Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 8813
Disciplina: DS-2007/221-01 Notificación propuesta de sanción

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Como consecuencia del expediente incoado en este negociado por presunta infracción urbanística a Prebebalear Construcciones SL, exp.núm. DS-2007/221-01 dado que se ha intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a Prebebalear Construcciones SL, de conformidad con las artes. 59-4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; y 194 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, que transcrito dice:

PROPUESTA DE RESOLUCION: Que formula la Sra. Victoria Fernandez Irigaray, instructora del expediente sancionador seguido contra Prebebalear Construcciones SL (CIF. B 07992902) como empresa constructora, de conformidad con lo dispuesto en los art.13, 14 y 15 del Decreto 14/1994 de 10 de febrero por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora, así como arts. 35 a 39 y 72 de la Ley 10/90 de Disciplina Urbanística de la C.A.I.B.

Visto que por Consejo de Gerencia de Urbanismo de 10.04.2012, por el cual se inicia procedimiento sancionador por la realización de obras sin la preceptiva licencia municipal en la carretera de Sóller, camino Son Bibiloni, finca Can Moyá, RC 018-25, consistentes en: “En la fachada trasera del edificio (en planta baja) se ha abierto un hueco en la fachada en lo que parece ser el muro de carga, de unos 5 m de ancho por unos 3 m de altura, sin que se observe desde el exterior ningún apeo estructural ni apuntalamiento que impida el posible derrumbe de la fachada. Consultado el Negociado de licencias se localiza licencia de obra menor CS 2007/1521 para retejo de la cubierta, pero en la misma no se incluyen todas las cubierta que se están reparando (metros cuadrados de cubierta retejada sin licencia +-50 m2)”.

Considerar que:

La CS 2012/1065, ha sido concedida por decreto de alcaldía nº 10677 de 13.06.2012 y visto el informe emitido por el celador de 18.06.2012: “en la misma están reflejadas las obras consistentes en los retejados de todas las cubiertas denunciadas y la demolición del tabique de marés en el que supuestamente había unas ventanas que figura en el informe de fecha de 19 de noviembre de 2008”.

Visto el artículo 46.1 de la Ley 10/1990 que indica: “1. se han de sancionar con multa del 5% del valor de la obra ejecutada las infracciones que sean objeto de legalización y así lo haya solicitado la persona interesada en el termino fijado por la Administración, salvo los casos que se prevén en el epígrafe g del artículo anterior. Si la legalización se ha instado una vez acabado este termino, pero antes que se imponga la sanción, ésta será del 5 al 10% del valor de la obra ejecutada”.

Revisados los informes de los celadores que figuren en el expedientes de demolición DO-2007/221 con fecha 24.09.2008, 11.06.2009, 22.11.2010 y 06.09.2011, se constata que, aunque se observa un amontonamiento de tejas, no se ha realizado la instalación de cubierta de teja árabe, por tanto se debe excluir este capítulo de la valoración realizada

Vistos los artículos de general aplicación, así como los incluidos en el Título III, capítulo I, II y  III del decreto 14/1994 de 10 de febrero, la instructora que subscribe formula la siguiente propuesta de resolución:

1º.- PROPONER a Prebebalear Construcciones SL (CIF. B07992902), la sanción de ciento ocho euros con cincuenta y ocho céntimos (108,58 euros, 7,5 % sobre valoración realizada, art 46.1) de la Ley de Disciplina Urbanística de la CAIB), por la realización de las obras sin la preceptiva licencia municipal, descritas anteriormente.

Le envío adjunta, propuesta de resolución para que de conformidad con el art. 14 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el cual se aprueba el Reglamento del procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora, presente cuántas alegaciones, documentos u otros elementos que estimes oportunos en un plazo de quince días hábiles, contados a partir de la recepción del presente escrito, también puede consultar el expediente con la asistencia, en su caso, de los asesores que encuentre convenientes, y además, puede solicitar copia de los documentos que constan en el expediente en la forma legal o reglamentariamente establecida.

 Una vez finalizado el mencionado plazo, se declarará terminada la fase de instrucción, y se cursará todo lo realizado al órgano competente para resolver el procedimiento de forma inmediata, de conformidad con lo que establece el art. 15 del mencionado decreto.

Para el Servicio de Registro de documentos, Caja, así como Información General y Fiscal, se pueden dirigir a las siguientes Oficinas: OAC Cort Pl. Santa Eulàlia, 9; OAC Sant Ferran Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policia Local); OAC S’Escorxador, c. Emperadriu Eugènia, 6 (S’Escorxador); OAC S’Arenal,  Av Amèrica, 11 (S’Arenal);  OAC Avingudes , Av. Gabriel Alomar, 18 (Edifici Avingudes); OAC Es Coll d’en Rabassa, c. Cardenal Rossell, 96 (Coll d’en Rebassa); OAC Son Ferriol,  Av. Cid, 8 (Son Ferriol); OAC Sant Agustí,  c. Margaluz, 30 (Sant Agustí). OAC Son Pacs, Cm Reis, 400, (Son Pacs). OAC Pere Garau, c. Pere Llobera, 9. Horario de atención al Público: Todo el año de 8.30 a 14 h de lunes a viernes.  Horario ampliado de octubre a mayo: de lunes a jueves de 8.30 a 17 h, a l'OAC AVINGUDES, Av. Gabriel Alomar, 18. Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h en la OAC Cort, Plaza Sta. Eulália,9 (sólo Registre).

Palma, 7 de mayo de 2012

 

La jefa de Departamento de Disciplina urbanística y Seguridad de los Edificios

(p.d. Decreto de Alcaldía nº 10434 de  8/6/2012, BOIB nº 85 de 14/6/2012)

 Elvira Salvà Armengod