Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SANTA MARIA DEL CAMÍ
Núm. 8140
Juez de paz sustituto
Habiendo recibido comunicación del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, manifestando la finalización del mandato del juez de paz sustituto de este municipio y siendo necesario nombrar a una persona para el desarrollo de este cargo durante los próximos cuatro años; de conformidad con el decreto de Alcaldía de fecha 30-04-2013, se abre un plazo de quince días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio pertinente sobre el BOIB, para que los interesados que reúnan los requisitos establecidos en la Ley 6/85 de 1 de julio, Orgánica del Poder Judicial y Reglamento de los Jueces de Paz aprobado por acuerdo de 7 de junio de 1995, puedan presentar instancias optando al cargo.
Las instancias deberán recoger una declaración responsable del interesado de reunir todos los requisitos establecidos por la legislación vigente en esta materia y fotocopia DNI, debidamente autenticada.
Requisitos de los candidatos:
- Ser español.
-Mayor de edad.
-No podrán estar incursos en ninguna de las causas de incapacidad o de incompatibilidad que establecen los arts. 303 y 389 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
-No estar impedido física o psíquicamente para el ejercicio de las funciones judiciales.
-No haber sido condenado por delito doloso. En caso contrario, este impedimento cesará si se ha obtenido la absolución o se hubiera dictado la actuación de sobreseimiento.
-Disfrutar del pleno ejercicio de los derechos civiles.
-Residir en el municipio de Santa María del Camí.
Santa Maria del Camí, 13-05-2013.
LA ALCALDESA-PRESIDENTA
Mª Rosa M. Vich.