Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
PRESIDENCIA, PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO Y CONSEJO EJECUTIVO
Núm. 8845
Decreto por el cual se nombran altos cargos
La presidenta, día 9 de mayo de 2013, ha resuelto:
"En el art. 13. 2 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares, se establece que los departamentos pueden estructurarse internamente en direcciones insulares y tener una secretaría técnica, si así se establece en los reglamentos de organización del Consejo Insular. De estos órganos depende el resto de órganos y unidades del departamento. Además, la presidenta del Consejo puede designar libremente a las personas que tienen que ocupar los cargos de directores insulares y secretarios técnicos de acuerdo con criterios de competencia y experiencia profesionales.
En el artículo 30 del Reglamento orgánico del Consejo de Mallorca (ROCM), aprobado por el Pleno día 2 de julio de 2002 (BOIB nº. 102, de 25 de agosto) y modificado día 8 de marzo de 2004 (BOIB nº. 38, de 16 de marzo) y día 28 de julio de 2008 (BOIB nº. 113, de 14 de agosto), se dispone que corresponde a la Presidencia nombrar y separar a los directores insulares y los secretarios técnicos.
En el art. 31.2 c) del ROCM se establece que corresponde a los consejeros ejecutivos y a las consejeras ejecutivas proponer el nombramiento y el cese de los altos cargos que dependen de su departamento.
El vicepresidente de Cultura, Patrimonio y Deportes y el consejero ejecutivo de Presidencia han hecho la propuesta correspondiente.
Por lo tanto, resuelvo:
1. Nombrar a las personas siguientes para los cargos que se especifican a continuación:
VICEPRESIDENCIA DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES
- Señor José Manuel Carrillo Martínez, secretario técnico de Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes.
DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA
- Señor Miquel Barceló Llompart, secretario técnico de Presidencia, que también ejerce las funciones de la Secretaría Técnica de Hacienda y Función Pública
2. Notificar esta resolución a las personas interesadas y publicar el contenido en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, que entra en vigor en la fecha de publicación.
3. Dar cuenta al Pleno en la primera sesión que tenga lugar."
Palma, 9 de mayo de 2013
El secretario general
Jeroni M. Mas Rigo