Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 8237
Ejecución de Títulos Judiciales 0000083/2012
D/Dª FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000083 /2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª MONICA MURESAN contra la empresa COMEDOR COMO EN CASA SL sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
DECRETO nº 153/2013
Secretario/a Judicial: D/Dª FRANCISCA MARIA REUS BARCELO
En PALMA DE MALLORCA, a veinticuatro de Abril de dos mil trece
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La presente ejecución se sigue a instancia de MÓNICA MURESÁN contra la entidad COMEDOR COMO EN CASA SL.
SEGUNDO.- El Juzgado de lo Mercantil nº uno de Palma ha declarado a COMEDOR COMO EN CASA SL en concurso en fecha 14/09/2010 , en el procedimiento número 411/2010 .
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
1.- Decretar la suspensión de la presente ejecución.
2.- Archivar provisionalmente los autos pudiendo las partes solicitar su continuación, una vez se dicte resolución que ponga fin al procedimiento concursal seguido contra el ejecutado.
3.- Comunicar el presente acuerdo al Juzgado Mercantil del Concurso.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Podrá interponerse recurso de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación. (Art. 188.2 de la LJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta 0030/1846/42/0005001274 del Banesto , debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código ‘31 Social- Revisión’. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación ‘recurso’ seguida del ‘código 31 Social- Revisión’. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL
Se advierte al destinatario COMEDOR COMO EN CASA SL que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a veinticuatro de Abril de dos mil trece.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL