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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 9000
Procedimiento Ordinario 0000560/2006

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En el recurso contencioso-administrativo que tramita esta Sala, interpuesto por CONGREGACIÓN DE MISIONEROS DE LOS SAGRADOS CORAZONES (EL MONASTERIO DE LA REAL) , contra resolución del CONSELL INSULAR DE MALLORCA de 5/6/2006, recurso al que ha correspondido el número PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000560 /2006, y para dar cumplimiento a lo acordado en la Sentencia dictada por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, Sección Quinta, en la Diligencia de Ordenación de fecha I7 de Abril de 2013 dictada por esta Sala, se ha acordado librar a Vd. el presente mediante el cual se interesa disponga lo necesario a fin de que se publique en ese Boletín Oficial el "texto" que a continuación se indica, debiendo comunicar a esta Sala la fecha y número del ejemplar donde quede publicado.

TEXTO

FALLAMOS

“Que, estimando el segundo y cuarto motivos de casación y con desestimación de los demás, debemos declarar y declaramos que ha lugar el recurso interpuesto por el Procurador D Ángel Luís Rodríguez Álvarez, en nombre y representación de la Congregación de Misioneros de los Sagrados Corazones, contra la Sentencia pronunciada, con fecha 2l de septiembre de 2009, por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el recurso contencioso administrativo numero 560 de 2006, que, por consiguiente, anulamos, al mismo tiempo que, con estimación del recurso contencioso-administrativo sostenido por la representación procesal de la Congregación de Misioneros de los Sagrados Corazones contra el acuerdo del Consell Insular de Mallorca, de 5 de junio de 2006, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual de la

Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Palma, referente a la implantación de un sistema general de equipamiento comunitario sanitario supramunicipal, denominado Son Dureta II, en la finca Son Espases Vell, debemos declarar y declaramos dicho acuerdo así como la disposición de carácter general aprobada radicalmente nulos por ser contrarios a Derecho, sin hacer expresa condena al pago de las costas procesales causadas en la instancia y en este recurso de casación.”

Para que se proceda a su publicación en forma.

En PALMA DE MALLORCA, a nueve de Mayo de des mil trece.

El Secretario.

D. CARLOS AMORENA DONCEL