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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO

SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL

Núm. 7685
Publicaciones de comunicaciones y/o resoluciones de percepciones Indebidas de prestaciones por desempleo

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Remisión de resolución de percepción indebida de prestaciones por desempleo de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/92

  Por esta Dirección Provincial se han dictado resoluciones en expedientes para el reintegro de prestaciones por desempleo, declarando la obligación de los interesados que se relacionan, de reintegrar las cantidades percibidas indebidamente por los motivos y períodos que igualmente se citan. Se ha intentado la notificación sin poderse practicar.

   Lo que se notifica por medio de la presente, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndoles que de conformidad con lo establecido en el número 2 del art. 33 del Real Decreto 625/85 dispone de 30 días para reintegrar dicha cantidad, que podrá efectuar en la cuenta núm.: 0049 5103 71 2516550943 de el Banco Santander a nombre del Servicio Público de Empleo Estatal.

   También podrá solicitar, el pago aplazado o fraccionado de la cantidad requerida, cuya concesión conllevará el correspondiente devengo del interés legal del dinero establecido anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

   En el supuesto de que no realizase el reintegro y fuese en algún momento beneficiario de prestaciones, se procederá a realizar su compensación con la prestación, según se establece en el art. 34 del Real Decreto 625/85

   Si el reintegro,  la compensación o la solicitud de fraccionamiento o aplazamiento se realizase con posterioridad a la finalización del plazo reglamentario de pago voluntario, la cantidad adeudada  se  incrementará, de acuerdo con lo establecido en el art. 27.2 del Texto Refundido de la Ley General de la  Seguridad Social, modificado por el artículo 17, Uno del RDL 20/2012, fijado en un único recargo del 20%. 

   Transcurrido el plazo reglamentario de pago voluntario sin que se haya producido el reintegro ni se haya compensado la deuda, se emitirá la correspondiente certificación de descubierto por la que se iniciará la vía de apremio, según lo dispuesto en el art. 33.2 del Real Decreto 625/85.

   Contra la presente resolución, conforme a lo previsto en el art. 71 del Texto Refundido de la Ley 36/2011 de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, LRJS, podrá interponer ante esta Dirección Provincial, reclamación previa a la vía jurisdiccional social, dentro del plazo de 30 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la presente resolución.

   De acuerdo con lo dispuesto en el art. 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los expedientes reseñados, estarán de manifiesto por el mencionado plazo de 30 días en la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal.

Palma de Mallorca, 15/04/2013

 LA DIRECTORA PROVINCIAL

Sonia Barranco Álvarez

 

Relación de resolución de percepción Indebida de prestaciones por desempleo de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/92

Interesado

NIF/NIE

Expediente

Importe

Período

Motivo

KRAMER CAROLA

 X4628979E

07201200000632

269,80

12/04/2011 30/04/2011

NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL. SUSPENSION 1 MES

VALLBONA HERNANDEZ JAVIER

 37336981T

07201200000972

14,20

30/03/2010 30/03/2010

NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL. SUSPENSION 1 MES

EL YAAKOUBI SAID

 X2288451C

07201200001151

56,24

27/10/2009 30/10/2009

NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL. SUSPENSION 1 MES

TOLEDO PUCHE FRANCISCO JAVIE

 48449683E

07201200001115

56,80

27/08/2010 30/08/2010

NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL. SUSPENSION 1 MES

ACOSTA LLUMBRERAS DAVID

 X2909096X

07201200001177

85,20

25/01/2010 30/01/2010

NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL. SUSPENSION 1 MES

EL AMRAQUI SADDIK

 X1379896B

07201200001139

42,60

28/06/2010 30/06/2010

NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL. SUSPENSION 1 MES

MACIAS MEDRANA VICTOR

 X3486722Z

07201200001215

284,00

11/11/2010 30/11/2010

NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL. SUSPENSION 1 MES

GAYO NIETO FELIPE

 43214899S

07201200001084

28,40

29/10/2010 30/10/2010

NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL. SUSPENSION 1 MES

ARAY AREVALO ARCADIO

 X3437269B

07201200001207

198,80

17/02/2010 28/02/2010

NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL. SUSPENSION 1 MES

LUCAS CARRASCO MANUEL

 41388125Q

07201200000979

56,80

27/09/2010 30/09/2010

NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL. SUSPENSION 1 MES

POCOVI XAMENA ANTONIO

 41370936P

07201200000977

255,60

13/10/2010 30/10/2010

NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL. SUSPENSION 1 MES

BRACHTENDORF STEFAN

 X2490777S

07201200001155

85,20

25/02/2010 28/02/2010

NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL. SUSPENSION 1 MES

GALAVIZ DE CARDENAS KARIN SABRINA

 X3775469L

07201200001224

227,20

15/01/2010 30/01/2010

NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL. SUSPENSION 1 MES

CHICA BETANCOURT JUAN DAVID

 X3455810Z

07201200001210

71,00

20/07/2010 30/07/2010

NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL. SUSPENSION 1 MES

ROMAN CABANILLAS JUAN

 75835938Q

07201200000848

340,80

07/03/2011 28/04/2011

JUBILACION

SOLIS ALAVES ROSA

 21446025C

07201200000961

227,20

15/02/2010 28/02/2010

NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL. SUSPENSION 1 MES

LIPPOLD GUILLERMO

 X9412429R

07201200000542

1.081,57

15/01/2010 30/04/2010

JUBILACION

CHAOUQI ABDELMAJID

 X3319671N

07201200001188

14,20

30/09/2010 30/09/2010

NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL. SUSPENSION 1 MES