Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 8818
Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se incrementa el crédito destinado a la convocatoria, para el año 2012, de las subvenciones para determinadas actuaciones de las previstas en la medida 2.2.7
El Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears para el período 2007-2013, aprobado por Decisión de la Comisión C (2008) 3833 de 16 de julio, contempla una serie de medidas de ayuda destinadas al sector agrario según los Reglamentos (CE) nº 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y el Reglamento (CE) nº 1974/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1698/2005.
Mediante Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears de 16 de octubre de 2012 (BOIB nº 161, de 31 de octubre), se aprueba la convocatoria, para el año 2012, de las subvenciones para determinadas actuaciones de las previstas en la medida 2.2.7, de acuerdo con lo que se prevé en la Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca de 18 de diciembre de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears, con la posterior corrección de errores publicada en el BOIB nº 13, de día 26 de enero de 2008, y su modificación mediante Resolución de 5 de junio de 2009, publicada en el BOIB nº 86, de día 11 de junio de 2009.
Esta convocatoria destina a su financiación un importe máximo de seiscientos treinta y siete mil quinientos euros (637.500,00€),con cargo a los presupuestos del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) del año 2012, pudiendo ampliarse.
Atendiendo al número de solicitudes cursadas con el objeto de acceder a estas ayudas correspondientes a la convocatoria del ejercicio 2012 y dada la importancia que para el sector tiene la adopción de medidas dirigidas a las inversiones forestales no productivas y que esta línea todavía se está tramitando, se estima necesario incrementar la dotación presupuestaria correspondiente a la convocatoria citada, con el objeto de poder atender a todas las solicitudes cursadas.
Por todo ello, haciendo uso de las atribuciones que tengo conferidas, a propuesta del Director Gerente del FOGAIBA, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero
Se incrementa el crédito destinado a la línea de ayudas para determinadas actuaciones de las previstas en la medida 2.2.7, correspondiente al año 2012, prevista en la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears de 16 de octubre de 2012 (BOIB nº 161, de 31 de octubre), por un importe de cuatrocientos treinta y siete mil seiscientos noventa y seis euros con cuarenta y cinco céntimos (437.696,45 €), con cargo al ejercicio 2013, resultando un crédito final en esta línea de ayuda de un millón setenta y cinco mil ciento noventa y seis euros con cuarenta y cinco céntimos (1.075.196,45 €). Este importe corresponde a las aportaciones FEADER y de la Administración General del Estado.
Segundo
Los créditos para dar cobertura al incremento previsto en el apartado anterior se imputarán íntegramente con cargo a los presupuestos del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA).
Dicha línea está cofinanciada por el FEADER en un 35%, por el MAGRAMA en un 50% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en un 15%.
Tercero
La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 9 de mayo de 2013
El Presidente del FOGAIBA
Gabriel Company Bauzá