Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE PORRERES
Núm. 8356
Delegación de funciones
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Mediante decreto de alcaldia de 22/1/2013, del cual se dió cuenta en la sesión plenaria de 28/1/2013, se emitió la siguiente resolución:
"En la organización municipal diseñada por la alcadía se establece la definición de quince áreas de actuación de las cuales serán responsables distintos miembros del consistorio. Teniendo en cuenta este esquema, en virtud de las atribuciones que me confiere los artículos 43, 44, 120, y 121 del ROFRJEL, HE RESUELTO:
PRIMERO. Asumir como alcaldesa la dirección y gestión de las secciones de HACIENDA, EDUCACIÓN, TERCERA EDAD Y SERVICIOS SOCIALES.
SEGUNDO. Efectuar delegación especial en el segundo Teniente de alcalde, el Sr. Jaume Martorell Mesquida, para la dirección y gestión de las secciones de URBANISMO, DEPORTES, INTERIOR Y AGRICULTURA.
TERCERO. Efectuar delegación especial en la segunda teniente de alcaldesa, la Sra. Coloma Bover Garcías, para la dirección y gestión de la sección de COMERCIO, INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO.
QUART. Efectuar delegación especial en el regidor Sr. Climent Rosselló Sierra para la dirección y gestión de las secciones de FIESTAS Y JUVENTUD.
QUINTO. Efectuar delegación especial en la regidora Sra. Margalida Palerm Melià para la dirección y gestión de las secciones de CIRCULACIÓN, SANIDAD, MEDIO AMBIENTE Y MANTENIMIENTO.
SEXTO. Efectuar delegación especial en el regidor Sr. Bernat Bauçà Garau para la dirección y gestión de las secciones de CULTURA y PARTICIPACIÓN CIUDADANA.
Las delegaciones mencionadas comprenden la dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes, y las actuaciones que se lleven a cabo facultades restarán sujetas a la supervisión de la alcaldía.
SÉPTIMO. Delegar en la Junta de Gobierno Local las atribuciones que otorgan al alcalde el apartado q) del artículo 21.1 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como el apartado primero de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del Sector Público; con efectos a partir del día siguiente al de la adopción de este acuerdo, sin perjuicio de su preceptiva publicación al BOIB de acuerdo con el arte. 44.2 del ROF.
OCTAVO. Las delegaciones conferidas requerirán para su eficacia la aceptación de Regidor-Delegado, se publicarán en el BOIB y de ellas se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que tenga lugar.
NOVENO. El Regidor-Delegado queda obligado a informar a esta alcaldía sobre la gestión encomendada, de acuerdo con los términos previstos en el artículo 115 del ROFRJEL.
En el no previsto en esta resolución regirán la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local y el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, en el marco de las reglas que para las delegaciones se establecen a dichas normas".
Porreres, 3 de mayo de 2013
El Alcalde en funciones
Jaume Martorell Mesquida