Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 14 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 9034
Verbal desahucio falta pago 0000829/2012 Sobre Otras Materias
D./Dª. AURORA FRUCTUOSO HERNANDEZ, Secretario/a Judicial, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 14 de PALMA DE MALLORCA, por el presente,
ANUNCIO:
En el presente procedimiento JVD 829/12 seguido a instancia de DAMETO SL frente a MARIO BARRERA MOYA se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA Nº 76
En la Ciudad de PALMA de MALLORCA, a Veintinueve deAbril de 2.013.
VISTOS por Dña. Margarita Bosch Ferragut, Juez Ssta. Del Juzgado de Primera Instancia nº Catorce de esta ciudad, los presentes autos sobre juicio verbal en reclamación de rentas y cantidades asimiladas, seguidos con el número 829/12, a instancias de la entidad Dameto S.L. y en su representación la Procurador de los Tribunales Dña. Maria del Carmen Gayá Font, y en su defensa la Letrado Dña. Catalina Font Galmés contra D. Mario Barrera Moyá, en estos autos en rebeldía. Se procede a dictar la presente resolución.
FALLO
Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la entidad Dameto S.L., representada por la Procurador de los Tribunales Dña. Maria del Carmen Gayá Font contra D. Mario Barrera Moyá. Debo condenar y condeno al demandado a abonar a la actora, la cantidad 4.123,23 € más los intereses legales desde la fecha de la interpelación judicial, haciendo expresa imposición de costas a la demandada.
Notifíquese esta Sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Baleares que, en su caso, deberá ser preparado ante este Juzgado en el plazo de los VEINTE DÍAS hábiles siguientes al de su notificación.
Expídase testimonio de esta resolución que quedará unido a los autos, incorporándose el original al correspondiente Libro de Sentencias.
Así por esta mi Sentencia, la pronuncia manda y firma Dña. Margarita Bosch Ferragut, Juez Ssta. del Juzgado de Primera Instancia número Catorce de Palma de Mallorca.
Y encontrándose dicho demandado, MARIO BARRERA MOYA, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
PALMA DE MALLORCA a veintinueve de Abril de dos mil trece.
EL/LA SECRETARO/A JUDICIAL