Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES
Núm. 8314
Resolución del director general de Universidades, Investigación y Transferencia del Conocimiento de 25 de abril de 2013 por la cual se convoca la prueba específica de acceso a los estudios superiores de música y se concreta el proceso de admisión y de matrícula para el curso 2013-2014
Mediante la Resolución del director general de Universidades, Investigación y Transferencia del Conocimiento de día 25 de abril de 2013 se aprueban las instrucciones para regular las pruebas de acceso y el proceso de admisión y de matrícula a las enseñanzas artísticas superiores de arte dramático, de diseño y de música.
El punto 3.2.1 del anexo 1 de esta Resolución especifica que la dirección general competente en materia de enseñanzas artísticas tiene que convocar, al menos una vez al año, una prueba específica de acceso a estos estudios, que tiene que ser diferente para cada una de las enseñanzas artísticas superiores que se ofrecen en las Illes Balears.
Por todo eso, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero
Aprobar las instrucciones de acuerdo con las cuales se tienen que organizar y desarrollar la prueba específica de acceso a los estudios superiores de música y el proceso de admisión y de matrícula a estas enseñanzas para el curso 2013-2014 (anexos 1, 2 y 3).
Segundo
Convocar la prueba específica de acceso a los estudios superiores de música, en los términos que figuran en las instrucciones que se incluyen como anexo 1 de esta Resolución.
Tercero
Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación, Cultura y Universidades en el plazo de un mes a partir de la fecha en que se publique, de conformidad con lo que prevé el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Palma, 25 de abril de 2013
El director general de Universidades, Investigación y Transferencia del Conocimiento
Miguel José Deyá Bauzá
ANEXO 1
A. Instrucciones relativas a la prueba específica de acceso a los estudios superiores de música
1. Objeto y ámbito de aplicación
Estas instrucciones regulan los aspectos necesarios para desarrollar la prueba específica de acceso a los estudios superiores de música que se tiene que hacer en las Illes Balears en esta convocatoria.
2. Requisitos de los aspirantes
2.1. Se pueden inscribir las personas que tienen alguno de los requisitos académicos que permiten acceder a las enseñanzas artísticas superiores:
a) Estar en posesión del título de bachiller o de un título equivalente.
b) Haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
2.2. También se pueden inscribir las personas que no cumplan los requisitos académicos de acceso a las enseñanzas artísticas superiores pero han superado la prueba para las personas mayores de diecinueve años que no tienen los requisitos académicos descrita en el punto 2 del anexo 1 de las instrucciones para regular las pruebas de acceso y el proceso de admisión y matrícula a las enseñanzas artísticos superiores de arte dramático, de diseño y de música, aprobadas mediante la Resolución del director general de Universidades, Investigación y Transferencia del Conocimiento de día 25 de abril de 2013.
3. Plazo de inscripción a la prueba
La inscripción a la prueba específica de acceso a los estudios superiores de música se tiene que hacer del 2 al 31 de mayo de 2013, ambos incluidos.
4. Centro que tiene que hacer la prueba
4.1. La prueba específica de acceso a los estudios superiores de música se tiene que hacer al Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears, en Palma, que es el único centro que puede hacer la prueba en esta convocatoria.
4.2. La inscripción se tiene que hacer en el mismo centro en que se tiene que hacer la prueba de acceso.
4.3. La tasa de inscripción a la prueba es de 66,00 €, de acuerdo con la Resolución del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 20 de agosto de 2012 por la cual se autorizan, entre otros, los precios por los servicios académicos del Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears para el curso 2012-2013.
5. Formalización de la solicitud de inscripción
5.1. La solicitud de inscripción se tiene que formalizar por duplicado mediante el impreso oficial que tiene que facilitar el Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears y que también debe estar disponible en la página web de la Dirección General de Universidades, Investigación y Transferencia del Conocimiento (http://dguni.caib.es).
5.2. A la solicitud se tienen que adjuntar los documentos que corresponda de los que figuran en el punto 6 de estas instrucciones.
5.3. Las personas que necesiten una adaptación de las condiciones en que se tiene que hacer la prueba lo tienen que hacer constar en la solicitud.
6. Documentación para acreditar los requisitos para inscribirse a la prueba
6.1. El justificante del pago de la inscripción a las pruebas.
6.2. El original y una copia del documento oficial de identificación (DOI) de que se disponga (DNI, pasaporte ...).
6.3. El original y una copia del documento que acredite los requisitos de acceso a estas enseñanzas establecidas en los apartados 2.1 y 2.2 de este anexo.
6.4. Las personas que acrediten que tienen necesidades educativas especiales o dificultades específicas de aprendizaje (dislexia, disortografía, disgrafía, discalculia ...) pueden solicitar la adaptación de las condiciones en que se tiene que hacer la prueba. Para justificar esta petición tienen que aportar, en el momento de inscribirse a la prueba, alguno de los documentos que figuran a continuación:
7. Actuación con la documentación necesaria para inscribirse a la prueba
La secretaría del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears, una vez ha comprobado que la solicitud de inscripción está debidamente rellenada, tiene que sellar uno de los ejemplares y lo tiene que devolver a la persona interesada. La secretaría del centro se tiene que quedar, una vez compulsadas, las copias del documento oficial de identificación (DNI, pasaporte ...) y del resto de documentación presentada.
8. Admisión a la prueba específica de acceso
El Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears tiene que comprobar, con la documentación recibida, que las personas que solicitan hacer la prueba cumplen los requisitos establecidos en el apartado 2 de este anexo.
9. Lista provisional de personas admitidas y de personas excluidas para hacer la prueba específica de acceso
La lista provisional de personas admitidas y de personas excluidas para hacer la prueba específica de acceso se tiene que publicar el día 11 de junio de 2013 en el tablón de anuncios del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears.
10. Reclamaciones
Las reclamaciones contra la lista provisional de personas admitidas y de personas excluidas para hacer la prueba específica de acceso se tienen que presentar ante el director del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears los días 11, 12 o 13 de junio de 2013.
11. Lista definitiva de personas admitidas para hacer la prueba específica de acceso
11.1. El día 14 de junio de 2013, como máximo, el Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears tiene que publicar la lista definitiva de personas admitidas para hacer la prueba específica de acceso.
11.2. Contra la lista definitiva se puede presentar un recurso de alzada delante del director general de Universidades, Investigación y Transferencia del Conocimiento en el plazo de un mes a partir del día de la publicación.
12. Comisión Evaluadora de la prueba específica de acceso
La composición de la Comisión Evaluadora se regula de acuerdo con lo que establece el punto 3.5.1 del anexo 1 de la Resolución del director general de Universidades, Investigación y Transferencia del Conocimiento de día 25 de abril de 2013 por la cual se aprueban las instrucciones para regular las pruebas de acceso y el proceso de admisión y matrícula a las enseñanzas artísticas superiores de arte dramático, de diseño y de música.
13. Fecha y horario en que se hará la prueba específica de acceso
13.1. La prueba específica de acceso a los estudios superiores de música se tiene que hacer del 17 al 21 de junio de 2013.
13.2. El horario y el orden en que se desarrollarán las pruebas se tienen que hacer públicos en el tablón de anuncios del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears y en su página web, con una antelación mínima de 48 horas antes de iniciarlas.
14. Publicación de la relación de enseres
La relación de enseres, en caso de que sean necesarios para el desarrollo de la prueba, se tiene que publicar en el tablón de anuncios del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears, el mismo día que se publica la lista definitiva de personas admitidas.
15. Verificación de la identidad de los aspirantes
Los miembros de la Comisión Evaluadora tienen que verificar la identidad de los aspirantes antes de empezar la prueba.
16. Incidencias
16.1. Cuando haya causas justificadas que impidan a algún aspirante hacer la prueba o que alteren las condiciones en que ha de realizarla, la Comisión Evaluadora lo comunicará a la Dirección General de Universidades, Investigación y Transferencia del Conocimiento, que decidirá lo que considere procedente.
16.2. Estas incidencias se harán constar en el acta de evaluación de la prueba.
17. Expedientes de las personas inscritas
El Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears tiene que poner a disposición de la Comisión Evaluadora la documentación presentada por las personas inscritas para hacer la prueba de acceso.
18. Corrección y calificación de las pruebas
18.1. Una vez acabada la prueba, la Comisión Evaluadora tiene que corregir cada uno de los ejercicios que la conforman y tiene que calcular la nota media de conformidad con lo que se establece en el punto 3.6 del anexo 1 de la Resolución del director general de Universidades, Investigación y Transferencia del Conocimiento de día 25 de abril de 2013.
18.2. El Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears custodiará los exámenes de los aspirantes hasta que empiece el proceso de admisión y matrícula del curso 2014-2015.
