Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 9108
Resolución de la vicepresidenta del Servicio de Empleo de las Illes Balears de 7 de mayo de 2013 de delegación de competencias en la directora del Servicio de Empleo de las Illes Balears
El Servicio de Empleo de las Illes Balears (SOIB), de conformidad con el artículo 1 del Decreto 30/2001, de 23 de febrero, modificado por el Decreto 9/2005, de 28 de enero (BOIB núm. 17 de 1 de febrero) y por el Decreto 119/2010, de 26 de noviembre, de modificación del Decreto 30/2001, antes mencionado, que regula su constitución y régimen jurídico, es una entidad autónoma, de carácter administrativo, dotada de personalidad jurídica propia y de acuerdo con el Decreto Ley 4/2011, de 5 de agosto de modificación de la Ley 7/2000, de 15 de junio, de creación del Servicio de Empleo de las Illes Balears (BOIB núm. 119 de 6 de agosto), adscrito a la consejería competente en materia de educación.
El artículo 16 del Decreto 30/2001, de 23 de febrero, en la redacción del Decreto 9/2005, de 28 de enero, establece que el cargo de vicepresidente lo ocupa el titular de la secretaría general de la consejería competente o la persona que se nombre por decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejería titular en materia de educación.
Dado que la Administración de la Comunidad Autónoma debe actuar de acuerdo con el principio constitucional de eficacia, es aconsejable delegar el ejercicio de determinadas competencias propias del vicepresidente del Servicio de Empleo de las Illes Balears, en la directora de este órgano, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 25 y 31 la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y los artículos 13 y 16 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Por todo ello, de acuerdo con el artículo 42.c de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero. - Se delega en la directora del Servicio de Empleo de las Illes Balears el ejercicio de la gestión de los recursos humanos, competencia que corresponde a la vicepresidenta del Servicio, así como la elaboración del anteproyecto de presupuestos del Servicio de Empleo de las Illes Balears y el control de la gestión del presupuesto.
Segundo. - Las delegaciones a que hace referencia esta Resolución se entienden sin perjuicio de las potestades de revocación y avocación que corresponden a la vicepresidenta del Servicio de Empleo de las Illes Balears.
Tercero. - Esta resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 7 de mayo de 2013
La vicepresidenta del Servicio de Empleo de las Illes Balears
Salvadora Ginard Martínez