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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 7624
Sección de Contratación. Notificación decreto de rescisión de contrato. Exp. Alquiler 82

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Debido a que no se ha podido llevar a cabo la preceptiva notificación en el domicilio que consta en el expediente, por no haber contestado a los avisos y no haber tenido conocimiento de ningún otro domicilio donde llevarla a cabo, se notifica al interesado que a continuación se detalla por la publicación de este Edicto, según lo dispuesto en el apartado 5º del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que la Regiduría del area de interior, mediante decreto de alcaldia núm. 4306 de dia 13 de marzo de 2013, acordó:

-1r.- DAR CUENTA al Sr. (datos personales ocultos), con DNI. (datos personales ocultos), de la intención del Ayuntamiento de Palma de rescindir con efectos de día 31 de mayo de 2013 el contrato de alquiler del local situado en la calle Cap de Fomentor, s/n local 39 de Palma, ya que no es necesaria su ocupación. 2n. Requerir al Sr. Torres para que efectúe el cambio de titularidad a su nombre de los contadores de electricidad y de agua y se haga cargo de los gastos de comunidad si es el caso. Exp. Alquiler 82

Lo que le comunico para su conocimiento. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada al mismo por la Ley 4/99, de 13 de enero. El plazo para interponerlo es de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, no pudiendo en este caso, interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.

El recurso de reposición potestativo deberá presentarlo en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 38,4º de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificada la resolución, en el término de un mes, a contar del día siguiente a su interposición, quedando en este caso expedita la vía contencioso-administrativa.

De no utilizar el recurso potestativo de reposición, cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el artículo anteriormente citado, y a los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se estime pertinente.

 

Palma, 23 de abril de 2013

El Jefe de departamento de Interior
p.d. Decreto de alcaldía núm. 22906 de 11 de diciembre de 2011 publicado en el BOIB núm. 187, de 15 de diciembre de 2011
Juan Carlos Sastre Sastre