Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE BINISSALEM
Núm. 9279
Modificación de crédito nº 1
En cumplimiento del articulo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 8 de abril de 2013, sobre la modificación de crédito nº 1 por concesiones de créditos y suplementos de crédito en el presupuesto de este ayuntamiento, que se hace público resumido por capítulos:
Partida |
Concepto |
Importe Aumento |
161.47000 |
Subvención Gestión Agua |
150.000,00 € |
439.47000 |
Subvención Actividades Económicas |
30.000,00 € |
|
SUBTOTAL CAPITULO IV |
180.000,00 € |
334.61900 |
Ejecución Obra Pou Poal |
19.900,00 € |
|
SUBTOTAL CAPITULO VI |
19.900,00 € |
El financiamiento procede de los mayores ingresos.
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo que dispone el articulo 171 aprobación definitiva de las transferencias de crédito se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, dentro del plazo establecido y en la forma que establecen las normas de dicha jurisdicción, segun lo que dispone el articulo 171.1 del Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y 23-1 del RD 500/90, de 20 de abril.
Binissalem, 10 de mayo de 2013.
El Alcalde,
Jeroni Salom Munar.