Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 11 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 8146
Juicio Verbal 0001133/2010-5 Sobre Otras Matèrias
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA
En Palma de Mallorca, a veintitrés de Septiembre de dos mil once.
Vistos y examinados por Dña. Ana Calado Orejas, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia n° 11 de esta ciudad los presentes autos de Juicio Verbal seguidos con el nº de orden 1133/10, promovidos a instancia de D. ALVARO MARCO TORO, representado por la Procuradora Sra. Andreu y asistido de la Letrada Sra. Castillo, contra D. OSCAR PIO MEDINA LEON y DÑA. ELENA CARVAJAL ALBA, representados por la Procuradora Sra. Rodríguez y asistidos del Letrado Sr. Fuster, y contra DÑA. KOLEBA TSVETELINA GEORGIEVA, declarada en rebeldía,
FALLO
Que estimando la demanda de Juicio Verbal, promovida por la Procuradora Sra. Andreu, en nombre y representación de D. ALVARO MARCO TORO, frente D. OSCAR PIO MEDINA LEON, DÑA. ELENA CARVAJAL ALBA y DNA. KOLEBA TSVETELINA GEORGIEVA, esta ultima declarada en rebeldía, debo condenar condeno a la referida DÑA. KOLEBA TSVETELINA GEORGIEVA a abonar al actor la suma de 5.000 euros, màs los intereses legales desde la interpelación judicial y las costas.
Asimismo debo absolver y absuelvo a D. OSCAR PIO MEDINA LEON y a DÑA. ELENA de los pronunciamientos instados en su contra, con imposición de costas a la parte actora.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Palma de Mallorca en el plazo de cinco días, conforme a lo establecido enl la L.E.C. y previo depósito de la suma de 50 euros según D.A. 5a L.D.P.J.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado paradero de KOLEBA TSVETELINA GEORGIEVA, se extiende la presente para que sirva de cedula de notificación.
PALMA DE MALLDRCA a doce diciembre de dos mil once.
EL/LA SECRETARIO.