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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

PRESIDENCIA, PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO Y CONSEJO EJECUTIVO

Núm. 8371
Decreto por el cual se crean las direcciones insulares y secretarías técnicas del Consejo de Mallorca

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Texto

La presidenta del Consejo de Mallorca, en fecha 2 de mayo de 2013, ha resuelto:

"En el art. 30 del Reglamento orgánico del Consejo de Mallorca, aprobado por acuerdo del Pleno de día 2 de julio de 2001 (BOIB nº. 102, de 15 de agosto) y modificado por acuerdo del Pleno de día 8 de marzo de 2004 (BOIB nº. 38, de 16 de marzo), y día 28 de julio de 2008 (BOIB nº. 113, de 14 de agosto), se determina que cada departamento del Consejo de Mallorca se puede estructurar internamente en una dirección insular o en más direcciones insulares, que son órganos directivos a los que corresponde la gestión, bajo la dirección del consejero ejecutivo correspondiente, de las diversas áreas funcionalmente homogéneas que conforman el departamento respectivo.

Igualmente, puede haber en cada departamento del Consejo de Mallorca una secretaría técnica, que es el órgano directivo para gestionar, bajo la autoridad del consejero ejecutivo, los servicios comunes del departamento correspondiente.

Por eso, resuelvo:

1. Estructurar internamente los departamentos que integran el Gobierno del Consejo de Mallorca en los términos siguientes:

Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes

Secretaría Técnica

Dirección Insular de Cultura y Patrimonio

Dirección Insular de Deportes

Departamento de Presidencia

Secretaría Técnica

Dirección Insular de Presidencia

Dirección Insular de Proyectos

Dirección Insular de Relaciones Institucionales

Departamento de Urbanismo y Territorio

Secretaría Técnica

Dirección Insular de Carreteras

Departamento de Hacienda y Función Pública

Secretaría Técnica, cuyas funciones serán ejercidas por el secretario técnico o por la secretaria técnica de Presidencia

Dirección Insular de Hacienda y Función Pública

Departamento de Medio Ambiente

Secretaría Técnica

Dirección Insular de Medio Ambiente

Dirección Insular de Residuos

Dirección Insular de Caza

Departamento de Bienestar Social

Departamento de Cooperación Local

Secretaría Técnica, cuyas funciones serán ejercidas por el secretario técnico o por la secretaria técnica de Urbanismo y Territorio

Dirección Insular de Cooperación Local y Apoyo Municipal

Dirección Insular de Emergencias

2. Publicar el contenido de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, que empieza a regir el mismo día en que se publica.

3. Derogar el decreto de 25 de junio de 2011 de creación de direcciones insulares y secretarías técnicas.

4. Dar cuenta al Pleno en la primera sesión que tenga lugar."

 

Palma, 3 de mayo de 2013

El secretario general

Jeroni M. Mas Rigo