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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ

Núm. 9421
Declaración renuncia nombramiento personal funcionario de carrera Policia Local

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Texto

Como consecuencia del expediente iniciado para la declaración de oficio de la renuncia de un aspirante a la propuesta de nombramiento como policía local funcionario de carrera y considerando que después de haberse intentado la notificación administrativa a Da. Ada Eugenia González González (dos intentos de notificación en el domicilio indicado por la interesada en su instancia) esta no ha sido posible por causas no imputables a la Administración, mediante el presente edicto, en aplicación del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC) le comunico que el Alcalde, en fecha de 30 de abril de 2013, ha dictado la siguiente Resolución:

“NEGOCIADO: RECURSOS HUMANOS

ASUNTO: Declaración de renuncia al nombramiento personal funcionario de carrera Policía local

Ref.: JCV

DECRETO DE LA ALCALDÍA

Marratxí, a 30 de abril de 2013.

Visto que mediante Decreto de la Alcaldía de fecha 1 de abril de 2011 (BOIB núm. 64 de fecha 28 de abril de 2011 y BOE núm. 122 de fecha 23 de mayo de 2011) se procedió a la convocatoria para cubrir mediante funcionarios de carrera dieciocho plazas de agente de la policía local vacantes en la plantilla de personal del Ajuntament de Marratxí (Puestos de trabajo núm. 132, 137, 144, 154, 157, 272, 273, 274, 275, 276, 277, 296, 297, 298, 299, 300, 301 y 302 RPT), incluidas en las ofertas públicas de empleo de los años 1991, 1997, 2000, 2006 y 2008.

Visto que una vez finalizado el proceso selectivo la Comisión de valoración mediante acta de fecha 11 de febrero de 2013 eleva a la Alcaldía la propuesta de nombramiento de los dieciocho aspirantes que han obtenido la mayor puntuación (Se adjunta copia del acta).

Visto que finalizado el plazo de veinte días naturales (del 12 de febrero al 5 de marzo) establecido en la base octava de las que rigen el proceso selectivo la aspirante Da. Ada Eugenia González González, a pesar de haber sido avisada telefónicamente, no ha aportado la documentación necesaria para proceder a su nombramiento.

Considerando que abierto trámite de audiencia por un plazo de 10 días hábiles a los efectos de que Da. Ada Eugenia González González pudiera subsanar la falta de presentación de la documentación necesaria para efectuar su nombramiento, la interesada no ha realizado ningún tipo de alegación a pesar de haberse advertido de la aplicación de lo dispuesto en la base octava in fine en referencia a considerar la renuncia al citado nombramiento (Se adjuntan copias del trámite de audiencia tanto las notificaciones personales como la notificación por edictos).

Considerando lo establecido en la base octava in fine de las que rigen el proceso selectivo (BOIB núm. 64 de fecha 28 de abril de 2011) que textualmente establece que “[...] los aspirantes que en el plazo indicado, a excepción de los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación señalada no podrán ser objecto de nombramiento y todas las actuaciones respecto a ellos quedarán anuladas, sin perjuicio de la responsabilidad en que puedan haber incurrido [...]”.

Considerando que el artículo 21.1.h de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL), atribuyen al señor alcalde la dirección de todo el personal al servicio del Ayuntamiento.

Considerando lo establecido en los artículos 136 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y el artículo 7 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, que disponen que los nombramientos deben efectuarse por el Presidente de la Corporación de acuerdo con la propuesta del Tribunal, que tendrá carácter vinculante.

En vista de los anteriores antecedentes de hecho y fundamentos de derecho esta Alcaldía tiene a bien dictar la siguiente RESOLUCIÓN

  1. Declarar la renuncia de Da. Ada Eugenia González González a la propuesta de nombramiento como policía local funcionario de carrera al no haber presentado en plazo, ni posteriormente en trámite de audiencia específico habilitado al efecto, la documentación necesaria para efectuar su nombramiento.
  2. Notificar la resolución a la interesada y al Negociado de Recursos Humanos del Ajuntament a los efectos oportunos..
  3. Que prosiga el expediente los trámites reglamentarios para su conclusión.

Contra la citada resolución, podrá interponer el recurso de reposición que se establece en los artículos  52 LRBRL y 116 LRJPAC, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la recepción del presente escrito.

El citado recurso se entenderá desestimado si transcurriera otro mes sin que se notifique su resolución.

Contra lo resuelto en el recurso de reposición, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto si éste fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de SEIS MESES a contar desde el día siguiente a aquel, en que, de acuerdo con su normativa específica, se produjera el acto presunto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso si lo cree conveniente.

Lo manda y firma el señor Alcalde D. Tomeu Oliver Palou. Doy fe.”

Contra la citada resolución, podrá interponer el recurso de reposición que se establece en los artículos 52 LRBRL y 116 LRJPAC, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación.

El citado recurso se entenderá desestimado si transcurriera otro mes sin que se notifique su resolución.

Contra lo resuelto en el recurso de reposición, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de DOS MESOS a contar des del día siguiente al de la notificación del acto si éste fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de SEIS MESES a contar desde el día siguiente a aquel, en que, de acuerdo con su normativa específica, se produjera el acto presunto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso si lo cree conveniente.

El que tengo el honor de comunicarle para su conocimiento y efectos.

 

 Atentamente, en Marratxí a 14 de mayo de 2013.

 El Alcalde,
Tomeu Oliver Palou.