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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS

Núm. 8798
Resolución del vicepresidente económico, de Promoción Empresarial y de Empleo por la cual se autorizan las nuevas tarifas del servicio de suministro de agua de Andratx (Exp.: DGC 06/2013 CP)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto


Hechos

1. El 5 de abril de 2013, el Ayuntamiento de Andratx presentó a la Vicepresidencia Económica, de Promoción Empresarial y de Empleo una solicitud de autorización para la modificación de las tarifas del servicio de suministro de agua de Andratx.

2. El 29 de abril de 2013, la Dirección General de Recursos Hídricos emitió un informe técnico favorable a la modificación de tarifas solicitada.

3. La Comisión de Precios de las Illes Balears, que se reunió el día 30 de abril de 2013, examinó el expediente y, de acuerdo con el informe técnico y la propuesta de la Dirección General de Recursos Hídricos, dictaminó favorablemente sobre la modificación de tarifas solicitada.

Fundamentos de derecho

1. El Real Decreto 2226/1977, de 27 de agosto, sobre autorizaciones de aumento de tarifas de servicios de competencia local (BOE nº. 207, de 30 de agosto).

2. La Orden Ministerial de 30 de septiembre de 1977, sobre tramitación de expedientes de modificación de tarifas de los servicios de competencia local (BOE nº. 241, de 8 de octubre).

3. El Real Decreto 2695/1977, de 28 de octubre, sobre normativa en materia de precios (BOE nº. 260, de 31 de octubre).

4. El Real Decreto ley 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento y liberalización de la actividad económica (BOE nº. 139, de 8 de junio).

5. El Decreto 66/2002, de 10 de mayo, por el cual se determina la composición de la Comisión de Precios de las Illes Balears y se regula el funcionamiento (BOIB nº. 59, de 16 de mayo), modificado por el Decreto 1/2012, de 20 de enero (BOIB nº. 14, de 31 de enero).

6. La Resolución del vicepresidente económico, de Promoción Empresarial y de Empleo de 3 de octubre de 2011 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Vicepresidencia Económica, de Promoción Empresarial y de Empleo, de otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Vicepresidencia (BOIB nº. 153, de 8 de octubre).

Por todo eso, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar, de acuerdo con el dictamen de la Comisión de Precios de las Illes Balears de la sesión de 30 de abril de 2013, la modificación de tarifas siguiente: 

 

Cuota de consumo doméstico:

euros/m3

Bloque 1: de 0 hasta 3 m3/mes

0,7500

Bloque 2: exceso de 3 hasta 8 m3/mes

1,3950

Bloque 3: exceso de 8 hasta 14 m3/mes

3,1000

Bloque 4: exceso de 14 m3/mes

4,3000

 

 

Cuota  de consumo no doméstico:

euros/m3

Bloque 1: de 0 hasta 3 m3/mes

0,7500

Bloque 2: exceso de 3 m3/mes

3,0000

 

Cuota de servicio:

euros/abonado/mes

Doméstico:

 

Calibre de contador de 13 mm

4,0000

Calibre de contador de 15 mm

5,3200

Calibre de contador de 20 mm

12,0000

Calibre de contador de 25 mm

16,0000

Calibre de contador de 30 mm

24,0000

Calibre de contador de 40 mm

40,0000

Calibre de contador de 50 mm

60,0000

Calibre de contador de 60 mm

100,0000

Calibre de contador de 80 mm

160,0000

Calibre de contador de 100 mm

240,0000

No doméstico:

 

Calibre de contador de 13 mm

8,8000

Calibre de contador de 15 mm

11,7040

Calibre de contador de 20 mm

26,4000

Calibre de contador de 25 mm

35,2000

Calibre de contador de 30 mm

52,8000

Calibre de contador de 40 mm

88,0000

Calibre de contador de 50 mm

132,0000

Calibre de contador de 60 mm

220,0000

Calibre de contador de 80 mm

352,0000

Calibre de contador de 100 mm

528,0000


2. Notificar esta Resolución a la entidad interesada.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

4. Esta Resolución entra en vigor al día siguiente de haber-se publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante del vicepresidente económico, de Promoción Empresarial y de Empleo en el plazo de un mes contador desde el día siguiente al de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente al de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 30 de abril de 2013

 El director general de Comercio y Empresa
César Nuño Pacheco Cifuentes
Por delegación del vicepresidente económico,
de Promoción Empresarial y de Empleo
(BOIB 153/2011)