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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE INCA

Núm. 7931
Aprobación definitiva de las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para el fomento de la ocupación para el año 2013

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Texto

En fecha 12 de marzo de 2013 se publica en el BOIB núm. 34 sec. V Pág. 11614, el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Inca realizado en fecha 22 de Febrero de 2013, por el cual se aprueban inicialmente las bases reguladoras de la convocatòria de subvenciones para el fomento de la ocupación a realizar por el àrea de Formación, Ocupación y Trabajo del Ayuntamiento de Inca para el año 2013. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 102 de la Ley de20/2006, de 15 de Diciembre, Municipal i de régimen local de las Islas Baleares, se ha expuesto al publico el referido acuerdo, por un termino de 30 días, desde el siguiente a la publicació de dicho acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, a los efectos de que todos los interesados presenten alegaciones contra el mismo delante del Pleno Municipal.

Dado que transcurrido el plazo no han habido alegaciones al respecto, las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la ocupación se consideran definitivamente aprobadas en el siguiente contenido literal:

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LA OCUPACIÓN A REALIZAR POR EL ÁREA DE FORMACIÓN, OCUPACIÓN Y TRABAJO DEL AYUNTAMIENTO DE INCA PARA EL AÑO 2013

El Ayuntamiento de Inca, con las facultades de autoorganización que tiene atribuidas por la legislación vigente en materia de régimen local, teniendo en cuenta las disposiciones contenidas tanto en la ley 30/2003, general de subvenciones como en su Reglamento aprobado por el Real Decreto 887/2006, determina mediante estas bases el procedimiento completo a seguir a la hora de fomentar la ocupación en la ciudad de Inca. Con estas bases se pretende fijar unos criterios que permitan la libre concurrencia así como cumplir con los principios administrativos de publicidad y objetividad, garantizando la transparencia administrativa.

Artículo 1. OBJETO

El objeto de esta convocatoria de subvenciones es el fomento de la ocupación en la ciudad de Inca mediante la concesión de ayudas económicas para ayudar a la contratación y a la creación de nuevos lugares de trabajo con la contratación por parte de empresas ubicadas en Inca de gente en paro empadronada en Inca, y la auto ocupación de las personas que empadronadas en Inca.

Artículo 2. CRÉDITO PRESUPUESTARIO

En el presupuesto del ayuntamiento de Inca para el año 2013, publicado en el BOIB número 9 de día 19 de Enero de 2013, el crédito destinado a dar cobertura a la presente convocatoria en la partida 241.489 asciende a la cantidad de 60.000 €, de los cuales

50.000 € se destinarán a ayudas a empresas de Inca para la contratación de parados empadronados en nuestra ciudad.

10.000 € se destinarán a ayudas a emprendedores para la creación de nuevas empresas en el municipio de Inca

Artículo 3. REQUISITOS DEL SOLICITANTE

Podrá ser beneficiarios de estas ayudas:

Las empresas con sede social en Inca que contraten un trabajador empadronado en Inca e inscrito como demandante de empleo en la oficina del SOIB, y que cumplan las siguientes condiciones:

Tener menos de cinco trabajadores.

No tener una facturación superior a 500.000 € anuales.

Las personas inscritas en la oficina de empleo del SOIB de Inca que se den de alta como autónomos y que hayan de ejercer su actividad profesional en el municipio de Inca.

Artículo 4. CANTIDAD DE LAS SUBVENCIONES Y OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

A los efectos de determinar la cuantía de la subvención que se asigna a cada solicitante se establecen los siguientes criterios:

Ayudas a los empresarios de Inca para la contratación de personas en situación de paro inscritas en el municipio de Inca con un porcentaje del 50% del pago de la Seguridad Social, con un máximo de 200 € mensuales (total de 1200 €/trabajador nuevo contratado) durante seis meses, de los nuevos empleados contratados por un período mínimo de seis meses. Cada solicitante podrá presentar una o más solicitudes hasta llegar a tener en la empresa un máximo de cinco trabajadores. El pago de las ayudas se hará a los seis meses de haber contratado, una vez aprobada la solicitud por el órgano competente, presentando al ayuntamiento los documentos que acrediten que efectivamente se ha establecido la relación contractual durante el período establecido de 6 meses. (informe de vida laboral de la empresa actualizado, con los últimos doce meses hasta la fecha del pago final de las ayudas.)

Ayuda de 50 €/mes (total de 300 €), durante seis meses para emprendedores que estén en paro, que se den de alta de autónomos en Inca. Las ayudas se recibirán en dos pagos de 150 € cada uno: el primer pago se recibirá dentro de los 30 días siguientes a la resolución de la concesión por la junta de gobierno, y el siguiente seis meses después; una vez justificado el mantenimiento de su alta como trabajador autónomo durante un mínimo de seis meses.

Los beneficiarios habrán de acreditar la documentación requerida en estas bases para recibir las ayudas.

En el caso de las empresas deben acreditar tener la licencia de apertura en vigor, o haber iniciado los trámites para obtenerla en el momento que se solicite la subvención.

Las ayudas se concederán por orden de entrada, y que cumplan los requisitos establecidos, en el registro del ayuntamiento hasta la finalización del presupuesto destinado a estas ayudas

Artículo 5. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y PLAZOS

Las personas interesadas podrán presentar la correspondiente solicitud, en la cual adjuntaran la documentación requerida en estas bases, desde el día siguiente la publicación de las presentes bases en el BOIB hasta la fecha 31 de Octubre de 2013.

Dichas solicitudes se presentarán en el registro General de la entidad local, situado en la plaza de España número 1, en horario de 8.00 a 15.00 horas o por cualquier otro medio previsto en el Art. 38 de la Ley 301/1992, de régimen Jurídico de las administraciones públicas i de procedimiento administrativo común.

Artículo 6. REQUISITOS DE LAS SOLICITUDES.

Requisitos para empresas que contraten:

Qué es el municipio de Inca el lugar donde radica su domicilio social, fiscal y su centro de trabajo. Que han dado de alta en la Seguridad Social a una persona desocupada o en situación de mejora de ocupación empadronada en la ciudad de Inca.

Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, y con la Tesorería General de la Seguridad Social.

Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con el Ayuntamiento de Inca.

No estar incluido en ninguna circunstancia de inhabilitación referida en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, general de subvenciones.

La empresa deberá tener una facturación anual inferior a 500.000 € demostrable.

La empresa podrá solicitar las ayudas siempre que el número máximo de trabajadores en plantilla sea inferior a cinco. Pudiendo solicitar estas ayudas hasta llegar a este número máximo de trabajadores.

La empresa habrá tenido bajas de personal con motivo de despido en los seis meses anteriores al momento de la solicitud.

Para solicitar estas ayudas la contratación del nuevo trabajador se debe haber realizado en una fecha comprendida entre la fecha de publicación de estas bases en el BOIB y el 31 de octubre de 2013.

La persona contratada deberá estar empadronada en el municipio de Inca e inscrita como demandante de empleo en las oficinas del SOIB.

Requisitos para emprendedores:

El nuevo autónomo deberá estar empadronado en Inca con anterioridad al 1 de Enero de 2013.

El nuevo autónomo debe haber estado inscrito como demandante de empleo en las oficinas del SOIB inmediatamente antes de darse de alta como autónomo.

Que no se hayan articulado en el impuesto de actividades económicas en la misma o similar actividad, en los últimos seis meses anteriores a la creación de la empresa para la que solicita la ayuda.

El nuevo autónomo no ha de haber estado dado de alta como autónomo en los dos años inmediatamente anteriores a el alta de autónomo para la que se le solicita la ayuda.

Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, y con la Tesorería General de la Seguridad Social.

Esta al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con el Ayuntamiento de Inca.

No estar incluido en ninguna de las circunstancias de inhabilitación a las que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, general de subvenciones.

Las solicitudes han de ir debidamente firmadas por la persona interesada y acompañadas de la siguiente documentación:

En el caso de persona física, comunidad de bienes o sociedades civiles sin personalidad jurídica: fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o pasaporte o, en su caso, tarjeta de identidad y del número de identificación fiscal de la persona o personas, partícipes o socios, respectivamente.

El supuesto de asociaciones o fundaciones: original o fotocopia compulsada de los estatutos, de la inscripción en el registro correspondiente y del código de identificación fiscal. Además, la persona que suscribe la solicitud deberá acreditar que ostenta en este momento su representación a tal efecto.

En el caso de personas jurídicas: original o copia compulsada de los estatutos, así como su inscripción en el registro correspondiente y del código de identificación fiscal. Además, la persona que suscribe deberá acreditar que tiene en este momento su representación a tal efecto.

Deberán presentar también la siguiente documentación:

Ayudas empresarios de Inca que contraten ciudadanos de Inca:

Acreditación de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, mediante la presentación de los correspondientes certificados emitidos por la Agencia Tributaria de el Estado, Comunidad Autónoma, Ayuntamiento de Inca y la Tesorería General de la Seguridad Social. En el momento de la solicitud se prevé la posibilidad de sustituir estos certificados por una declaración responsable firmada por el representante de la entidad.

Memoria de la actividad que lleva a término, indicando su fecha de inicio, y que actualmente continua con su actividad, y que es en el municipio de Inca el lugar donde radica su domicilio social, fiscal y su centro de trabajo.

