Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 8683
Despido/ceses en general 858/2012
D/Dª PAULA MATEO ERROZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000858 /2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª MARIA CANTALLOPS FIOL, FRANCISCA ENSEÑAT GOMILA Y MARIA JOSE LAGUNA HIDALGO contra las empresas SAN FERNANDO PAN FORN DE CAMPOS S.L. Y 16 MÁS , sobre DESPIDO Y CANTIDAD, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
Que, estimando parcialmente la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por DOÑA MARÍA CANTALLOPS FIOL (1), DOÑA COLOMA FRANCISCA ENSEÑAT GOMILA (2) y DOÑA MARÍA JOSÉ LAGUNA HIDALGO (3), frente a COMERCIAL FRANQUICIADORA FORN DE CAMPOS, S.L. ARISAEMA, SL., VIA ASIMA FORN DE CAMPOS, S.L., SAN FERNANDO PAN FORN DE CAMPOS, S.L., FORN DE CAMPOS SON FUSTER MAGDALENA PORTOL, S.L., NUEVO EUSEBIO ESTADA SON OLIVA PAN FORN DE CAMPOS, S.L., FORN DE CAMPOS DALI FORN D´ALARÓ, S.L., HORNO CAPITAN SALOM TEJEDORES VIA, S.L., GOMILA FORN DE CAMPOS S.L., FORN SON FERRIOL S.A., CASA DE SES LLEPOLIES S.L., CASTILLEJOS FORN DE CAMPOS S.L., FORTI FORN DE CAMPOS, S.L., LA RIBERA PAN FORN DE CAMPOS, S.L., TEJEDORES VIA, S.L., FORN DE SA PORTA, S.L. y TREVOL DE QUATRE FULLES, S.L. , sobre DESPIDO y CANTIDAD, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de las actoras, condenando a las empresas demandadas, solidariamente a estar y pasar por esta declaración, y, siendo imposible la readmisión, extingo la relación laboral entre las partes en esta fecha, condenando a las empresas demandadas, solidariamente a que indemnicen a las actoras con la cantidad de 23.496,63 €, a la primera, con 14.497,03 € a la segunda, y 9.630,48 € a la tercera, condenándolas igualmente a que les abonen las cantidades de 8.739,84 € a la primera, 6.406,65 € para la segunda, y 4.931,50 € a la tercera, mas el 10% de mora anual respecto de estas últimas cantidades.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 190 y ss de la LJS; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco BANESTO-00308650, en la cuenta de este Juzgado, Cta. 04660000680858/12 o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Así mismo deberá constituir otro depósito por importe de 300 € en la cuenta Nº 04660000650858/12, del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a éste último depósito en la Secretaria del Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Diligencia de Publicación.- La extiendo yo la Sra. Secretaria para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando el Ilmo. Sr. Magistrado que la dictó celebrando Audiencia Pública. Reitero fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a SAN FERNANDO PAN FORN DE CAMPOS SL, PLAZA FORN DE CAMPOS SL , FORN DE CAMPOS SON FUSTER MAGDALENA PORTOL SL , NUEVO EUSEBIO ESTADA SON OLIVA PAN FORN DE CAMPOS SL , FORN DE CAMPOS DALI FORN D'ALARO SL , HORNO CAPITAN SALOM TEJEDORES VIA SL , GOMILA FORN DE CAMPOS SL , FORN SON FERRIOL SA , CASA DE SES LLEPOLIES SL , CASTILLEJOS FORN DE CAMPOS SL , VIA ASIMA FORN DE CAMPOS SL , FORTI FORN DE CAMPOS SL , LA RIBERA PAN FORN DE CAMPOS SL , TEJEDORES VIA SL , COMERCIAL FRANQUICIADORA FORN DE CAMPOS SL , FORN DE SA PORTA SL , TREVOL DE QUATRE FULLES SL Y AROSAEMA SL , en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a treinta de Abril de dos mil trece.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL