Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 9 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 8444
Juicio Verbal 0000127/2012 Sobre Otras Materias
CELULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente.
“FALLO
ESTIMAR SUSTANCIALMENTE la demanda formulada por FCE BANK PLC SUCURSAL EN ESPAÑA, condenando a Dña. MARGARITA JUAN ADROVER y a D. SALVADOR ORTEGA MAESTRE a que solidariamente satisfagan a la actora la cantidad de de 4.508’42 euros, más sus intereses legales desde la imposición de la demanda.
Con imposición de las costas del procedimiento a los condenados.
Notifíquese a las partes esta sentencia, contra la que podrá interponer RECURSO DE APELACIÓN en ambos efectos dentro de los VEINTE DÍAS siguientes a su notificación con arreglo a lo previsto en los artº. 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000 de 7 de Enero y du Disposición Transitoria Segunda. Este recurso no se admitirá si no se acxredita una consignación de 50 euros en la Cuenta de Depósitos de este Juzgado.
Llévese testimonio literal de la presente a los autos de su razón y archívese la original en el libro de sentencias.
Así por esta mi sentencia, juzgado definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN: Leída y publicada que ha sido la anterior sentencia por el Juez que la ha dictado en el mismo día de su fecha, doy fe.”
Y como consecuencia del ignorado paradero de D. SALVADOR ORTEGA MAESTRE, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
PALMA DE Mallorca veintiséis de Abril de dos mil trece.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL