Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

Núm. 8363
Estudi de detall sector UP4-A (Funerària de Pollença)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

Puesto que durante el plazo de exposición al público los interesados no han presentado ninguna reclamación contra el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno en sesión ordinaria de día 22 de enero de 2013, de aprobación inicial del estudio de detalle preceptivo para la adopción del sistema de edificación en régimen de propiedad horizontal en módulos de edificación de nave industrial en el solar A-23 del sector UP4-A, del Polígono Industrial y de Servicios de Pollença, el Ayuntamiento Pleno, en la pasada sesión ordinaria de fecha 25 de abril de 2013, acordó la aprobación definitiva del citado estudio de detalle, y por este motivo, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 103 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears, se publica el acuerdo, que en su parte bastante –y a reserva de la aprobación del acta de la sesión plenaria-, es del siguiente tenor:

 

‘5.- Aprobación definitiva del estudio de detalle del sector UP-4A (promotor: Funerària Pollença SC):

 

Se da lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos Generales del día 19 de abril de 2013, que a continuación se transcribe:

 

‘PROPUESTA DE ALCALDÍA

 

Visto el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada en fecha 22.01.13, en virtud del cual se aprobó inicialmente el estudio de detalle presentado por el Sr. Bartomeu Bibiloni Cifre, en la acreditada representación que ostenta de la entidad promotora ‘Funerària de Pollença, S.C.’ (Exp. De obra núm. 369/12), preceptivo para la adopción del sistema de edificación en régimen de propiedad horizontal en módulos de edificación de nave industrial en el solar A-23 del sector UP4-A, del Polígono Industrial y de Servicios de Pollença, así como someter el expediente a información pública por el plazo de un mes mediante anuncio en el BOIB y en uno de los periódicos de mayor circulación de la provincia y, finalmente, notificar el acuerdo a la entidad promotora y a los órganos representativos de los propietarios del polígono de actuación (Junta de Compensación del sector UP4-A), a los efectos correspondientes.

 

Puesto que el mencionado estudio de detalle fue sometido a información pública durante un mes mediante la inserción de anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB núm. 17 de fecha 02.02.13, edicto núm. 1582) y en el periódico ‘Diario de Mallorca’ de día 12.02.13 (pág.3), así como notificado a la entidad promotora y a los órganos representativos de los propietarios del polígono de actuación (Junta de Compensación del sector UP4-A), sin que conste que se hayan presentado alegaciones.

 

Visto el informe jurídico emitido en fecha 15.04.13 por el T.A.E (jc.) de la Corporación.

 

Por lo expuesto, esta Alcaldía propone al Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente ACUERDO:

 

1º.- Aprobar definitivamente el estudio de detalle presentado por el Sr. Bartomeu Bibiloni Cifre, legal representante de la entidad promotora ‘Funerària de Pollença, S.C.’ (Exp. de obra núm. 369/12), para la adopción del régimen de propiedad horizontal en módulos de edificación de nave industrial en el solar A-23 del sector UP4-A, del Polígono Industrial y de Servicios de Pollença, redactado por el técnico arquitecto competente Sr. Miquel Company Amengual en fecha 12.09.12.

 

2º.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears y notificarlo a los interesados, en la forma reglamentariamente establecida.

 

3º.- Dar traslado del acuerdo de aprobación definitiva, juntamente con una copia del expediente tramitado y del documento del estudio de detalle propiamente dicho, a la Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico del Consell de Mallorca, de conformidad con lo previsto en el artículo 140.5 del Reglamento de Planeamiento (RD 2159/1978).

 

No obstante, el Ayuntamiento Pleno, órgano municipal competente, acordará’.

…/…..

Pasados a votación, los reunidos, POR UNANIMIDAD, acuerdan aprobar íntegramente el dictamen precedente y los acuerdos que contiene.’

 

Contra este acuerdo se puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente ordenanza/reglamento.

 

No obstante, se puede ejercitar, si procede, cualquier otro recurso que se estime pertinente.

 

Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 25 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

 

Pollença, 30 de abril de 2013

 

EL ALCALDE Acctal.

Martí J. Roca Olivieri