Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE MANACOR
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 4 DE MANACOR
Núm. 4452
Procedimiento Ordinario 0000357/2010 Sobre Otras Materias
D./Dª. MARIA SANCHEZ-BARCAIZTEGUI GARCIA FARIA, Secretario/a Judicial, del JDO. 1A. INSTANCIA N.4 de MANACOR, por el presente,
ANUNC IO:
En el presente procedimiento ORD 357/10 seguido a instancia de SOFINLOC S.A. frente a DOMINGO MARTINEZ ORTEGA Y DOMINGO MARTINEZ OLIVER se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA
Ilustre Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Manacor: Don Tomás Sánchez Puente
Procedimiento: Juicio Ordinario nº 357/10
En Manacor, a 10 de octubre de 2012
FALLO
Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda presentada por el procurador don Juan Francisco Cerdá Bestard, en representación de Sofinloc Instituçao Financiera de Crédito S.A., sucursal en España:
Condeno a Domingo Martínez Oliver y Domingo Martínez Ortega a abonar, con carácter solidario, la cantidad de 30.760,93 euros a la entidad Sofinloc Instituçao Financiera de Crédito S.A., Sucursal en España, más los intereses por mora procesal previstos en el Artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Declaro de oficio la nulidad de los intereses moratorios pactados para el contrato de préstamo de financiación suscrito entre los demandados y la entidad Banco Finantia Sofinloc el día 11 de febrero de 2008.
No procede la condena en costas a ninguna de las partes.
Notifíquese esta sentencia a las partes.
Contra la sentencia cabe interponer Recurso de Apelación, en el plazo de veinte días desde la notificación de la misma. La interposición del recurso exige la previa constitución de un depósito de 50 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones, depósito que será devuelto en los casos de estimación total o parcial del recurso.
Y encontrándose dichos demandados, DOMINGO MARTINEZ ORTEGA y DOMINGO MARTINEZ OLIVER, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
MANACOR a veinticinco de Enero de dos mil trece.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.