Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 4 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 8943
Corrección de una errata de ubicación del edicto 5738, publicado en el ‘Butlletí Oficial de las Illes Balears’ nº 45 de fecha 4 de abril de 2013, referido a ‘Juicio de faltas 772/2012’
En el Butlletí Oficial de las Illes Balears núm 45 del 4 de abril de 2013, se publicó el edicto nº 5738 del ‘Juicio de Faltas 772/2012’ en el cual se ha detectado un error de ubicación.
Por ello, de conformidad con el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la ‘Ley 4!1999, de 13 de enero, debe enmendarse el error, por tanto:
Donde dice:
‘Juzgado de lo Social nº 4 de Palma de Mallorca
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a JOSE NATAHEL GARAY VERON que en el JF 772/2012 se ha dictado sentencia que en el encabezamiento y parte dispositiva dice:
CONDENO a JOSE NATAHEL GARAY VERON, como autor responsable de una FALTA DE LESIONES a la pena de un mes de multa a razón de 6 euros diarios y a que indemnice a Mª Mirella Catagua Cevallos con 210 euros.
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Iltma. Audiencia Provincial de ILLES BALEARS en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación.
Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación de sentencia a JOSE NATAHEL GARAY VERON actualmente en paradero desconocido.
En PALMA DE MALLORCA a 19 de Marzo de 2013.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL”
Debe decir:
“Juzgado de Instrucción nº 4 de Palma de Mallorca
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a JOSE NATAHEL GARAY VERON que en el JF 772/2012 se ha dictado sentencia que en el encabezamiento y parte dispositiva dice:
CONDENO a JOSE NATAHEL GARAY VERON, como autor responsable de una FALTA DE LESIONES a la pena de un mes de multa a razón de 6 euros diarios y a que indemnice a Mª Mirella Catagua Cevallos con 210 euros.
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Iltma. Audiencia Provincial de ILLES BALEARS en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación.
Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación de sentencia a JOSE NATAHEL GARAY VERON actualmente en paradero desconocido.
En PALMA DE MALLORCA a 19 de Marzo de 2013.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL”
Palma, 9 de mayo de 2013
La secretaria general
Catalina Ferrer Bover