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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA

Núm. 8383
Arxivo del procedimiento sancionador de la Ordenanza de CONVI

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

Notificación de la Resolución de archivo del procedimiento sancionador en materia de Ordenanza Municipal de medidas para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana en el espacio público de Alcúdia (publicada en el BOIB núm. 161 de fecha 15/11/2008).

 

El Concejal de Hacienda de acuerdo con las facultades que tiene delegadas por Resolución de Alcaldía núm. 1026/2011, de 15 de junio (BOIB núm. 104, de fecha 07/07/2011), ha dictado acuerdo del archivo del expediente sancionador que figura en el anexo.

 

Por no haberse podido realizar la preceptiva notificación en el domicilio que consta en los expedientes relacionados a continuación, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 30 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, por el presente Edicto se comunica que en relación a los expedientes sancionadores en materia de Ordenanza Municipal de Medidas para Fomentar y Garantizar la Convivencia Ciudadana en el Espacio Público de Alcudia (publicada en el BOIB núm. 161 de fecha 15 / 11/2008), el Concejal de Hacienda de acuerdo con las facultades que tiene delegadas por Resolución de Alcaldía núm. 1026/2011, de 15 de junio (BOIB núm. 104, de fecha 07/07/2011), ha dictado acuerdo de archivo de los expedientes sancionadores que se detallan en el anexo.

 

Se comunica al responsable de la infracción que contra esta resolución se puede interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante esta Alcaldía en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su notificación, o directamente recurso contencioso administrativo ante el juzgado contencioso administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente del día de dicha notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se estime conveniente.

 

Si transcurrido el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no se ha notificado su resolución, se podrá entender desestimado el recurso a efectos de interponer recurso contencioso administrativo.

 

ANEXO:

 

- Exp.: CONVI 2013/13 Denunciado: LORENZO RAMIS JIMENEZ DNI: 78219575W Artículo infringido: 43.2, apartado a) y artículo 43.7  Importe liquidado: 210 euros.

 

Alcudia, 18 de abril de 2013

 

El Regidor d’Hisenda

Juan Luis González Gomila