Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE ALMERIA
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2 DE ALMERIA
Núm. 7596
Despidos/ceses en general 816/2012
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE ALMERIA.
Que en este Juzgado, se siguen los autos núm. 816/2012, sobre Despidos/ Ceses en general, a instancia de ELISABETH SAAVEDRA SERNA contra MARIE GARGIA , CRISTINEL AXINTE , PEDRO IVORRA MIRETE, ANGEL CRUZ MARTINEZ, PILAR BELTRAN PALOU, ROBERT PIERRE GUY y STAR GOLDEN C.B., en la que con fecha 21/03/13 se ha dictado Auto que sustancialmente dice lo siguiente:
A U T O
Magistrado-Juez
Sr/Sra D/Dª JESUS ANDRES NEVADO NEVADO
En ALMERIA, a veintiuno de marzo de dos mil trece.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- En este Juzgado se siguen Autos nº 816/2012 a instancia de ELISABETH SAAVEDRA SERNA frente a MARIE GARGIA , CRISTINEL AXINTE , PEDRO IVORRA MIRETE, ANGEL CRUZ MARTINEZ, PILAR BELTRAN PALOU, ROBERT PIERRE GUY y STAR GOLDEN C.B..
SEGUNDO.- El Juzgado de lo Social Nº UNO DE ALMERIA acordó la acumulación de este procedimiento a los autos 756/12 reclamando la remisión del procedimiento nº 816/12.
RAZONAMIENTOS JURIDICOS
ÚNICO/PRIMERO.- Conforme lo dispuesto en el art. 30 LPL, se permite acordar de oficio o a instancia de parte la acumulación de demandas planteadas en distintos procesos ante dos o más Juzgados de lo Social de una misma circunscripción frente a un mismo demandado, aunque los actores sean distintos, siempre y cuando se ejerciten idénticas acciones. La petición habrá de formularse ante el Juzgado o Tribunal que conociese de la demanda que hubiera tenido entrada antes en el Registro.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
PARTE DISPOSITIVA
DISPONGO: Acceder a la acumulación solicitada, acordando la remisión del procedimiento 816/12 para su acumulación a los autos nº 756/12 que se tramitan en el Juzgado de lo Social Nº UNO DE ALMERIA. Y se acuerda suspenden los actos de juicio o conciliación de este procedimiento que venía acordado para el próximo día OCHO DE MAYO DE DOS MIL TRECE A LAS DIEZ HORAS
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE ALMERIA abierta en BANESTO, cuenta nº 0232 debiendo indicar en el campo concepto, "Recurso" seguida del código "30 Social-Reposición". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el "código 30 Social- Reposición". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
EL/LA MAGISTRADO/A DOY FE EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.
Y para que sirva de notificación en forma a PILAR BELTRAN PALOU, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de ALMERIA, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL