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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 9301
Publicación del Convenio de colaboración entre el Institut d’Estudis Baleàrics y el Consell Insular d’Eivissa para mantener el Centre d’Autoaprenentatge de Llengua Catalana d’Eivissa durante el año 2013.

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Texto

De conformidad con lo previsto en el art. 8 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas i Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre, a continuación se hace público el siguiente Convenio núm. 24/13:

Convenio de colaboración entre el Institut d’Estudis Baleàrics y el Consell Insular d’Eivissa para mantener el Centre d’Autoaprenentatge de Llengua Catalana d’Eivissa durante el año 2013.

Partes

Antonio Vera Alemany, director adjunto del Institut d’Estudis Baleàrics (de ahora en adelante IEB), en ejercicio de las facultades que le atribuye el Acuerdo de Consell de Govern de 13 de julio de 2012 por el cual se autoriza la modificación del Consorcio para el Fomento de la Lengua Catalana y la Proyección Exterior de la Cultura de las Illes Balears, la modificación de sus estatutos y el cambio de denominación a Institut d’Estudis Baleàrics. (BOIB n. 101 de 14 de julio de 2012).

Josefa Costa Costa, consellera del Departamento de Educación, Cultura y Patrimonio del Consell Insular d’Eivissa (de ahora en adelante Consell), en ejercicio de las facultades atribuidas por el artículo primero, apartado c, del Decreto de Presidencia núm. 605, de data 4 de julio de 2011 (BOIB núm. 104, de 7-07-11).

Antecedentes

1. Una de las finalidades del Institut d’Estudis Baleàrics (IEB), según el artículo 4 de sus Estatutos, aprobados por Acuerdo del Consell de Govern de 13 de julio de 2012 y publicados en el BOIB núm. 101 de 14 de julio, es la formación lingüística no reglada y la evaluación de conocimientos de lengua catalana de la ciudadanía de las Illes Balears. En este ámbito, ha de fomentar la organización de cursos, seminarios, conferencias, centros de autoaprendizaje y toda clase de técnicas y estrategias formativas.

2. La Ley 3/1986, de 29 de abril, de normalización lingüística de las Illes Balears, estipula que los poderes públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma adoptarán les medidas pertinentes y proveerán los medios necesarios para el conocimiento y uso de la lengua catalana en todos los ámbitos y actividades de la vida social (art. 33), que el Govern de la Comunidad Autónoma debe promover la lengua catalana para adultos (art. 36) y que ha de crear centros especialmente dedicados, en todo o en parte, a fomentar el conocimiento, el uso y la divulgación de la lengua catalana y la cultura de las Illes Balears (art. 38.2).

3. El IEB dispone de una red de centros y puntos de autoaprendizaje de catalán repartidos entre las Illes Balears.

4. La finalidad del Convenio es juntar esfuerzos para hacer más asequible el acceso a los conocimientos de la lengua catalana a la población y conseguir el uso progresivo como lengua vehicular en las actividades sociales y laborales de la población residente en Eivissa y en las otras poblaciones de la isla de Eivissa, desde los respectivos ámbitos de competencia del IEB y el Consell Insular d’Eivissa.

5. En el año 2000 l’IEB (antes Cofuc), el entonces Consell Insular de Eivissa i Formentera y el Ajuntament d’Eivissa firmaron un convenio de colaboración para crear un Centro de Autoaprendizaje de Lengua Catalana en Eivissa.

6. El Centro de Autoaprendizaje de Lengua Catalana de Eivissa ha tenido gran aceptación por parte del público y cumple los objetivos que fueron encomendados, que son, entre otros, ofrecer a los ciudadanos ibicencos que no pueden asistir a cursos de manera regular el acceso sencillo, directo y rápido al aprendizaje de catalán y, también, acercar los recursos para aprender catalán a los colectivos no catalanoparlantes que residen y trabajan en las Illes Balears.

7. Desde el 1 de febrero de 2013 el Centro de Autoaprendizaje de Lengua Catalana de Eivissa ha trasladado sus dependencias de la calle Jose Zornoza Bernabéu a uno de los edificios que el Consell ha cedido a la Universidad de las Illes Balears, el Edificio de la Extensión Universitaria de la UIB, ubicado en la calle de Joan Xicó, s/n, de Eivissa.

Les dos partes nos reconocemos mutuamente la capacidad legal necesaria para formalizar este Convenio, de acuerdo con las siguientes

Cláusulas

1. El Centro de Autoaprendizaje de Lengua Catalana de Eivissa, creado en el año 2000, permanecerá abierto y en pleno funcionamiento durante todo el año 2013.

2. Los gastos de funcionamiento del Centro de Autoaprendizaje de Lengua Catalana de Eivissa, se prevé que para el año 2013 sean de un importe máximo de 42.000 € (cuarenta y dos mil euros).

3. Los gastos mencionados se asumen a tres bandas según los porcentajes de reparto siguientes: el IEB se hará cargo del 34 % del total (14.280 €) y el Consell del 33 % (13.860 €). El 33 % restante (13.860 €), si procede, podrá ser asumido por el Ajuntament d’Eivissa, el compromiso del cual se concretará en el convenio correspondiente.

4. En este Convenio se refleja la parte correspondiente al IEB y al Consell que corresponde al 50 % del gasto (21.000 €). De acuerdo con los porcentajes mencionados, el IEB asumirá a través de este Convenio la cantidad máxima de 7.140€ (siete mil ciento cuarenta euros) de las partidas 13.000 y 16.000, del Capítulo 1, y la partida 22.709, del Capítulo 2, que corresponden al 17 % del  gasto total. En lo que respecta al 17 % restante, el IEB lo asumirá en el convenio que firme con el Ajuntament d’Eivissa. El Consell asumirá la cantidad máxima de 13.860 € (trece mil ochocientos sesenta euros) de la aplicación pressupuestaria 3210 48901 del Capítulo 4. El resto hasta un máximo de 13.860 € podrá ser asumida por el Ajuntament d’Eivissa.

Estos importes se pagarán con cargo a los presupuestos de 2013 de las entidades firmantes.

5. Los gastos serán inicialmente sufragados por el IEB y el Consell efectuará el pago una vez que el IEB haya presentado la documentación justificativa siguiente:

6. Certificado acreditativo del importe total de los gastos realizados en concepto de funcionamiento del Centro de Autoaprendizaje, en el cual conste el detalle por partidas, emitido por la Dirección del IEB u órgano o persona en que delegue el consejo de Dirección. Asimismo, deberá constar el importe total de la aportación con la que el Ajuntament d’Eivissa o cualquier otra institución o entidad colabore en el mantenimiento del Centro de Autoaprendizaje de Lengua Catalana de Eivissa.

7. Memoria de las actividades y de la gestión desarrollada por el Centro de Autoaprendizaje de Lengua Catalana de Eivissa durante el año 2013, que se deberá presentar dentro del primer trimestre del año 2014.

La fecha máxima para presentar la documentación justificativa es el 16 de diciembre de 2013.

En caso que el IEB presente documentación justificativa por un importe inferior al establecido para el año 2013, las aportaciones económicas se reducirán proporcionalmente en función de la cantidad justificada.

 

8. De acuerdo con lo que establece en el artículo 5 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (LOPD), se informa expresamente a los que suscriben este Convenio que los datos personales facilitados serán tratados y formarán parte de un fichero de datos de carácter personal –para la formalización y la gestión de la relación contractual– inscrito en el Registro General de Protección de Datos, del cual es titular y responsable el IEB.

En todo momento, las personas interesadas podrán ejercer los derechos de acceso, de rectificación, de cancelación y de oposición de los datos de carácter personal incluidos en el fichero, dirigiéndose por escrito al IEB.

9. Este Convenio será vigente desde el día de su firma hasta el 31 de diciembre de 2013, con fecha de efectos de 1 de enero de 2013. Por tal de mantener el centro abierto en años sucesivos, si las partes se avienen, se firmará un convenio nuevo.

10. En caso de extinción del Convenio por cierre de este centro de autoaprendizaje, el IEB y el Consell nos comprometemos a asumir los gastos que se deriven en la proporción indicada en la cláusula 3 de este Convenio. Asimismo, el material adquirido, en virtud de los convenios firmados, hasta la fecha de cierre por las instituciones se han de repartir proporcionalmente.

Como muestra de conformidad, firmamos este Convenio en dos ejemplares.

Palma, 27 de marzo de 2013

Por el Institut d’Estudis Baleàrics, Antonio Vera Alemany                                   

Por el Consell Insular d’Eivissa, Josefa Costa Costa

Eivissa, 26 de abril de 2013

La Secretaria Técnica de Deportes y Juventud, y del Área de Cultura, Turismo y Agricultura

Conchita Rebollo Laserna