19. Contenido del acta de evaluación
En el acta de evaluación se tiene que hacer constar la información siguiente:
a) Los apellidos y el nombre de los aspirantes.
b) El número del documento oficial de identificación de los aspirantes.
c) Las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la prueba.
d) La calificación media de la prueba.
20. Actuación con las actas de evaluación
20.1. Una vez extendida el acta de evaluación con los resultados de las pruebas, todos los miembros de la Comisión Evaluadora lo tienen que firmar.
20.2. El acta original se tiene que archivar en el Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears y se tiene que conservar hasta que empiece el proceso de admisión y matrícula del curso 2014-2015.
21. Resultados provisionales de la prueba
El día 25 de junio de 2013, el Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears tiene que publicar la lista con los resultados provisionales de la prueba específica de acceso.
22. Reclamaciones contra la lista provisional de personas aptas y no aptas
22.1. Los aspirantes que quieran reclamar contra la lista provisional ante la Comisión Evaluadora tienen que presentar el escrito de reclamación al Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears los días 26, 27 o 28 de junio de 2013.
22.2. La Comisión Evaluadora tiene que estudiar el contenido de la reclamación y, si es el caso, tiene que convocar a la persona interesada a una sesión de revisión del examen para comentarle los criterios de corrección y de calificación que ha aplicado.
22.3. La revisión de las reclamaciones se tiene que hacer el día 1 de julio de 2013.
23. Lista definitiva de personas aptas
23.1. El mismo día 1 de julio, la Comisión Evaluadora extenderá y aprobará el acta de la sesión con la resolución de las reclamaciones presentadas y publicará la lista con los resultados definitivos de la prueba de acceso específica en el tablón de anuncios y en la página web del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears.
23.2. Las personas que no estén conformes con el resultado de la revisión pueden interponer un recurso de alzada ante el director general de Universidades, Investigación y Transferencia del Conocimiento en el plazo de un mes a partir de la publicación de la lista definitiva (hasta el 1 de agosto de 2013).
24. Contenido del certificado de aptitud
En el certificado de aptitud para acreditar que se ha superado la prueba específica de acceso, tiene que constar la información siguiente:
a) El nombre completo y el DOI (documento oficial de identificación) del examinando.
b) El nombre de la prueba: «Prueba específica para acceder a las enseñanzas artísticas superiores de música para el año académico 2013-2014».
c) El nombre de la enseñanza y la especialidad.
d) La calificación.
e) La fecha en que se ha superado la prueba.
25. Solicitud del certificado de aptitud
Las personas que han superado la prueba específica de acceso pueden solicitar al Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears el certificado de aptitud que lo acredita a partir del 2 de julio de 2013.
B. Instrucciones para formalizar la solicitud de admisión y la matrícula a los estudios superiores de música
26. Solicitud para participar en el proceso de admisión y de matrícula
La solicitud de admisión se tiene que formalizar por duplicado mediante el impreso oficial que debe facilitar el Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears y que también debe estar disponible en la página web de la Dirección General de Universidades, Investigación y Transferencia del Conocimiento (http://dguni.caib.es).
27. Plazo para presentar la solicitud
Los aspirantes a los estudios superiores de música tienen que hacer la solicitud de admisión a las enseñanzas conjuntamente con la solicitud de inscripción a la prueba específica de acceso.
28. Procedimiento de adjudicación de las plazas
Las plazas se tienen que adjudicar de acuerdo con el procedimiento descrito en el punto 4.3 del anexo 1 de la Resolución del director general de Universidades, Investigación y Transferencia del Conocimiento de día 25 de abril de 2013.
29. Lista provisional de adjudicación de plazas
El día 1 de julio de 2013, el Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears tiene que publicar la lista con la adjudicación provisional de las plazas.
30. Reclamaciones
Las reclamaciones contra la lista provisional de adjudicación de plazas se tienen que presentar ante el director del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears los días 2, 3 o 4 de julio de 2013.
31. Lista definitiva de adjudicación de plazas
31.1. El día 5 de julio de 2013, como máximo, el Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears tiene que publicar la lista definitiva de adjudicación de plazas.
31.2. Contra la lista definitiva, se puede presentar un recurso de alzada ante el director general de Universidades, Investigación y Transferencia del Conocimiento en el plazo, de un mes a partir del día de la publicación.
32. Matriculación
32.1. Los aspirantes que tengan una plaza adjudicada se tienen que matricular a través de la secretaría del centro desde el día 8 hasta el día 10 de julio de 2013, ambos incluidos.
32.2. Si el aspirante no formaliza la matrícula en el periodo establecido pierde la plaza.
32.3. Un alumno no puede estar matriculado simultáneamente a dos especialidades diferentes.
32.4. Cuando el centro tenga los datos de matriculación, los debe comunicar a la Dirección General de Universidades, Investigación y Transferencia del Conocimiento.
32.5. Incompatibilidad de los profesores.
Los profesores del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears no pueden matricularse de ninguna enseñanza impartida en el mismo centro.
33. Asignación de vacantes
En caso de que haya vacantes, durante el mes de septiembre de 2013 el Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears puede convocar una prueba específica de acceso y un proceso de admisión extraordinarios para aspirantes con los requisitos mencionados en el punto 2 de estas instrucciones.
ANEXO 2
Calendario de la prueba específica de acceso y del proceso de admisión y de matrícula para el curso 2013-2014
Actuación |
Punto |
Fechas |
---|---|---|
Inscripción al proceso de admisión y a la prueba específica de acceso |
3 |
Del 2 al 31 de mayo |
Publicación de la lista provisional de personas admitidas y de personas excluidas para hacer la prueba de acceso |
9 |
11 de junio |
Reclamaciones contra la lista provisional de personas admitidas y de personas excluidas para hacer la prueba de acceso |
10 |
11, 12 o 13 de junio |
Publicación de la lista definitiva de personas admitidas y de personas excluidas para hacer la prueba de acceso |
11.1 |
14 de junio |
Pruebas |
13.1 |
Del 17 al 21 de junio |
Publicación de la lista provisional de personas aptas y de personas no aptas |
21 |
25 de junio |
Reclamaciones contra la lista provisional de personas aptas y de personas no aptas |
22.1 |
26, 27 o 28 de junio |
Revisiones de las reclamaciones contra la lista provisional de personas aptas y de personas no aptas |
22.3 |
1 de julio |
Publicación de la lista definitiva de personas aptas y de personas no aptas |
23.1 |
1 de julio |
Solicitud de los certificados que acreditan haber superado la prueba |
25 |
A partir del 2 de julio |
Publicación de la lista provisional de adjudicación de plazas |
29 |
1 de julio |
Reclamaciones contra la lista provisional de adjudicación de plazas |
30 |
2, 3 o 4 de julio |
Publicación de la lista definitiva de adjudicación de plazas |
31.1 |
5 de julio |
Formalización de la matrícula en la secretaria del centro |
32.1 |
Del 8 al 10 de julio |
ANEXO 3
Prueba de Acceso a las enseñanzas artísticas superiores de música
A. Estructura de la prueba específica
La estructura y el contenido de la prueba son los siguientes:
1. Interpretación:
a) Interpretación de un programa y lectura a primera vista de un fragmento.
b) Ejercicio de realización armónica y de análisis.
El ejercicio de interpretación tiene que ser con piano acompañante, si es necesario y la obra lo requiere. El alumno tiene que aportar al pianista.
2. Composición:
a) Ejercicio de interpretación.
b) Presentación de los últimos trabajos de armonía, contrapunto y composición libre con defensa oral.
c) Realización de un trabajo armónico-contrapuntístico con el análisis funcional y estructural correspondiente.
d) Lectura a primera vista en el piano.
e) Ejercicio auditivo.
3. Pedagogía:
a) Ejercicio de realización armónica y de análisis.
b) Ejercicio de entonación y voz.
c) Composición de una pieza breve, de carácter didáctico.
d) Lectura a primera vista en el piano.
B. Calificación final de la prueba específica de acceso
Todos los ejercicios de cualquier especialidad se valoran conjuntamente con una nota comprendida entre 0 y 10 puntos.
La nota media del expediente del grado profesional constituye el 50% de la nota final de la prueba de acceso, siempre que ésta haya sido superada y en el supuesto que la nota media del grado profesional sea igual o superior a la nota de la prueba de acceso.
La calificación final se tiene que expresar en términos numéricos del 0 al 10 con dos decimales.
C. Bonificación por insularidad
Para dar cumplimiento al artículo 3 del Estatuto de autonomía de las Illes Balears, los aspirantes procedentes de centros situados en el archipiélago o que puedan acreditar que hace más de dos años que están empadronados en cualquier municipio de las Illes Balears tienen derecho a una bonificación por insularidad de acuerdo con los criterios siguientes:
D. Nota de admisión
La nota de admisión en los estudios superiores de música se calcula sumando la bonificación por insularidad a la calificación final de la prueba específica:
Nota de admisión = Calificación final + Bonificación por insularidad