Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 7397
Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se modifica la convocatoria, de 20 de abril de 2012, por la que se convocan subvenciones para la medida de aumento del valor añadido de los productos agrícolas
El Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears para el período 2007-2013, aprobado por Decisión de la Comisión C (2008) 3833 de 16 de julio, contempla una serie de medidas de ayuda destinadas al sector agrario según los Reglamentos (CE) nº 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y el Reglamento (CE) nº 1974/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1698/2005.
Mediante Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears de 20 de abril de 2012 (BOIB nº 59, de 26 de abril de 2012), se aprueba la convocatoria, para el año 2012, de las subvenciones para la medida de aumento del valor añadido de los productos agrícolas, de acuerdo con lo que se prevé en la Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca de 18 de diciembre de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears.
Esta convocatoria fue modificada mediante Resoluciones del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears de 16 de mayo de 2012 (BOIB nº 73, de 22 de mayo de 2012) y de 6 de noviembre de 2012 (BOIB nº 167 de 10 de noviembre de 2012). En esta última modificación, y dado que la mayor parte de resoluciones no estaban notificadas, fue ampliada la fecha para la solicitud de anticipo hasta el 30 de noviembre de 2012.
Vista la necesidad de liquidez que afecta al sector y que desde el 30 de noviembre de 2012 se han concedido un total de 25 solicitudes de ayuda, con un importe de 4.110.401.98 €, cuyos titulares no han tenido posibilidad de acceder a la solicitud de anticipo prevista en la convocatoria, resulta necesario ampliar la fecha para realizar la solicitud de anticipo.
Por todo ello, haciendo uso de las atribuciones que tengo conferidas, a propuesta del Director Gerente del FOGAIBA, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero
Se modifica el punto 5 del apartado undécimo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de 20 de abril de 2012 (BOIB nº 59, de 26 de abril), por la que se convocan subvenciones para la medida de aumento del valor añadido de los productos agrícolas, correspondiente al año 2012, que queda redactado de la siguiente forma:
5. Podrán presentarse solicitudes de anticipo de pago sobre la subvención concedida hasta el 30 de noviembre de 2013, de acuerdo con las condiciones del apartado duodécimo de la presente Resolución.
Segundo
La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 19 de abril de 2013
El Presidente del FOGAIBA
Gabriel Company Bauzá