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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 8576
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de Pistas de pádel y legalización de aparcamiento, Algaida

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Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el Anexo II de la ley 11/2006, de 14 de septiembre de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 28 de febrero de 2013

CONSIDERANDO

1.Que el objeto del proyecto es la reforma y posterior legalización de unos aparcamientos pavimentados existentes que ocuparán una superficie de 2.448 m2, y la construcción de cuatro pistas de pádel de 1.293 m2 en la misma zona de aparcamiento, ubicada en la parcela 133 del polígono 18 en el término municipal de Algaida.

2.Que el proyecto se encuentra incluido en el anexo II de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambientales y evaluaciones estratégicas ambientales de las Illes Balears.

3.Que según el PTI de Mallorca la actuación se desarrolla dentro de suelo rústico general y AT-H afectado parcialmente por APT de carreteras, en una zona con vulnerabilidad moderada de acuíferos y que no se encuentra dentro de ningún perímetro de restricción de pozos de abastecimiento urbano.

4.Que se ha analizado el proyecto en base a los criterios del artículo 44 de la Ley 11/2006 y no se prevé que pueda presentar efectos significativos sobre el medio ambiente.

5.Que se prevén medidas preventivas y correctoras para minimizar los impactos al medio ambiente, en el documento ambiental.

ACUERDA

no sujetar a evaluación de impacto ambiental el “Proyecto pistas de pádel y legalización de aparcamiento”, T.M. de Algaida, con las medidas correctoras y protectoras del documento ambiental.

Se recuerda que, en cuanto al alumbrado del aparcamiento y las pistas de pádel, se tendrán que tener en cuenta las medidas incluidas en el artículo 7 Características de las instalaciones y los aparatos de iluminación de la Ley 3/2005, de 20 de abril, de protección del medio nocturno de las Illes Balears (BOIB núm. 65, de 28/04/2005).

Este acuerdo se emite sin perjuicio de las competencias territoriales, urbanísticas y en materia patrimonial de las administraciones correspondientes.

 

Palma, 10 de abril de 2013

 

El presidente de la CMAIB

José Carlos Caballero Rubiato