Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY
Núm. 9610
Bases de la subvención para asociaciones de personas con discapacitados y asociaciones de personas mayores de Sant Antoni para el periodo de 01-01-2013 al 31-12-2013
Se hace público el acuerdo de la Junta de Gobierno Local a la sesión ordinaria del 09 de mayo de 2013, por unanimidad de sus componentes, donde se aprueban las Bases de la subvención para asociaciones de personas con discapacitados y asociaciones de personas mayores de Sant Antoni para el periodo de 01-01-2013 al 31-12-2013, así como la convocatoria y el inicio, una vez publicada al BOIB, del plazo para presentar solicitudes.
Vista la propuesta efectuada en el expediente de referencia, del siguiente tenor literal:
Bases de la subvención para asociaciones de personas con discapacitados y asociaciones de personas mayores de Sant Antoni para el periodo de 01-01-2013 al 31-12-2013.
1.- OBJETO
Es objeto de estas Bases establecer y regular la concesión de subvenciones a las diferentes asociaciones que acogen a personas con discapacitados, ya sean físicas, psíquicas, sensoriales o enfermos mentales, así como a las diferentes asociaciones de personas mayores para la realización de actividades a lo largo del año 2013.
2.- CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA
El presupuesto para esta convocatoria es de cuarenta cinco mil (45.000) euros, a cargo de la partida presupuestaria con código funcional 2310 y código económico 489003 para asociaciones de personas con discapacitados, prevista para el año 2013.
Y un presupuesto de veintiún mil (21.000) euros a cargo de la partida presupuestaria con código funcional 2310 y código económico 489002 para asociaciones de personas mayores, prevista para el año 2013.
3.- SOLICITANTES
Pueden solicitar las subvenciones reguladas en esta convocatoria las asociaciones sin ánimo de lucro que, estando debidamente inscritas en el registro de asociaciones, cumplan con los requisitos siguientes:
- Tener el domicilio social en Sant Antoni de Portmany.
- En caso de no tener domicilio social en Sant Antoni de Portmany, presentar proyecto de las actividades a realizar en el municipio.
- Desarrollar la actividad en el territorio de Sant Antoni de Portmany.
- Tener como principal objeto social la realización de actividades destinadas a las personas que forman parte de la asociación denominada en el objeto de la convocatoria
4.- ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES
Son objeto de subvención aquellas actividades dirigidas preferentemente a ciudadanos de Sant Antoni, que vayan encaminadas a la atención y mejora de las condiciones de vida de las personas que pertenecen a las asociaciones objeto de esta convocatoria.
5.- CRITERIOS A LA HORA DE EVALUAR LOS PROYECTOS
La claridad y especificidad de los proyectos presentados en relación al objetivo principal de la convocatoria son necesarias para su valoración.
La puntuación será de 0 a 45 puntos. El mínimo necesario para obtener subvención será de 10 puntos.
Las ayudas se concederán de acuerdo con los siguientes criterios a calificar por la Comisión Evaluadora:
- Número de personas beneficiarias del municipio: hasta 10 puntos.
- Calidad del proyecto, trascendencia de la actividad a realizar: hasta 10 puntos.
- Carácter innovador del proyecto: hasta 5 puntos.
- Déficit de actividades análogas al municipio: hasta 10 puntos
- Dificultado para la realización del proyecto sin la subvención: hasta 5 puntos.
- Por otras circunstancias de carácter técnico y sociales acreditadas por las entidades solicitants no incluidas en los apartados anteriores, que puedan ser consideradas motivadamente por la comisión avaladora, hasta un máximo de 5 puntos.
6.- RÉGIMEN DE LAS AYUDAS
El Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany subvencionará, durante el periodo del 01-01-2013 al 31-12-2013, a las asociaciones que cumplan con los requisitos de los apartados 3, 4, 5 y 7 de la siguiente manera:
Hasta un 50% del presupuesto presentado, con un máximo por asociación de cinco mil (5.000) euros para el periodo del 01-01-2013 al 31-12-2013.