Informe de vida laboral de la empresa (este informe se puede solicitar por el sistema red de la Seguridad Social), actualizado en el momento de la solicitud, con un periodo de los 12 últimos meses, donde se demuestre que ha habido un incremento de plantilla en la empresa.

Documentación justificativa de las bajas de los trabajadores que se han producido en los últimos seis meses ( finiquitos, bajas por enfermedad…)

Documento del último año del impuesto de renta de sociedades en caso de empresas, o la última declaración de la renta en caso de autónomos.

Documentación del trabajador contratado: contrato de trabajo del nuevo trabajador, DNI, Tarjeta del paro, certificado de empadronamiento, TC1 (o justificante de pago de los seguros sociales) Y TC2.

Personas inscritas en la oficina del SOIB que se den de alta como autónomos:

Acreditación de encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, mediante la presentación de los correspondientes certificados emitidos por la Agencia Tributaria del Estado, Comunidad Autónoma, Ayuntamiento de Inca y la Tesorería General de la Seguridad Social. En el momento de la solicitud se prevé la posibilidad de sustituir estos certificados por una declaración responsable firmada por el representante de la entidad.

Memoria de la actividad a desarrollar en el Municipio de Inca.

Certificado de empadronamiento y de alta del empadronamiento.

Tarjeta de inscripción en la oficina del SOIB.

Certificado de la vida laboral.

En el caso de haber ejercido anteriormente como autónomo, traer el certificado de alta en el IAE de estas actividades.

Artículo 7. TRAMITACIÓN E INSTRUCCIÓN DEL EXPEDIENTE.

El órgano competente para la instrucción será el área de formación, ocupación y trabajo, la cual realizará cuantas acciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en base a los cuales se haya de dictar resolución. Por todo esto se podrán solicitar los informes técnicos que se considere oportuno. Se realizará la valoración de las solicitudes y la comprobación de la documentación requerida a los efectos de determinar el importe de la subvención, si es el caso, y se formulará propuesta de resolución. Dicha propuesta de resolución habrá de ser aprobada por la junta de gobierno y notificado individualmente este acuerdo a las personas interesadas

Artículo 8. JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA FINALIDAD DE LA SUBVENCIÓN.

Atendida la singularidad y excepcionalidad de esta convocatoria de subvenciones cabe indicar que la justificación del cumplimiento de la finalidad de la subvención ya viene dada por las consecuencias de la crisis económica actual, y en beneficio de los ciudadanos de Inca al ayudar a estimular la economía, fomentar la auto ocupación, la contratación por parte de las empresas del municipio, desarrollar iniciativas locales, y atraer nuevas empresas que generen nuevos puestos de trabajo en Inca, por este motivo será suficiente que en el informe técnico que se realice queden acreditados los requisitos demandados en estas bases.

En caso de no haber presentado certificado negativo de las deudas con la Hacienda Pública Estatal, Autonómica y Local, con la Seguridad Social, o habiéndolo presentado haya transcurrido el termino de seis meses desde su emisión, lo habrá que presentar antes de iniciar los trámites de pago de la subvención.

Artículo 9. PAGO

El pago de las subvenciones se realizará una vez resuelto el expediente, donde quede acreditado el cumplimiento de la finalidad de la subvención, y según las instrucciones que aparecen en el artículo cuatro de estas bases.

Artículo 10. INTERPRETACIÓN

El área de formación, ocupación y trabajo de el ayuntamiento de Inca resolverá las cuestiones que se planteen en la tramitación de las solicitudes, así como las dudas sobre la interpretación de estas bases.

 

 

ANEXOS: MODELOS

Solicitud de ayudas a la contratación por parte de las empresas.

Datos de la entidad solicitante.

Nombre de la entidad:

 

Dirección:

 

Teléfono:

Fax:

E-mail:

 

Datos del representante legal:

Nombre y apellidos:

Cargo:

 

DNI:

Teléfonos (fijo y móvil):

 

Ayuda solicitada:

Solicito la ayuda económica equivalente al 50% del pago de los seis primeros meses de los costes de la Seguridad Social del Sr./Sra.:_____________________________________ con DNI_____________ trabajador/a contratado en nuestra empresa con fecha ___ de _____________ de 2013.


 

(Firma)

 

Declaración Jurada:

1.No haber desfigurado la verdad ni ocultado información en relación a los datos que constan en la presente solicitud.

2.Que se encuentra al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

3.Que la documentación presentada para la obtención de estas ayudas es fidedigna.

Inca, a ___ de _______________ de 2013

(firma del representante legal)

 

Solicitud de ayudas para los nuevos emprendedores.

Datos de la persona solicitante.

