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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 8581
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de la Mejora del camino de acceso a la finca Alparico, Ciutadella

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Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el Anexo II de la ley 11/2006, de 14 de septiembre de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears y el artículo 39 de la ley 5/2005, de 26 de mayo para la conservación de los espacios de relevancia ambiental (LECO), se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 28 de febrero de 2013

CONSIDERANDO

1.Que el proyecto de mejora del camino de acceso a la finca Alparico en suelo rústico del T.M. de Ciutadella (Menorca), describe los trabajos de acondicionamiento de 1.460 m del camino de tierra de acceso a las parcelas 8 del polígono 14 y 27 del polígono 18, sin modificar ni las dimensiones ni el trazado, que consistirán en la instalación de una barrera en la entrada del camino, la adecuación de las paredes secas de todo el camino, limpieza, puesta a punto del firme (de tierra), revegetación de todo el trazado con la siembra de árboles y la colocación de algunas luminarias que funcionarán con energía solar.

2.Que el camino atraviesa un área de campos de cultivo y pastos incluida íntegramente dentro de la ZEPA SE0000443 Sur de Ciutadella y que existe un acuerdo del Subcomitè de Red Natura 2000 que informa favorablemente (con condiciones) el proyecto en cuanto a las actuaciones de construcción de la barrera de acceso al camino, la pared seca y la revegetación del camino.

3.Que el camino discurre inicialmente por SRP calificado como ANIT afectado por APR de incendios alto y el resto por SRC calificado como AIA afectado por APR de contaminación de acuíferos moderado y un pequeño tramo por APR de erosión alto y que se han previsto suficientes medidas preventivas y correctoras para disminuir los riesgos y la contaminación.

4.Que, en relación a los criterios de sujeción a EIA establecidos en el artículo 44 de la Ley 11/2006 (dimensiones idénticas al camino preexistente, no se acumula con otros proyectos similares, no supone un uso significativo de recursos naturales, se han previsto la gestión de los residuos y medidas correctoras para disminuir la contaminación y otros inconvenientes (que aun así eran mínimos), la actuación no incrementará los riesgos de erosión y se han previsto medidas correctoras para evitar el riesgo de incendios y de contaminación de los acuíferos, la capacidad regenerativa y la reversibilidad son posibles, la capacidad de carga del medio natural no se verá afectada por la actuación, no se trata de una zona de alta densidad demográfica, no se afecta el patrimonio cultural, la extensión geográfica es localizada, sin carácter transfronterizo, escasa magnitud y complejidad, duración limitada), no parece que el proyecto pueda tener efectos significativos sobre el medio ambiente que justifiquen la necesidad de sujeción a EIA.

5.Que según la capa del Atlas de los hábitats de España del 2005, los hábitats presentes al margen del camino son: Prasio-Oleetum sylvestris y Loto tetraphylli-Ericetum multiflorae, correspondientes a los hábitats de interés comunitario 9320 Bosques de Olea y Ceratonia y el 5330, matorrales termomediterráneos y preestépicos.

6.Que según el Bioatlas en la cuadrícula 1x1 km hay presencia segura de tortuga mediterránea (Testudo hermanni), especie incluida en el anexo II de la directiva 94/43/CEE, y labiérnago (Rhamnus alaternus), especie catalogada como de especial protección por el Decreto 75/2005.

7.Que en la documentación presentada se dice que ya se ha llevado a cabo la limpieza de la vegetación, podando y conservando ejemplares de acebuche y encinas.

8.Que la memoria ambiental no define qué especies se utilizarán en la revegetación del camino.

ACUERDA

A.En cuanto a la Evaluación de Impacto Ambiental:

La no sujeción del proyecto de “Mejora del camino de acceso a la finca Alparico”, T.M. de Ciutadella, a evaluación de impacto ambiental, de acuerdo con las medidas protectoras y correctoras indicadas en el documento ambiental.

B.En cuanto a la afección en Red Natura 2000:

Informar favorablemente el proyecto de “Mejora del camino de acceso a la finca Alparico”, en cuanto a las actuaciones de construcción de la barrera de acceso al camino y de la pared seca, así como la revegetación del camino, respecto a la ZEPA SE0000443 Sur de Ciutadella, siempre que se realice de acuerdo con el estudio de evaluación de las repercusiones ambientales y se cumplan los condicionantes siguientes:

1.Antes de empezar los trabajos se tendrá que hacer una inspección de la zona de actuación para localizar posibles ejemplares de tortuga mediterránea que se puedan ver afectados por las obras, los cuales se tendrán que trasladar a un emplazamiento cercano de características similares. Igualmente se protegerá la zanja mientras esté abierta para evitar la caída de animales y se hará una inspección visual de la zanja antes de empezar los trabajos diarios, para trasladar a un lugar cercano las tortugas u otros animales que hayan podido caer.

2.En el supuesto de que no se haya actuado ya sobre toda la vegetación, se tendrá que respetar también los ejemplares de Rhamnus alaternus. La superficie sobre la que se actuará tendrá que ser la estrictamente necesaria para la restauración de la pared.

3.Se tiene que evitar la época de cría y reproducción del milano, que comprende el periodo de marzo a julio.

4.Las tareas de mantenimiento y reparación de maquinaria se tendrán que hacer fuera las zonas con riesgo de contaminación de acuíferos, y en cualquier caso, sobre una superficie impermeabilizada.

5.En cuanto a la revegetación del trazado, teniendo en cuenta los hábitats que se pueden ver afectados y las especies presentes en la zona, las especies arbóreas que se tendrán que emplear son el acebuche (Olea europaea var sylvestris), la encina (Quervus ilex) o el pino (Pinus halepensis).

Se recuerda que antes del inicio de las obras se tiene que obtener el informe favorable de la Dirección general de Recursos Hídricos respecto al APR de erosión y el APR de contaminación de acuíferos.

 

Palma, 10 de abril de 2013

 

El presidente de la CMAIB

José Carlos Caballero Rubiato