La distribución de la cantidad otorgada se hará en función de la previsión de gastos anuales de los solicitants, la cual quedará establecida en el presupuesto 2013, que tienen que presentar.
El beneficiario tiene la obligación de comunicar en el Ayuntamiento de Sant Antoni la obtención otras subvenciones o ayudas, y tiene que incluir en la documentación justificativa una relación de todos los gastos e ingresos correspondientes a la actividad subvencionada.
Las ayudas no generan ningún derecho en la obtención otras ayudas en ejercicios posteriores en 2013.
7.- PRESENTACIÓN DE SOLI•LICITUDES
Las solicitudes de subvención se tiene que formalizar mediante el anexo I y el proyecto según el anexo II, y presentarse al Registro General del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany.
El plazo para la presentación de las solicitudes es de 30 días naturales contados a partir del día siguiente a su publicación en el *BOIB. Esta convocatoria se anunciará en la prensa local.
Además, la convocatoria se anunciará en la prensa local, en el tablón de anuncios y en la web municipal del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany.
Si el escrito de solicitud no reuniera los requisitos antes indicados, se requerirá por escrito al solicitando para que subsane los defectos observados, en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, quedando entendido que, de no hacerlo así, se desestimará su petición y se archivarán las actuaciones sin más trámite, conforme al previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las solicitudes tienen que ir acompañadas de la siguiente documentación:
a) Documento que acredite a la persona como representante de la entidad.
b) Copia compulsada de los estatutos de la entidad.
c) Documentación que acredite la inscripción en el registro correspondiente.
d) Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad (NIF).
e) Fotocopia del DNI de la persona representando de la entidad.
f) Proyecte a realizar durante el año 2012 en el municipio de Sant Antoni de Portmany.
g) Presupuestos de la actividad y/o proyecto a realizar durante el 2013, en el municipio de Sant Antoni de Portmany, detallando las vías de financiación previstas.
h) Memoria de actividades realizadas en el municipio de Sant Antoni de Portmany en el último año.
y) Acreditación actualizada de estar al cabo de la calle con las obligaciones tributarias y la Seguridad Social.
La documentación anteriormente citada que se encuentre en el Ayuntamiento, adjuntada en anteriores convocatorias por este mismo concepto, no será necesario presentarla de nuevo.
8.- CRITERIOS DE VALORACIÓN
Sólo pueden ser seleccionados los expedientes que cuenten con los requisitos que aparecen a los puntos 3, 4 y 6 de esta convocatoria.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la comisión técnica seleccionadora hará una evaluación y elaborará una propuesta de adjudicación de subvención para cada uno de los proyectos presentados.
9.- COMISIÓN TÉCNICA SELECCIONADORA
La comisión seleccionadora será un órgano colegiado formado por los siguientes miembros:
Presidente: Sr. Alcalde o persona en quien delegue.
Vocales: La regidora de Bienestar Social, dos técnicos de Servicios Sociales, el Secretario de la Corporación e interventora de la corporación.
Si la comisión lo cree oportuno, puede invitar los técnicos que crea convenientes, con voz pero sin voto.
10.- INSTRUCCIÓN, RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN
Los expedientes se tiene que resolver en un plazo máximo de un mes y medio, contador desde el día siguiente de la finalización del plazo de presentación.
La comisión seleccionadora es el órgano encargado de estudiar, analizar, valorar y proponer conjuntamente las concesiones de las ayudas, así como de elevar sus propuestas de resolución al órgano resolutorio para las oportunas concesiones. Con el objeto de llevar a cabo esta actividad, la comisión podrá solicitar a las personas interesadas la información que considere necesaria.
La resolución se notificará por escrito, individualmente, a cada una de las personas solicitantes en un plazo máximo de 15 días habilidosos contados a partir del día siguiente de la adopción de la resolución.
11.- OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS
Las entidades beneficiarias de las subvenciones están obligadas a:
a) Destinar el importe de la ayuda al objeto para la cual se ha solicitado.
b) Facilitar las actuaciones de comprobación que efectúe el Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany.
c) Respetar las actividades subvencionadas. En la publicidad de las actuaciones realizadas, se tiene que hacer constar en un lugar privilegiado y visible el escudo oficial del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany con el siguiente texto: “Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany, Concejalía de Bienestar Social”.
d) Presentar una memoria explicativa de la ejecución de la actividad objeto de la subvención.
12.- PAGO DE LA SUBVENCIÓN
El pago se realizará una vez que la Asociación beneficiaria justifique los gastos objeto de subvención, antes del 10 de diciembre de 2013, mediante la siguiente documentación:
- Memoria del proyecto según el anexo III
- Facturas originales justificativas de la totalidad de los gastos originados como consecuencia de la ejecución de la actividad objeto de subvención, las cuales tendrían que ser de un importe igual o superior al presupuesto de la actividad presentado, haciendo constar que corresponden a gastos relacionadas directamente con la actividad objeto de la subvención. Una vez comprobadas por los Servicios Económicos, las facturas se volverán a la entidad por los efectos adecuados.
- Memoria justificativa de las actividades llevadas a cabo y una liquidación detallada de ingresos y gastos, haciendo constar que no se han recibido otras subvenciones o ayudas de organismos públicos o privados u otros servicios que, junto con la concedida por el Ayuntamiento de Sant Antoni, superen el coste total de la actividad.
- Cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención del Ayuntamiento, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, tienen que acreditarse en la justificación el importe de cada subvención o ayuda, así como la procedencia y la aplicación de estos fondos a las actividades subvencionadas.
- Para el pago de la subvención se puede solicitar cualquiera otro documento o informes técnicos que los servicios del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany consideren necesarios.
- Todos los justificantes presentados tienen que corresponder a actividades realizadas en el año 2013. Excepcionalmente, y tan sólo para gastos de inversión, se aceptarán gastos realizados en ejercicios anteriores.
- Si los gastos finalmente ejecutados resultan inferiores a la inversión aprobada se reducirá proporcionalmente la cantidad de la ayuda.
Atendiendo a casos debidamente motivados, se puede conceder una prórroga por un plazo que no exceda del inicial, que se computará desde la fecha de recepción del traslado de la subvención concedida. Esta prórroga exigirá, para su concesión, una solicitud que tiene que ser remitida antes del plazo de justificación de las subvenciones, el informe técnico favorable y la resolución expresa.
En caso de aportar justificantes que no se ajusten en las bases de la convocatoria o presentar la documentación justificativa incompleta, se notificará al beneficiario de la subvención, pudiendo el beneficiario subsanar los ya existentes en el plazo de quince días, contados a partir de la fecha de la notificación, o presentar nuevos documentos justificantes hasta la finalización del plazo de justificación inicial.
Transcurridos estos plazos sin que los documentos requeridos hayan tenido entrada en el Registro de esta Corporación o en cualquier de las Administraciones a las cuales se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el beneficiario decae en su derecho a percibir la subvención no justificada.
No se concederán anticipos de pago anteriores a la justificación de la subvención.
13.- RESCISIÓN DE LA COLABORACIÓ
El incumplimiento de las disposiciones establecidas en esta convocatoria por parte de las entidades beneficiarias, otorga derecho al órgano a rescindir la subvención, con la pérdida por parte de estas del beneficio y las ayudas correspondientes.
14.- RÉGIMEN JURÍDICO
Esta convocatoria se rige por las disposiciones contenidas en sus bases. Será también de aplicación la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el resto de normativa aplicable, en particular la de Hacienda Locales.”
Por todo el que anteriormente se ha expuesto, se propone a la Junta de Gobierno Local, la aprobación de las Bases de la subvención para asociaciones de personas con discapacitados y asociaciones de personas mayores de Sant Antoni para el periodo de 01-01-2013 al 31-12-2013.