Nombre y apellidos:

DNI:

Edad:

 

Dirección:

Población:

CP:

 

Teléfono (fijo y móvil)

Fax:

E-mail:

 

ACTIVIDAD A DESARROLLAR:

 

LUGAR DONDE SE DESARROLLARÁ LA ACTIVIDAD:

 

Ayuda solicitada:

Solicito la ayuda económica equivalente a 50€/mes, durante los primeros seis meses, para el pago de la cuota de la Seguridad Social de mi nueva actividad laboral en calidad de autónomo.

 

(firma)

 

 

Declaración jurada:

1.No haber desfigurado la verdad ni ocultado información de los datos que constan en la presente solicitud.

2.Que se encuentra l corriente de pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

3.Que la documentación presentada para la obtención de estas ayudas es fidedigna.

 

Inca, a __ de _____________ de 2013

 

(firma)

 

Solicitud de transferencia bancaria para el pago de la subvención.

Datos del/ de la beneficiario/a.

 

NIF/CIF:

Nombre o denominación social:

 

Dirección:

Población:

CP:

 

Teléfono (fijo y móvil):

Fax:

E-mail:

 

Alta de los datos bancarios

Nombre de la entidad bancaria o caja de ahorros

 

Código entidad Oficina núm: DC: Cuenta corriente o libreta:

Núm. Ayuda solicitada:

 

Diligencia de conformidad de la entidad bancaria:

ENTIDAD BANCARIA EL/LA BENEFICIARIO/A

 

 

(sello y firma) (firma)

 

 

 

Localidad y fecha

 

 

 

Ayudas para la ocupación Ayuntamiento de Inca

DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR A LA SOLICITUD

Las solicitudes deben ir debidamente firmadas por la persona interesada y acompañadas de la siguiente documentación:

- En el caso de persona física, comunidad de bienes o sociedades civiles sin personalidad jurídica : Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o pasaporte, en su caso, tarjeta de identidad y del número de identificación fiscal de la persona o personas, partícipes o socios respectivamente.

- En el supuesto de asociaciones o fundaciones: original o fotocopia compulsada de los estatutos, de la inscripción en el registro correspondiente y del código de identificación fiscal. Además la persona que suscribe la solicitud deberá acreditar que ostenta en este momento su representación a tal efecto.

- En caso de personas jurídicas: original o copia compulsada de los estatutos, así como su inscripción en el registro correspondiente y del código de identificación fiscal. Además la persona que suscribe deberá de acreditar que tiene en este momento su representación a tal efecto.

Deberán presentar también la siguiente documentación:

Ayudas para empresarios de Inca que contraten a ciudadanos de Inca:

Acreditación de encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social, mediante la presentación de los correspondientes certificados emitidos por la Agencia Tributaria de el Estado, Comunidad Autónoma, Ayuntamiento de Inca y la Tesorería General de la Seguridad Social. En el momento de la solicitud se prevé la posibilidad de sustituir estos certificados por una declaración responsable firmada por el representante de la entidad.

- Memoria de la actividad que lleva a término, indicando su fecha de inicio, y que actualmente continua con su actividad, y que es el Municipio de Inca el lugar donde radica su domicilio social, fiscal y su centro de trabajo.

- Informe de vida laboral de la empresa (este informe se puede solicitar por el sistema de red de la Seguridad Social), actualizado en el momento de la solicitud, con un período de los 12 últimos meses.

- Documentación justificativa de las bajas de los trabajadores que se hayan producido en los últimos seis (finiquitos, bajas por enfermedad…)

- Documento del último año de el impuesto de renta de sociedades en caso de empresas, o la última declaración de la renta en el caso de los autónomos.

- Documentación del trabajador contratado: contrato de trabajo del nuevo trabajador, DNI, tarjeta de paro, certificado de empadronamiento. TC1 (o justificante de pago de los seguros sociales) y TC2.

- Solicitud de trasferencia bancaria.

Personas inscritas en oficina del SOIB que se den de alta como autónomos:

-Acreditación de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social, mediante la presentación de los correspondientes certificados emitidos por agencia tributaria del Estado, Comunidad Autónoma, Ayuntamiento de Inca y la Tesorería General de la Seguridad Social. En el momento de la solicitud se prevé la posibilidad de sustituir estos certificados por una declaración responsable firmada por el representante de la entidad.

- Memoria de la actividad a desarrollar en el Municipio de Inca.

- Certificado de empadronamiento y fecha de alta del empadronamiento.

- Tarjeta de inscripción en la oficina del SOIB.

- Certificado de la vida laboral.

- En caso de haber ejercido anteriormente como autónomo, traer el certificado de alta del IAE de estas actividades.

- Solicitud de transferencia bancaria.

 

Inca 17 de abril de 2013

 

El Batle-President

Rafel Torres