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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 7651
Recurso suplicación 66/2013

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Texto

 

Cédula de notificación

Diligencia de ordenación 18/03/2013

Providencia de 02/04/2013

En las actuaciones RSU 66/2013, de referencias en el encabezamiento, seguidas ante la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, dimanante de los autos de instancia 1015/2009  del Juzgado de lo Social Nº 1  de Ibiza, promovidos por D. PLINIO SANDOVAL TOSCANO, contra TGSS, INSS, MUTUA FREMAP, y CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS LIRMO SL, referido a incapacidad permanente, con fecha 18 de Marzo de dos mil trece se ha dictado la siguiente resolución del siguiente tenor literal:

La extiendo yo, el Secretario, para hacer constar que en fecha 07/02/2013 ha tenido entrada en esta Sala el presente recurso de suplicación interpuesto contra la resolución dictada por el Juzgado de lo Social núm. 1 de IBIZA, en los Autos de Juicio Nº 1015/2009, así como dichos autos originales. Se registra en el libro correspondiente bajo el núm. 66/2013.

Según el turno establecido y conforme a lo dispuesto en los artículos 203.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y  180 de la LEC, se designa Magistrado Ponente para la resolución de dicho recurso a el ILMO D. FRANCISCO J. WILHELMI LIZAUR, tomándose nota de ello en los Libros de esta Sala.

Pónganse las actuaciones a su disposición del Ilmo. Sr. Magistrado designado, para su estudio y resolución.

Visto que la parte recurrida CYC LIRMO SL  se encuentra en ignorado paradero y así consta en autos, notifíquese a la citada sociedad la presente y sucesivas resoluciones dictadas en las presentes actuaciones mediante edicto publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, al que se oficiará al efecto.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación que deberá expresar la infracción que a juicio del recurrente contiene la resolución de conformidad a lo dispuesto en el art. 186 y 187 LRJS.

Y en prueba de ello y para su cumplimiento expido la presente y doy fe ”

Así mismo se ha dictado con fecha 2 de Abril del dos mil Trece la siguiente Providencia cuyo tenor literal es el que sigue:

“Instruido de los Autos al Magistrado designado Ponente para la resolución del presente Recurso y dada cuenta a la Sala del contenido de los mismos, se acuerda admitir a trámite el recurso de suplicación interpuesto por la representación de PLINIO SANDOVAL TOSCANO contra la Sentencia de fecha 28/09/2012, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 1 DE IBIZA, en los Autos de Juicio nº 1015/2009 y sigan las actuaciones la tramitación correspondiente en el presente Recurso de Suplicación. Notifíquese la presente resolución a las partes.

Queden los autos pendientes de proceder a la votación y fallo que corresponda conforme al turno de asignación de asuntos establecido por esta Sala.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente, y haciéndole saber, al recurrente que no tenga reconocida la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de Consignaciones de este Tribunal, abierta en BANESTO, cuenta nº 0446-0000-65-0066-13 debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "30 Social-Reposición". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del código "30 Social-Reposición".

Y para que sirva de notificación y advertencia en forma a la sociedad CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS LIRMO SL, hoy en ignorado paradero, se expide el presente edicto en PALMA DE MALLORCA, a 18 de Abril de dos mil trece.

EL SECRETARIO JUDICIAL