para la dotación de personal en el Molí Vell de la Mola, con la finalidad que este bien pueda tener un horario de visitas.
2. A tal efecto, el Consell Insular de Formentera realizará las actuaciones oportunas para contratar una persona para la prestación de servicios de vigilancia e información del molino, con una aportación de 5.500 euros con cargo a la partida 336.13100 de los presupuestos de 2013. Esta persona deberá cumplir el horario establecido para que dicho molino pueda estar abierto al público, de conformidad con el horario previsto en la siguiente cláusula, y deberá conocer de manera profunda las características del molino, las partes y el funcionamiento de su mecanismo y los usos que tuvo cuando funcionaba, a fin de poder explicar estos aspectos a los visitantes.
3. El horario de visita será de martes a sábado de 9.15 h a 13.30 h, de 15 de mayo a 15 de octubre de 2013, los dos incluidos. Los días festivos, los domingos y los lunes el molino estará cerrado.
4. Por su parte, la Fundación Illes Balears pondrá a disposición de la Administración pública el Molí Vell de la Mola, para que este bien pueda acoger visitas culturales y de divulgación dentro del horario establecido en la cláusula 3. De manera excepcional se podrán prever visitas fuera de este horario, con comunicación previa por escrito a la Fundació Illes Balears.
5. Este convenio tendrá vigencia desde el día de su firma hasta el 15 de octubre de 2013.
Como muestra de conformidad, firmamos este convenio en dos ejemplares.
Formentera, 13 de mayo de 2013
Por el Consell Insular de Formentera Por la Fundació Illes Balears
Jaume Ferrer Ribas Magdalena Femenia Rosselló
Àngel C. Navarro Sánchez"
Lo cual se hace público para general conocimiento.
Formentera, 20 de mayo de 2013
El presidente del Consell Insular de Formentera
Jaume Ferrer Ribas