Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGALIDA
Núm. 9349
Archivo expediente actividad 39-2004
Por no haber podido ser efectuada la preceptiva notificación en el domicilio que consta en el expediente que se relaciona a continuación y que se tramita en el Departamento de Actividades de este Ayuntamiento, por el presente anuncio se notifica a la entidad A-78923125, la siguiente notificación:
“Os notifico, porque tengáis conocimiento y por los efectos pertinentes, que por Decreto de Alcaldía de fecha 22 de febrero de 2013, se ha adoptado el acuerdo que seguidamente se transcribe:
“DECRETO DE ALCALDIA POR ARCHIVO DEL EXPEDIENTE DE ACTIVIDAD
Visto el expediente de actividad núm. 39/2004 tramitado a instancia de la entidad A-78923125, por permiso de instalación de la actividad de estación base telefonía móvil ubicada en la C/ Isabel Garau, 1 de Can Picafort.
Dado que en fecha 28 de febrero de 2011 se notificó al interesado la Audiencia previa de la Declaración de caducidad del expediente y a día de hoy todavía no se ha realizado ninguna actuación para continuar con la tramitación del expediente, según consta al arte. 92 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, transcurrido el plazo de 3 meses sin que el particular realice las actividades necesarias para retomar la tramitación, la administración acordará el archivo de las actuaciones.
HE RESUELTO
PRIMERO.- Archivar el expediente de solicitud por licencia municipal de instalación de la actividad de estación base de telefonía móvil, instruido a instancia de la entidad A-78923125, por haber transcurridos los tres meses establecidos en el artículo 92 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimientos Administrativo Común sin enmendar las deficiencias,
SEGUNDO.- Notificarlo al promotor a los efectos oportunos”.
Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, procede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su notificación.
Alternativamente y de forma potestativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación. Todo esto sin perjuicio de cualquiera otro recurso o reclamación que consideráis conveniente de interponer.
Santa Margalida, 22 de febrero de 2013
El Secretario
Joan Seguí Serra”.
Santa Margalida, 14 de mayo de 2013
El Alcalde
Antoni Reus Darder