Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE SALUD, FAMILIA Y BIENESTAR SOCIAL
Núm. 8600
Resolución del director general de Salud Pública y Consumo de 19 de Abril de 2013 por la que se aprueba el Manual de Autoevaluación del Programa de Acreditación de Hospitales
Hechos
1. El día 12 de julio de 2012 se constituyó la Comisión Autonómica de Acreditación de Centros Sanitarios creada mediante el Decreto 46/2012, de 1 de junio, por el que se regula el marco de calidad de los centros, servicios y establecimientos sanitarios, se crea la Comisión Autonómica de Acreditación de los Centros Sanitarios de las Illes Balears y se aprueba el programa de acreditación de hospitales.
2. Posteriormente en las sesiones de 31 de julio de 2012, 14 de diciembre de 2012 y 6 de marzo de 2013, la Comisión fue aprobando las propuestas de los distintos apartados del Manual de Autoevaluación, el cual recoge las condiciones generales y los indicadores de cada uno de los estándares del Programa de Acreditación de Hospitales.
3. En la sesión de 6 de marzo de 2013, la Comisión acordó elevar al director general de Salud Pública y Consumo la propuesta de aprobación del Manual de Autoevaluación, para su aprobación, en su caso.
Consideraciones jurídicas
1. El artículo 17 del Decreto 46/2012, de 1 de junio, por el que se regula el marco de calidad de los centros, servicios y establecimientos sanitarios, se crea la Comisión Autonómica de Acreditación de los Centros Sanitarios de las Illes Balears y se aprueba el programa de acreditación de hospitales, establece, entre otras funciones de la Comisión Autonómica de Acreditación, la propuesta de los estándares e indicadores de los programas de acreditación sanitaria, así como de las condiciones generales necesarias para la acreditación sanitaria de los centros, servicios y establecimientos sanitarios.
2. El artículo 7.2 del Decreto 46/2012, establece que la Dirección General de Salud Pública y Consumo tiene que poner a disposición de los interesados las herramientas informáticas necesarias para la autoevaluación, así como el manual de autoevaluación con las instrucciones generales para su ejecución.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar el Manual de Autoevaluación del Programa de Acreditación de Hospitales.
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web http://www.qualitatsalut.caib.es.
3. Publicar el Manual de Autoevaluación en la página web http://www.qualitatsalut.caib.es.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución —que no agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso de alzada ante el Consejero de Salud, Familia y Bienestar Social en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Palma, 19 de Abril de 2013
El director general de Salud Pública y Consumo
Luis Rafael Santiso Martínez