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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 9051
Notificación de embargo de bienes inmuebles

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En expediente administrativo de apremio que instruye este Servicio de Recaudación del Ayuntamiento de Ibiza, contra los obligados al pago COMPAÑÍA PAUDI IBIZA, SL., con CIF B57153801, deudor a la Hacienda Local, se ha dictado lo siguiente:

“DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES: Notificado el título ejecutivo y requerido de pago de sus débitos los obligados al pago COMPAÑÍA PAUDI IBIZA, SL., con CIF B57153801 habiendo transcurrido el plazo que establece el artículo 62.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria sin que los haya satisfecho, y desconociéndose la existencia de otros bienes y derechos embargables señalados en anterior lugar a los inmuebles por el artículo 169.2 de la citada Ley, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 83 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

DECLARO  EMBARGADOS, como propiedad del deudor, los inmuebles que a continuación se describen

FINCA REGISTRAL 17369 TOMO 1630 LIBRO 153 FOLIO 105 ALTA 3.

Naturaleza de la finca: Vivienda piso con anejos.

Obra nueva terminada- Cuota 21,35%      Orden: 4

Via Publica: Calle Barbaria 21

Planta: 2 -A

Linderos: Frente, vuelo sobre parcela diecinueve de la calle Barbaria, zona de acceso a este edificio mediante; derecha, vuelo sobre rampa de bajada al garaje y sobre jardín anejo a la entidad registral número dos; izquierda, vuelo sobre entidad registral número uno; fondo, entidad registral número cinco.

Entidad registral número 4, o sea, vivienda de la planta segunda señalada con la letra A. Tiene una superficie construida de aproximadamente ciento sesenta y seis metros noventa y dos decímetros cuadrados, y una terraza de treinta y seis metros once decímetros cuadrados. Le pertenece como anejo lo siguiente: trastero señalado con el número dos, situado en la planta baja, Nivel I, que tiene una superficie de aproximadamente dieciséis metros diez decímetros cuadrados, y que linda según se entra al mismo desde la vivienda: frente, pasillo de acceso a trasteros; derecha, trastero señalado con el número uno; izquierda, trastero señalado con el número tres; y fondo , muro del edificio que le separa del Nivel II; plaza de aparcamiento señalada con el número dos, situada en la planta baja, Nivel II, que tiene una superficie aproximadamente once metros cuadrados, y que linda: frente, pasillo de acceso; derecha, plaza de aparcamiento señalada con el número uno; izquierda, en parte muro del edificio y en parte zona de circulación; y fondo, muro del edificio; una parte construida en la planta superior que tiene acceso directo desde el interior de la vivienda, que tiene una superficie de ocho metros cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Linda por sus cuatro puntos cardinales con la parte de la azotea de uso exclusivo de esta entidad. Tiene el uso exclusivo y privativo de una parte de la azotea que tiene una superficie de aproximadamente ciento cuarenta y un metros setenta y dos decímetros cuadrados, y que linda mirando frontalmente el edificio: frente, vuelo sobre calle Barbaría; derecha, en parte zona común de la azotea y en parte zona de la azotea de uso exclusivo y privativo de la entidad registral número cinco; izquierda, vuelo sobre parcela diecinueve de la calle Barbaría; y fondo, vuelo sobre entidad registral número dos

IMPORTE DE LOS DEBITOS QUE SE PERSIGUEN, CONCEPTO Y EJERCICIOS A QUE SE CORRESPONDEN E IMPORTE TOTAL DE LA RESPONSABILIDAD A QUE QUEDA AFECTADA LA FINCA ANTERIORMENTE DESCRITA:

IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA, EJERCICIOS 2009 A 2012;  TASA DE BASURA VIVIENDA VADOS, EJERCICIOS 2009 A 2012.

Importe del principal de la deuda   10.665,87 €

Recargos de apremio ordinario   2.133,16 €

Intereses de demora   873,66 €

Presupuesto para gastos y costas del procedimiento   1.062,00 €

TOTAL DESCUBIERTOS PERSEGUIDOS   14.734,69 €

A deducir la cantidad de 1.000,00 € entregados a cuenta.

TOTAL PENDIENTE DE PAGO: 13.734,69 €.

De este embargo se practicará anotación preventiva en el Resgistro de la Propiedad de Ibiza nº 1, a favor del Ayuntamiento de Ibiza.. Ibiza, a 12/03/2013, El Tesorero Accidental, , Jose Torres Riera”

Le notifico la transcrita diligencia de embargo, según lo dispuesto en el artículo 76.3 del Reglamento General de Recaudación y le requiero conforme al artículo 83.2 para que aporte al expediente, entregándolos, los títulos de propiedad del inmueble embargado.

Conforme al artículo 170.3 de la Ley General Tributaria, contra la Diligencia de embargo sólo serán admisibles los siguientes motivos de oposición: a)Extinción de la deuda o prescripción del derecho a exigir el pago. b) Falta de notificación de la providencia de apremio. c) Incumplimiento de las normas reguladoras del embargo contenidas en esta Ley. d) Suspensión del procedimiento de recaudación.

Contra el embargo practicado y contenido de la presente notificación podrá presentar RECURSO DE REPOSICIÓN ante el Sr. Tesorero en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Contra la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de esta Provincia, en el plazo de dos meses contados desde el siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si es expreso, y si no lo fuera, de forma presunta en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente a aquel en que se entienda desestimado el referido recurso de reposición.

No obstante, se podrá interponer cualquier otro recurso que se considere conveniente.

La interposición de recurso no paraliza la tramitación del procedimiento de apremio, que sólo podrá suspenderse en los casos y condiciones previstos en el artículo 73 del Reglamento General de Recaudación.

La notificación al deudor de este expediente, relativo al procedimiento ejecutivo en la vía de apremio que se instruye por este Servicio de Recaudación Municipal, no ha podido tener efecto por causas no imputables a este Servicio, por lo que se cita a los interesados o sus representantes para que, en el plazo de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio, comparezcan en las oficinas de este Servicio sita en la calle Canarias, 35 - 1º de Ibiza a los efectos de que les sea practicada la respectiva notificación, significándoles que de no comparecer en el plazo citado, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer, ello de conformidad a lo dispuesto en el articulo 112 apartados 1 y 2 de la Ley 58/2003, General Tributaria.

 

Ibiza, a 14 de mayo de 2013

El Tesorero Accidental
Jose Torres Riera