(ANEXO I)
SOLICITUD DE AYUDA ECONÓMICA PARA ENTIDADES SOCIALES (ANEXO I)
La ............................................................................................... NIF.......................................
Con domicilio, …………………………………………........… ....... teléfono ...................................
Actuando en representación de............................................................... CIF…......................................
con número de registro general de asociaciones ………………………………………….
Y número de registro de entidades vecinales del Ayuntamiento………………………………......
Como: (indicar el cargo)…………………………………………………………………
DATOS BANCARIOS A EFECTO DE TRANSFERENCIA (imprescindible)
Banco / Sucursal |
C. Cuenta Cliente |
|||||||||||||||||||||
Banco Banco |
Sucursal |
D.C |
Cuenta |
|||||||||||||||||||
|
||||||||||||||||||||||
(firma y sello de la entidad bancaria)
SOLICITA UNA AYUDA ECONÓMICA PARA LA ACTIVIDAD SIGUIENTE, CON UN PRESSUPUESTO TOTAL DE...........................€
La subvención a la que puedo acceder será hasta un máximo de 50% del presupuesto total, con un máximo de 5.000€.
(Explicar toda la información posible sobre la actividad a realizar. En caso necesario, se adjunta el proyecto en documento adjunto a esta solicitud):
…………………………………………………………………………………………….…………………
…………………………………………………………………………………………….…………………
DOCUMENTACIÓN QUE APORTA: (documentación según l’art. 7 de las bases de esta convocatoria)
1................................................. 4................................................... 7.............................................
2.................................................. 5................................................... 8.............................................
3.................................................. 6................................................... 9.............................................
El abajo firmante manifiesta que la Entidad que representa inhibe el Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany de cualquier responsabilidad derivada de la actividad subvencionada.
El abajo firmante, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio/en representación de la entidad solicitando, hace constar, bajo su responsabilidad, que el que subscribe/ la entidad a la que representa cumple con todos los requisitos para ser beneficiario de una subvención, exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, así como no estar *incurs en procedimientos de cobro por vía de apremio de deudas con el Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany, declarante que son ciertas los datos que figuran en la presente solicitud.
(firma)
Sant Antoni de Portmany, ......... d.................................. de.....................
ANEXO II
PLANTILLA PROYECTE |
Datos de identificación del proyecto (actividad a realizar)
|
Número de beneficiarios que pertenecen al municipio de Sant Antoni de Portmany: (número de personas que realizaran la actividad)
|
Naturaleza del proyecto (qué se quiere hacer)
|
Fundamentación (por qué se quiere hacer: necesidades detectadas)
|
Objetivos, propósitos (para que se quiere hacer)
|
Ubicación (donde se quiere hacer)
Metodología y actividades (como se hará y a través de qué actividades y tareas)
|
Temporalización del programa, (ubicación de las actividades en el tiempo). Meses de realización de las actividades:
|
Recursos humanos (personal que lo hará)
|
Recursos materiales y financieros. (Coste total del proyecto y grado de autofinanciación)
|
(Firma)
Sant Antoni de Portmany,......... d.................................. de.....................
ANEXO III
MEMORIA DEL PROYECTO- JUSTIFICACIÓN |
Datos de identificación del proyecto (actividad realizada)
|
Dados sobre el contenido:
- Número total de personas beneficiarías que pertenecen al municipio de Sant Antoni de Portmany: (número de personas que han realizado la actividad) :
|
Características del colectivo atendido:
|
Metodología (cómo s’han realizado las actividades)
|
Desglose de las actividades llevadas a cabo: duración y lugar donde se han realizado.
|
Recursos humanos y materiales utilizados ( profesionales que han realizado la actividad y materiales)
|
Valoración global de la realización del proyecto.
|
Propuestas de mejora y/u observaciones.
|
(Firma)
Sant Antoni de Portmany,......... d.................................. de.....................
En Sant Antoni de Portmany
La Alcaldesa
Josefa Gutiérrez Costa