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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE BÚGER

Núm. 9014
Gestión vehículo abandonado depositado en el punto verde

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Texto

Visto que no se ha podido llevar a cabo la notificación al titular del vehículo abandonado en el punto verde del término municipal de Búger, sr. Byrdeck Gebroemer Christos Mike, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59.4 y 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, con el presente edicto se le comunica que el alcalde en fecha 30 de abril de 2013, ha dictado la siguiente resolución.

DECRETO DE ALCALDIA

GESTIÓN DE VEHÍCULO ABANDONADO DEPOSITADO EN EL PUNTO VERDE

En referencia a las conversaciones mantenidas el sr. Byrdeck Gebroemer Christos Mike con el policía local del Ayuntamiento de Búger sobre su intención de retirar el vehículo modelo Mercedes Daimler C200 con matrícula 2854FMJ y que se encuentra depositado en el punto verde de este término municipal desde el 10 de diciembre de 2010, le comunicamos que según ordenanza municipal reguladora de recogida de vehículos de la vía pública publicada en el BOIB núm. 115 de fecha 24 de septiembre de 2002, el propietario de un vehículo de estas características tendrá que abonar 3€ por día de depósito, lo que en su caso, a fecha 18 de marzo de 2013 supone un importe de 2.421,00€ a los que hay que añadir 90,00€ de denúncia y 55,00€ del servicio de grúa, lo que supone un importe total de 2.566,00€.

Asimismo, se le comunica que a raíz del periodo de tiempo que el vehículo permanece depositado, en caso de no proceder a la retirada del vehículo en el plazo de un mes, este Ayuntamiento lo considera residuo sólido urbano y, en consecuencia se iniciará el proceso de retirada y eliminación trasladándolo al centro de descontaminación correspondiente o podrá ser destinado a los servicios municipales.

Este decreto se remitirá al BOIB a los efectos de su publicación.

Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, se pueden interponer alternativamente los siguientes recursos:

a.   El recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que ha dictado el acto.

b.   Directamente, el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la recepción de esta notificación o de la publicación del edicto, ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Palma.

Si se opta por interponer el recurso de reposición potestativo, no se puede presentar recurso contencioso – administrativo hasta que se resuelva aquel expresamente o se haya producido la desestimación por silencio, que se producirá en el transcurso de un mes desde la presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado. En este caso, podrá interponerse recurso contencioso - administrativo en el plazo de seis meses, contados a partir del dia siguiente de la presunta desestimación.

Todo ello, sin perjuicio de otros recursos o acciones que se encuentren convenientes.

Lo que se le comunica a los efectos oportunos en Búger, 30 de abril de 2013.

 

El Alcalde

Bartolomé Alemany Bennàsar